iProfesional

Caso testigo: condenan por primera vez a un empresario por trabajo esclavo

Fue en contra de un finquero de Mendoza por explotar a 15 trabajadores "golondrina" oriundos de Tucumán. Deberá pasar cuatro años en prisión
28/03/2014 - 12:52hs
Caso testigo: condenan por primera vez a un empresario por trabajo esclavo

El Gobierno mendocino hizo la denuncia por el caso de 15 trabajadores oriundos de Tucumán que eran sometidas a condiciones de explotación laboral. El acusado es el propietario de la plantación, Raúlñ Comeglio, quien fue condenado a 4 años de cárcel y ya está en el penal mendocino de Boulogne sur Mer, tras ser condenado en el primer juicio de su tipo.

El primer juicio bajo la calificación de trata laboral se resolvió en forma abreviada (arreglo entre las partes) y sólo falta de la firma del Tribunal para que la medida se haga efectiva.

La audiencia del debate oral y público, prevista para el jueves, marcaba por si solo un hecho relevante en nuestra provincia, por ser el primer caso en que una denuncia de "explotación laboral" llegaba a los estrados.

La causa. De acuerdo a las constancias de la causa (del expediente original 20.489 del Juzgado Federal N° 3), el 2 de mayo de 2012, Héctor Rubén Cuello, en su carácter de director de la Protección de los Derechos Humanos de la Provincia, denunció a la Justicia que en una finca, propiedad del mencionado Comeglio, habían "15 personas provenientes de la provincia de Tucumán que están sometidas a una explotación laboral", en la cosecha de uva.

Cuello detalló que "vivían en condiciones muy precarias, deplorables, en ranchos de adobe, techo de caña, con la presencia de arañas, ratas, vinchucas, murciélagos y sin camas, sin agua, sin baños y con la promesa del propietario de abonarles la cosecha que habían finalizado, inscribirlos en los registros y pagarles el boleto para regresar a su provincia".

En otra parte se puede leer que "ese galpón de paredes agrietadas contiene todo tipo de chatarra, recipientes de agroquímicos, utensilios de trabajo y escombros. Las personas -se agrega- no tienen cocina y calientan agua al fuego y a la intemperie, mientras que en un auto viejo duermen dos niños y sus padres..."

El caso, según lo publicado por el diario “Los Andes”, se respaldó en la Ley 26.364 , en su artículo 145 bis (ubicado por el legislador dentro de los delitos contra la libertad), que reprime con prisión de 3 a 6 años al que captare, transportare o trasladare, dentro del país o desde o hacia el exterior, acogiere, o recibiere personas mayores de 18 años, cuando mediante engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, con fines de explotación".

En este caso hay un agravante que lleva la pena de 4 a 10 años de prisión cuando las víctimas fueren tres o más y aquí se habla de 15 personas. El 24 de abril de 2013, los fiscales subrogantes Fernando Alcaráz y Patricia Santoni, después de una extensa argumentación, elevaron la causa a juicio. Entre las consideraciones destacan que:

"Raúl Comeglio, durante los meses de febrero, marzo y abril de 2012, acogió en la finca de su propiedad a un grupo aproximado de 15 personas oriundas de la provincia de Tucumán, aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de aquellos, con fines de explotación. Acogió , en tanto hospedó y/o alojó en su finca a un grupo de cosechadores que amenazaba con no pagarles y arrojarles sus pertenencias si daban a conocer la situación en la que se encontraban". Se remarcó que: "La situación de vulnerabilidad en la que se encontraban los trabajadores surge patente".

Por su parte, el agricultor y ganadero de 56 años, en su defensa no sólo negó los hechos sino que habló de "gente que vivía en casas y piezas, a razón de dos personas y que tenía colchones", también dijo que "los fines de semana no se trabajaba y el horario era de 7 a 11 y de 14 a 18", lo que se contradice con los testimonios de las víctimas, las fotografías del lugar y los informes de la subsecretaría de Trabajo.

La condena. Se utilizó el mecanismo de juicio abreviado, en el cual el imputado reconoce los hechos que se le atribuyen, su autoría y la calificación legal propuesta por el fiscal el cual fija un máximo de pena inferior al de la figura.

De este modo el acuerdo, consensuado por el Ministerio Público Fiscal (a cargo de Patricia Santoni), el imputado (Raúl Comeglio) y la defensa (en manos del abogado Osvaldo Avaca) fue elevado al tribunal quien, previo control de constitucionalidad, dictó sentencia con la única limitación de no superar el máximo propuesto por el fiscal.

Ayer a la hora prevista para el inicio de la audiencia de debate, se conoció que las partes habían coincidido en una pena para el imputado de 4 años de prisión. La resolución está a la firma de los jueces Alejandro Walter Piña, como presidente, acompañado de Raúl Alberto Fourcade y Roberto Julio Nacif y se podría conocer en las próximas horas.

Temas relacionados