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Monotributo: la AFIP pone la lupa sobre la declaración informativa

Esta obligación formal recae en los monotributistas en caso de que se hallen encuadrados en las categorías que van de la F a la L
26/01/2015 - 11:15hs
Monotributo: la AFIP pone la lupa sobre la declaración informativa

Los monotributistas de las categorías más altas deberán presentar a partir de este lunes y hasta el viernes -según el número de CUIT- la declaración jurada informativa cuatrimestral acerca de su actividad.

Esta obligación formal recae en los que se hallen encuadrados en las categorías que van de la F a la L, que son las que tienen una facturación de entre $144.000 y $600.000, y en todos aquellos pequeños contribuyentes que tengan empleados a su cargo.

En todos esos casos, deberán entregar a la AFIP una amplia información que abarca temas como ventas y facturación, compras, principales proveedores y clientes, monto del alquiler y cantidad de kw de energía consumidos, entre otros puntos.

La presentación de los datos debe formalizarse mediante transferencia electrónica, a través de la página de Internet del organismo de recaudación, ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Declaración de Monotributo Informativa”, a cuyo efecto deberá contarse con “Clave Fiscal”, habilitada con Nivel de Seguridad 2 como mínimo.

El fisco está facultada por la Ley de Procedimiento Fiscal para aplicar multas por faltas a estos deberes formales. Pero, además, podrá rechazar las solicitudes de las constancias de situación impositiva o previsional de los contribuyentes que no presentaron la información requerida.

Entre otros puntos se deberá informar el total de ventas del cuatrimestre, puntualizando cuáles fueron las facturas emitidas durante ese lapso, así como los montos de las compras efectuadas con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.

También deberán consignar en sus declaraciones si son propietarios o inquilinos del local explotado, la CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.

Además, deberán manifestar la cantidad de kw consumidos y CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.

Cuando se trate de profesionales adheridos al Monotributo, la nueva normativa requerirá el CUIT del consejo o colegio profesional en el que se encuentre matriculado y la fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.

En tanto, si el pequeño contribuyente es transportista deberá informar si es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y, además, los datos del seguro y número de la póliza contratada.

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