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La Justicia abrió la puerta para que los damnificados por cortes de luz sean resarcidos por daño moral

Si bien aún no es un verano tan caluroso como el anterior, las interrupciones en el servicio son constantes. Aumentan las quejas en las redes sociales
05/01/2015 - 18:34hs
La Justicia abrió la puerta para que los damnificados por cortes de luz sean resarcidos por daño moral

Los cortes de luz no sólo pueden generar perjuicios en el momento en que se producen, sino también a futuro. Los más usuales son las pérdidas de diversas mercaderías en los comercios o de víveres en las casas de familia.

Pero no sólo eso: muchas veces ocurre que, al restablecerse el servicio, los usuarios descubren con desagradable sorpresa que sus artefactos fueron afectados por una falla de tensión y no funcionan adecuadamente.

Estos son algunos de los problemas que sufren los perjudicados por los cortes de energía eléctrica y, aunque la bronca se expande con el auge de las redes sociales y las protestas llegan a sitios tales como Facebook y Twitter, las soluciones no siempre son instantáneas.

Incluso, en muchos casos, los damnificados desconocen cómo proceder o no logran una reparación completa por el perjuicio sufrido. No obstante, otros recurren a los tribunales para obtener un resarcimiento.

Hace pocos días, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, admitió que existen "dificultades en la provisión del servicio" eléctrico para más de 35.000 usuarios en la zona metropolitana, donde continúan registrándose cortes, aunque consideró que las "altas temperaturas" contribuyen a esa situación. En la ciudad de Buenos Aires y conurbano, la situación no varió a pesar de que el termómetro apenas pasa los 25 grados, aún continúan los reclamos de miles de damnificados

En octubre, con las primeras temperaturas altas de la primavera, comenzaron a registrarse fallas en la Ciudad y el Conurbano, ante lo cual Capitanich anticipó que tomaría cartas en el asunto para evitar que el problema se repita en verano y comentó las medidas que llevaría adelante para prevenirlo.

Tal como ocurrió en los últimos tiempos, muchas familias debieron cancelar sus planes de pasar las fiestas de navidad y fin de año en un determinado lugar porque no tenía electricidad. A diferencia de otros, la última semana de 2014 no tuvo temperaturas que se acercaran a los 40 grados.

En ese aspecto, la Justicia ya habilitó en varios casos la posibilidad de reclamar no sólo por la pérdida de mercaderías sino también por el daño moral que sufrieron los damnificados, como una forma de compensar por los padecimientos que debieron pasar, con cancelaciones de último momento.

De acuerdo a los especialistas, debe entenderse por daño moral la lesión a todos aquellos bienes que, no obstante carecer de contenido patrimonial, son fundamentales para todo ser humano, como la paz, la tranquilidad, la intimidad, la salud física y la chance de disfrutar la vida en libertad, entre otros.

Es decir, si por la falta del suministro el usuario sufrió mortificaciones, incomodidades e intranquilidad en su bienestar familiar (ya sea por el tiempo del corte o por las consecuencias del mismo aunque sea breve), tiene derecho a ser resarcido por el daño moral que soportó.

Sin embargo, es importante destacar que cada reclamo es único, con características propias y lo único que hará que el reclamo por este rubro proceda será la prueba que se presente a la causa judicial y luego la apreciación del juez que le toque analizarla. 

Distintos dañosEn los últimos tiempos, los tribunales civiles condenaron a las empresas distribuidoras por los daños ocasionados a unos clientes luego de restablecerle el servicio tras un corte.

Es importante remarcar que la persona que debe llevar adelante el reclamo tiene que ser el titular del servicio -es decir, quien figura en la boleta- ya que el cheque se extenderá a su nombre y, si es otra persona la que lo recibe, no podrá cobrarlo. Esto es así dado que se emiten bajo la cláusula "no a la orden", motivo por el cual no se puede endosar.

Por esta razón, en los casos en que se decida colocar el inmueble en alquiler, es conveniente que el propietario pida su baja del servicio para que el inquilino comience a figurar como titular.

En todos los casos deben solicitar el número de trámite, ya que puede suceder que vuelva la luz pero acompañada de un pico de tensión. Esto puede quemar los aparatos enchufados, por lo que corresponderá pedir una indemnización. Si hay un daño, el solicitante debe presentar un presupuesto para que sea revisado por la firma.

Con posterioridad, la prestadora utilizará un parámetro predeterminado para calcular los daños. Si hay algún problema por una causa originada en la distribuidora, la misma será quien revise los hechos. 

Desde la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina instaron a los afectados por los cortes de energía que no dejen de peticionar ante las empresas concesionarias por daños y perjuicios que les generaron las restricciones.

También se puede reclamar por la pérdida de mercadería afectada a raíz de la falta de luz. "Si realizan compras grandes, es conviene conservar los tickets del supermercado, porque tienen derecho a que les devuelvan no sólo lo que gastaron y perdieron sino el daño y perjuicio provocado", precisaron. 

"En el caso de los comerciantes, con sólo tres minutos de corte, ya están en condiciones de exigir un resarcimiento", aseguraron.

Desde que se efectúa el reclamo, el tiempo que la firma toma para analizar si hubo algún problema con el servicio es breve, ya que sólo chequea en sus registros si se produjo la falla.

Una vez corroborado el hecho que dio origen a la queja, se procede al reintegro -en el caso de que se haya reparado el artefacto- o a la entrega de un cheque para que el arreglo se lleve a cabo.

En tanto, desde Prevención Asesoramiento y Defensa del Consumidor (PADEC) recomendaron tomar nota desde qué hora faltó el suministro y hacer también la lista de cosas que se deterioraron (tanto sea la comida de la heladera como la del freezer, electrodomésticos, etc.). 

También sugirieron que se busquen las facturas de esos gastos o presupuesto de esas compras para poder calcular el importe del daño directo padecido a causa de los cortes de luz. Solamente así el usuario va a poder hacer un reclamo fundado y con elementos probatorios que permitirán a la empresa y al ENRE evaluar los inconvenientes sufridos.

En el caso de rotura de algún artefacto por alteraciones abruptas en la tensión, el primer paso es solicitar un presupuesto de arreglo. 

"Luego hay que ir a la empresa y exigir el pago de la reparación e incluso el dinero en efectivo para su reemplazo por otro nuevo en el caso de que no haya posibilidad de repararlo", explicaron.

Dónde hacer el reclamoEn caso de que registren una interrupción del servicio de energía eléctrica en sus domicilios, los usuarios de la Capital o del conurbano deberán comunicarse con las distribuidoras para asentar su reclamo.

  • A Edesur a través del 0800-3-333787 o puede enviar un mensaje de texto con la palabra “luz” espacio y número de usuario al 72720.
  • A Edenor, dependiendo la zona o también por SMS y la palabra luz, espacio y número de usuario al 28456.

Si fuera imposible comunicarse con las concesionarias o no le dan la respuesta adecuada, el usuario tiene la alternativa de efectuar el reclamo ante el Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE), mediante la página web del organismo o por mensaje de texto al (011) 3134-4444 con el nombre de la distribuidora, un espacio, el número de usuario, otro espacio y los últimos 3 números del medidor.

El Ministerio de Planificación Federal, Inversión pública y Servicios tiene disponible el número 4390-9500 (servicio rotativo) así como los fijos 4349-8487 / 7205. Además están a disposición números celulares y se pueden generar los reclamos a través de las redes sociales en las cuentas @minplan en Twitter y en Facebook en la página del Ministerio de Planificación.

Cómo actuar en la Ciudad de Buenos AiresAntes de llegar a la Justicia, los ciudadanos porteños deben efectuar sus reclamos ante los organismos descentralizados de la autoridad de Defensa al Consumidor ubicados en los Centros de Gestión y Participación (CGP) para obtener un resarcimiento.

En estos casos, cuando el damnificado concurra a efectuar el reclamo, deberá presentar un escrito donde relate cada uno de los hechos que derivaron en un perjuicio y en el que deberá detallar, por ejemplo, la fecha y hora del corte y del retorno del suministro de energía.

Además, deberá adjuntar un comprobante de los gastos ocasionados o un presupuesto autorizado donde se indique el monto que le costará el arreglo. También tendrá que acreditar el pago de la última factura del servicio.

A partir de allí, se fijará una primera audiencia dentro del plazo de 15 días, entre un representante de la empresa y el damnificado. En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo se fijará una nueva reunión dentro de los 10 días.

Por lo general, de la misma participarán el abogado de la empresa, el damnificado y un integrante de la oficina de Defensa del Consumidor del CGP. Así, de llegar a un acuerdo, la reparación será abonada por la compañía dentro de los términos acordados con el reclamante.

Vale remarcar que los gastos originados por dicho reclamo son absorbidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

En caso de que no se llegue a un acuerdo en ninguna de las dos audiencias, el cliente quedará habilitado para iniciar acciones legales y reclamar por el daño moral sufrido. Asimismo, la autoridad de aplicación podrá solicitar del organismo regulador toda la colaboración necesaria con el fin de obtener la correcta resolución del caso que se le presenta.