iProfesionaliProfesional

Afirman que la restricción para comprar dólares está violando derechos constitucionales

Así lo manifestó el abogado Félix Loñ, al referirse a los controles que realiza la AFIP para validar o rechazar la adquisición de divisas
13/06/2012 - 22:30hs
Afirman que la restricción para comprar dólares está violando derechos constitucionales

El abogado constitucionalista Félix Loñ explicó desde el punto de vista jurídico por qué los controles de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para validar o rechazar la adquisición de divisas extranjeras son incompatibles con la legislación argentina y "con todo el sistema constitucional".

El experto sostuvo en una entrevista realizada por Infobae.com que la restricción "está violando derechos constitucionales de entrar y salir libremente del país, para quienes quieren viajar al exterior, o usar y disponer de la propiedad, o para quien quiere simplemente atesorar o buscar una moneda fuerte frente a una moneda débil como la nuestra".

A consideración del constitucionalista, "la inflación tan elevada como la que estamos teniendo desalienta el ahorro en moneda nacional, con lo que se busca el refugio en una moneda estable".

Loñ señaló que "euros o dólares son divisas aceptadas en la transacción" en el ámbito local, mientras que "en el exterior no se acepta nuestro peso", lo que obstruye la posibilidad de disponer de dinero en el exterior y, en la práctica, de desplazarse fuera del país.

"La AFIP está atribuyéndose una función que no tiene asignada por la ley, como es determinar si yo puedo o no comprar divisas. Esto corresponderá a reglamentaciones del Banco Central, y siempre basadas en alguna norma. Tiene que haber una ley de control de cambios, pero aquí las autoridades están manejándose sin normas, y eso implica una arbitrariedad extrema, incompatible ya no con un artículo de la Constitución, sino con todo el sistema constitucional", explicó Loñ.

"A las decisiones que adopta, la AFIP no les da ninguna fundamentación y utiliza una expresión ambigua: ‘No presentaría solvencia económica suficiente', por ejemplo, para adquirir un dólar. Es una aberración, un disloque y una alteración grave de nuestros derechos", consideró el especialista.

"Desconocemos cuáles son los criterios que guían las decisiones administrativas para conceder o negar la adquisición de divisas", subrayó Loñ.

El abogado recordó que las prohibiciones cambiarias pueden contemplarse en caso que "se alegue a una situación de emergencia donde sí se puede admitir algún tipo de restricción o limitación", pero que dicha "situación de emergencia es absolutamente excepcional y la señora Presidente en ningún momento ha hablado de una emergencia o una crisis".

"Los motivos por los que yo compre un dólar no tienen que ser objeto de análisis o de estudio por parte de ningún gobierno en situaciones como la actual, que según la Presidenta son normalidad", resumió.

La jueza federal neuquina Carolina Pandolfi ordenó este miércoles a la AFIP que habilite la venta de u$s125.000 a precio oficial a un empleado petrolero que quiere saldar una deuda hipotecaria. El fallo de la magistrada constituyó la primera medida cautelar dispuesta en todo el país contra el cepo cambiario.

"Si el juez en primera instancia o hasta una Cámara desconociera este derecho inherente a la condición de habitante del país, como reza el artículo 14 de la Constitución Nacional, queda la vía recursiva de acudir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación", concluyó Loñ.