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Tanto las aerolíneas privadas como las aeronaves particulares deberán enviar la información de las personas que salgan del país
27/09/2014 - 09:00hs

La brecha de casi el 90% entre el dólar oficial y el blue encendió la alarma en la oficina de distintos funcionarios del Gobierno nacional.

Rápido de reflejos, Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, decidió profundizar el control online -oportunamente adelantado por iProfesional- que apunta a desbaratar una maniobra que se hizo muy común a partir de la implantación del "cepo cambiario", allá por fines de 2011.

Esta consiste en reservar pasajes para quedar habilitado a adquirir divisas norteamericanas y luego cancelar el viaje.

Para ello, el fisco nacional decidió darle alas a una suerte de "Gran Hermano" que ya abarca a las operaciones inmobiliarias, las transacciones financieras y los gastos con tarjetas de crédito, entre otros aspectos que hacen al día a día de los contribuyentes argentinos.

Puntualmente, el fisco "se sube a los aviones" a través de la resolución general 3.667 que también fue redactada por la Dirección Nacional de Migraciones, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Como punto saliente, la flamante reglamentación establece 32 nuevos datos que deberán entregar al Gobierno los operadores aéreos sobre los pasajeros que viajen al exterior:

1) Código identificativo de la compañía que envía los datos.

2) Número de vuelo.

3) Fecha y hora previstas de salida y de llegada del avión.

4) Origen y destino del vuelo.

5) Número total de personas transportadas.

6) Tipo y número de documento con el que cada sujeto transportado se identifica durante el trayecto.

7) Nacionalidad de cada sujeto transportado correspondiente al documento de viaje presentado.

8) Nombre y apellido completo de cada sujeto transportado, de acuerdo al documento de identificación presentado.

9) Fecha de nacimiento que aparece en el documento de identificación presentado por cada sujeto transportado.

10) Localizador del expediente del pasajero.

11) Fecha de reserva.

12) Itinerario completo del viaje.

13) Nombre y apellido informado de cada sujeto transportado en el PNR.

14) Información sobre modalidades de pago.

15) Dirección de facturación.

16) Orden de facturación.

17) Teléfonos de contacto.

18) Información sobre programas de fidelización (referida únicamente a millas recorridas y dirección o direcciones).

19) Agencia de viajes.

20) Agente de viajes.

21) Información sobre PNR escindido/dividido.

22) Información sobre la emisión de billetes.

23) Número del billete.

24) Fecha de emisión del billete.

25) Historial de incomparecencia del pasajero.

26) Pasajero de último momento sin reserva.

27) Información sobre listas de espera.

28) Números de etiqueta del equipaje.

29) Número de asiento.

30) Información sobre el asiento.

31) Cantidad de equipaje.

32) Toda otra información recopilada por el sistema de información anticipada sobre pasajeros ("Advance Passenger Information System" APIS).

Las nuevas obligaciones comenzarán a regir en 180 días corridos para las aerolíneas internacionales, mientras que la Administración Nacional de Aviación Civil  se encargará de fijar una fecha para los vuelos particulares. 

Deberá ser entregada por primera vez 72 horas antes de la partida del vuelo. Luego, esos datos deberán ser retransmitidos (y en lo posible ampliados) 24 y 6 horas antes de la partida. Tendrán que ser enviados por última vez una vez que todos los sujetos hayan abordado la aeronave.

Igualmente, vale destacar que la disposición no será de fácil aplicación porque requiere de acuerdos bilaterales con otros Estados (para poder obligar a aerolíneas extranjeras a dar información sobre ciudadanos de nacionalidades extranjeras) y porque los sistemas informáticos de muchas empresas aéreas no recogen algunos de los datos ahora exigidos (de las 32 preguntas, hay empresas que hoy sólo podrían responder cinco).

Por eso, ayer crecía la sospecha de que la medida está más vinculada con la coyuntura económica argentina (con un dólar informal que ya tocó los 16 pesos) y la necesidad del Gobierno de frenar como sea la salida de divisas (en este caso, por la contratación de viajes al exterior y las compras realizadas en esos destinos) que con otros motivos

Comparaciones odiosas"Esto me está haciendo acordar a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, de la cual es tan admirador nuestro ministro de Economía", aseguró Tomás Ryan, ex titular de la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo, en referencia a Axel Kicillof .

"Es una sumatoria de una locura tras otra. Son los manotazos de ahogado, de quien no sabe cómo parar la salida de dólares", expresó el directivo respecto a la nueva iniciativa oficial.

"Lo que ponen es ridículo", agregó. "En vez de atacar la causa de la falta [de dólares] o por qué, lo que buscan es poner trabas", sostuvo. Y remarcó que "Venezuela está quedando chiquita" en comparación con la Argentina.

Sin embargo, Ricardo Echegaray defendió la medida y aseguró que los pasajeros que viajen al exterior “no tendrán que remitir ninguna información adicional”.

Agregó, que "se trata de una resolución general conjunta entre el Ministerio de Interior, Planificación, Migraciones, Aviación Civil, Policía Aeroportuaria y la AFIP que apunta a “informatizar datos diseminados en varios organismos para mejorar las políticas migratorias”.

Desde París, el administrador federal descartó que la AFIP vaya a hacer 32 nuevas preguntas: “Los pasajeros no van a tener que informar ningún dato extra”.

El funcionario aclaró que lo “único que hizo la AFIP es poner un soporte tecnológico para canalizar mejor la información” y que sólo serán las líneas aéreas y los operadores turísticos quienes deberán remitir esos datos, que ya lo hacían por otras vías.

“Buscamos llevar adelante la mejor política migratoria para poder administrar los datos”, sintetizó Echegaray al tiempo que agregó: “Cuando el Estado se moderniza, puede ser más eficiente y más efectivo”.

¿Cuál es la maniobra en la mira de la AFIP?

La estrategia -que fuera oportunamente adelantada por este medio- consiste en reservar un pasaje -lo cual no implica gasto alguno- y luego volcar tales datos en la página de la AFIP a fin de poder validar la compra de dólares.

Una vez aprobados los datos por el fisco nacional, concurren al banco o a la casa de cambio y se hacen de billetes verdes a la cotización oficial más el recargo.

Luego, dejan caer la reserva, que tampoco tiene costo. Y, posteriormente, señalan que el viaje fue pospuesto o cancelado por cuestiones de índole personal. 

Si bien, en la actualidad se pueden adquirir dólares para ahorro -previo permiso de la AFIP- muchos argentinos continúan realizando la maniobra, ya que el fisco nacional suele habilitar una mayor cantidad a quienes declaran que los utilizarán en un viaje.

La maniobra antes descripta comenzó a ser perseguida desde el fisco y desde el Banco Central.

En efecto, son conocidas las cantidad de intimaciones dirigidas a personas que compraron dólares alegando fines turísticos y luego no realizan el viaje declarado.

La carta del BCRA otorga un plazo de 10 días hábiles para presentar la documentación que compruebe y respalde el viaje. En caso de no haberlo hecho, solicita que se reingresen los dólares otorgados a través de una casa de cambio o banco. 

Las personas que no respondan al requerimiento oficial son suspendidas para operar en cambios, sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieran corresponder.

El puntapié inicial lo da la AFIP, que confecciona listados de "sospechosos" a partir de un cruce de información con la Dirección Nacional de Migraciones y lo entrega a la Gerencia de Control de la entidad, que está encargada de fiscalizar operaciones financieras y cambiarias. 

Un antecedente del "Gran Hermano" aéreoDesde diciembre pasado los pasajeros residentes argentinos ya deben informar el CUIT o CUIL

El número de CUIT

 es la Clave Única de Identificación Tributaria con la que la AFIP identifica a empresas, comercios y trabajadores autónomos, entre los que se incluyen los monotributistas.

La Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) es un código con el que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) identifica a los trabajadores en relación de dependencia y se puede chequear en la página web de ese organismo ingresando el número de DNI de la persona.

Si se viaja al exterior con un menor, la legislación exige, además de los documentos que acrediten la identidad, la partida de nacimiento, la libreta de matrimonio o la autorización de viaje originales, con el fin de demostrar la filiación. Cuando el menor viaja solo o en compañía de solo uno de sus padres es necesario, además, un permiso de viaje del padre faltante.

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