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Niegan a dueño deducción de relación de dependencia

Hasta ahora bastaba que el director-empleado cobrara un salario mensual y la empresa depositara los aportes y contribuciones    
25/08/2014 - 10:52hs
Niegan a dueño deducción de relación de dependencia

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) consideró que un accionista y presidente de una empresa familiar no puede tomarse a su favor la deducción especial incrementada de que gozan los trabajadores en relación de dependencia en el Impuesto a las Ganancias, en carácter de “director-empleado”, debido a que nadie podría darle órdenes.

En realidad, hasta ahora bastaba que el director-empleado cobrara un salario mensual y la empresa depositara los aportes y contribuciones, para que el contribuyente pudiera tomar la deducción especial del Impuesto a las Ganancias correspondiente a la relación de dependencia, que es cuatro veces superior a la del trabajador autónomo. No hacía falta tomar en consideración que otras funciones podía tener en la firma.

Pero desde la “Actuación s/nº 28/10/2013, Rentas 4ª categoría”, de la AFIP, que no fue publicada y que se generó a raíz de una inspección que le hicieron a un contribuyente, las pyme deberían analizar este tema con mayor atención.

En el caso concreto, el presidente de una compañía era también el accionista principal pero la AFIP reconoció que la Ley de Contrato de Trabajo permite la figura del director-empleado, que a nivel previsional está obligado a aportar como autónomo y puede optar porque le hagan o no más descuentos para seguridad social en el recibo de sueldo.

Poro luego el organismo recaudador dice que no se podía tomar la deducción especial incrementada, señala El cronista.

Esto es así para la AFIP por el dictamen 103/1989 de su Asesoría Legal, que da un listado de condiciones que se deben cumplir para que una persona se pueda considerar en relación de dependencia. Por ejemplo, cumplir un horario, someterse a órdenes, etc.

La Actuación sostiene que, si era presidente de la empresa y era el accionista principal, ¿quién le va a dar órdenes? Entre otras condiciones, no cumple con este requisito esencial, aunque cobre un salario y deposite las cargas sociales.

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