Con las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en la mano, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) potenciará el cruce de datos de contribuyentes valiéndose de un nuevo sistema online.
Dicho sistema es el que las empresas deben usar para cumplir con la obligación de informar cambios de autoridades y modificaciones en el paquete accionario durante los primeros siete meses de este año.
En este sentido, vale destacar que la nueva herramienta online también permite seguir de cerca las transferencias de títulos valores, entre otros aspectos relevantes.
Puntualmente, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray dio el puntapié inicial con la puesta en marcha de los servicios informáticos denominados “Registración de Transferencias de Participaciones Societarias” y “Actualización Autoridades Societarias”.
La avanzada
Esta vez el fisco se focaliza en las transferencias de las acciones; la composición societaria; la nómina de autoridades, representantes y órganos de control; entre otras operaciones.
Según explicó a iProfesional.com el consultor tributario Alberto Romero, "antes, los empresarios informaban una `foto´ de la composición societaria al 31 de diciembre del año pasado. Pero ahora, no sólo deben comunicar la `foto´ de la composición accionaria, sino también la `película´".
Así, "los responsables cuentan con sólo diez días hábiles para declarar cualquier cambio en el paquete accionario y determinadas operaciones que resultan relevantes para el fisco nacional", puntualizó Romero.
Cómo es el seguimiento online de los cambios accionarios
En primer término, el régimen se encarga de la "foto", tal como indicó el experto. Para ello, reformuló la obligación de brindar los datos anualmente.
De esta forma, de acuerdo a la reglamentación vigente, las empresas, sociedades, asociaciones y fundaciones, deberán dar un detalle sobre:
Respecto a los accionistas, se debe precisar:
En tanto, la "película" se subdivide en dos episodios:
En lo que respecta al primer caso, se deben declarar las transacciones de transferencia y/o cesión total o parcial, a título gratuito u oneroso de:
En cuanto al plazo para informarlas, la AFIP estableció que la registración deberá ser efectuada dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de la transferencia.
Complementariamente, las empresas deberán proporcionar -durante los 10 días hábiles contados a partir de la realización de los cambios societarios- los siguientes datos:
Teniendo en cuenta que la reformulada reglamentación se dio a conocer ya iniciado el año, el fisco estableció un esquema de plazos y condiciones particulares que las empresas deberán aplicar para cumplir en tiempo y forma con las nuevas obligaciones. Y, en particular, en lo que respecta al régimen online de registración de operaciones y de actualización de autoridades.
A fin de no dejar lugar a dudas, la AFIP estableció que las transferencias realizadas, las inscripciones efectuadas y las modificaciones producidas entre el 1º de enero pasado y el 15 de julio próximo podrán ser informadas hasta el 31 de agosto de este año.