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¿Cómo es el nuevo Código Procesal Penal que propone la Casa Rosada?

La expulsión de extranjeros que sean sorprendidos “in fragranti” mientras delinquen, es una "figura que va a generar controversia" reconoció la Presidenta
22/10/2014 - 12:02hs
¿Cómo es el nuevo Código Procesal Penal que propone la Casa Rosada?

El proyecto de reforma del Código Procesal Penal (CPP) de la Nación anunciado por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner fue elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, recoge y actualiza las iniciativas del anteproyecto de Código Procesal Modelo para Iberoamérica elaborado por el jurista Julio Maier, el anteproyecto de Alberto Binder (INECIP) y retoma aspectos de los textos elaborados por el Ministerio en 2007 y en el Congreso de la Nación en 2010, a iniciativa del diputado Oscar Albrieu.

El Código Procesal Penal vigente fue implementado en 1991, y aunque incorporó el juicio oral, mantuvo el trámite escrito e inquisitivo en la etapa de instrucción, de forma tal de que hoy los jueces investigan y controlan la legalidad de su propio trabajo.

El texto que la Presidenta envía al Congreso incorpora los principios de celeridad, oralidad, publicidad y "desformalización" de las decisiones; sus reglas cumplen con el núcleo de garantías procesales de la Constitución Nacional; prevé que ningún proceso podrá durar más de tres años; y agiliza la revisión de las decisiones

Cristina Kirchner anunció que la reforma incorporará una "figura que va a generar controversia" que es la "expulsión de extranjeros" que sean sorprendidos "in fraganti" cuando cometen un delito. "Nuestro país tiene una política migratoria como pocos", destacó la mandataria, quien subrayó que "es una protección que merecemos los argentinos frente a lo que se ha venido observando, extranjeros que ingresan al país con motivos de delinquir", dijo por cadena nacional.

Habrá "sanciones graves" como la destitución de jueces o fiscales "que no actúen como es debido"

El nuevo código contemplará la expulsión del país para los extranjeros que sean sorprendidos "in fraganti" es decir, "con las manos en la maza" cuando cometen un delito y dispondrá que "no podrán volver a ingresar a la Argentina por 15 años y si lo hacen, serán juzgados por ese delito".

"Es una protección que merece el conjunto de los argentinos frente a lo que se ha venido observando como un fenómeno creciente de extranjeros que ingresar al país para delinquir", fundamentó la mandataria en un claro guiño a la propuesta que lanzó meses atrás el secretario de Seguridad nacional, Sergio Berni.

La jefa de Estado también aclaró que el nuevo Código tendrá "sanciones graves" como la destitución de jueces o fiscales "que no actúen como es debido".

"Que el ciudadano tenga la certeza de que hay instrumentos legales que lo protegen y que puede reclamarle a ese juez y fiscal cuando no actúan como es debido. Y cuando ese fiscal y juez no actúan como es debido, en lugar de enojarse e ir a un programa de televisión, lo importante es tomar las medidas para que ese mal juez o mal fiscal que está demorando la Justicia, deje de ser fiscal o deje de ser juez, que es lo que está reclamando la sociedad", enfatizó Cristina.

Además, la iniciativa introduce el principio de oportunidad procesal, que habilita al Ministerio Público a desistir de la acción pública por insignificancia u otras causales, aspecto que permitirá que los fiscales puedan aplicar una política criminal estratégica, de forma tal de dar preponderancia a la persecución de delitos más graves y la complejidad del crimen organizado. 

También prevé la posibilidad de convertir la acción pública en privada para determinados delitos, y regula la conciliación como una forma alternativa de resolución, destacó la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Los jueces dejarán de investigar y pasarán a transformarse en jueces de garantías: serán quienes deban autorizar o denegar determinados requerimientos de parte del fiscal, que tendrá a cargo la instrucción de la causa y la persecución penal integral. 

El Ministerio Público de la Defensa también tendrá mayores facultades para intervenir en el proceso, generar investigaciones propias y establecer mecanismos de organización útiles para el servicio de defensa pública oficial. 

Las asociaciones y fundaciones podrán ser querellantes en las investigaciones de delitos de lesa humanidad o en causas por violaciones graves a los derechos humanos, en tanto que además se garantizará que las costumbres de los pueblos originarios sean tenidas en cuenta cuando los hechos involucren a sus miembros.

Las víctimas tendrán herramientas para intervenir en caso de que se sobresea al imputado; los riesgos procesales como el de entorpecer la investigación y el peligro de fuga de los imputados estarán regulados con pautas objetivas; y la investigación no podrá durar más de un año.