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"Cepo aduanero": más trabas para retirar las encomiendas y productos comprados por Internet

Los argentinos que realizan compras minoristas a través de páginas web deben saltar múltiples obstáculos a la hora de retirar la mercaderia
16/02/2015 - 10:01hs
"Cepo aduanero": más trabas para retirar las encomiendas y productos comprados por Internet

Cambia el año pero los problemas son los mismos. Una vez más, y con la mira puesta en frenar la fuga de divisas, se acrecentaron las trabas existentes a la hora de retirar encomiendas de la Aduana

El conflicto no es nuevo, se remonta a principios de 2014. Exactamente, hace un año atrás, la AFIP complicó y burocratizó la compra de bienes en el exterior a través de sitios como Amazon y Aliexpress, entre muchos otros.

Puntualmente, con la entrada en vigencia de la resolución general (AFIP) 3.579, los argentinos que realizan adquisiciones minoristas con otros países a través de Internet deben -entre otros pasos a cumplimentar- completar un formulario online.

La presentación de esa "declaración jurada" se debe realizar con anterioridad al retiro de la mercadería en cuestión. Y, para ello, se debe contar con CUIT o CUIL y con la clave fiscal que brinda el organismo de recaudación a cargo de Ricardo Echegaray.

Si bien el trámite parece sencillo, expertos consultados por iProfesional advierten que -pasado ya un año- aún continúan las múltiples trabas al momento de retirar encomiendas de la Aduana.

Pasos a seguir

La consultora tributaria, Ivon Bacaicoa, detalló los pasos que se deben seguir para llevar adelante el trámite y "no morir en el intento".

Como primer acercamiento, explicó que luego de los cambios reglamentarios la mercadería comprada en portales como Amazon o Aliexporess "dejó de llegar a la puerta de los hogares y comenzaron a llegar telegramas para que los retiros se efectivizaran en la Aduana. Y, nada menos, que en la Aduana de Ezeiza".

Antes de comenzar el trámite, Bacaicoa asegura que es conveniente tener a mano lo siguiente:

  • Documentación de la compra y del producto: a modo de ejemplo, la pantalla de Aliexpress o DealExtreme donde se describe el artículo y el proveedor. 

En el portal, suministran un tracking. Con ese número se puede hacer el seguimiento online de la encomienda en la página de Correo Argentino y saber qué envío está llegando.

Es importante destacar que existe un ID internacional y un ID nacional, que figura en el telegrama que llega. Ambos datos con su estado, están en la consulta del Correo Argentino. 

  • Telegrama de Correo Argentino: luego de la compra, llega un telegrama de 4 hojas del Correo Argentino. En la primera, está identificado el envío con un número cuyo formato es RD999999999AR.
  • Constancia de pago del producto: puede ser el mail de Mercado Pago o el medio que se haya utilizado. Es conveniente tener a mano también el resumen de la tarjeta de crédito donde se pueda visualizar la fecha exacta en que se acreditó el pago.

Luego, con todos los papeles en mano, se puede iniciar el trámite: 

  • Certificación de firma en el telegrama: la segunda hoja, contempla la posibilidad de autorizar a alguien, certificando la firma. Lo más simple y rápido, es realizarlo en el banco.

El envío tiene una fecha de vencimiento. Si el trámite no se realiza antes, el producto teóricamente regresa al lugar de orígen. Son 15 días corridos a partir de la fecha que figura en el encabezado de la primer hoja.

  • Generar el formulario online 4550: se debe ingresar a la página de AFIP y con clave fiscal, ingresar al apartado "Mis Aplicaciones Web". Allí, elegir la opción "Formulario 4550 Compras a Proveedores del exterior". 

La carga es online y al formulario se lo identifica como F 4550/100. Son cuatro solapas a completar con información del comprador, del producto y de la transacción. 

Anteriormente, el formulario era manual y se identificaba como 4550-T, pero ya no lo aceptan más

  • Generar el Volante Electrónico de Pago (VEP): inmediatamente, luego de enviar el formulario en forma electrónica, se está habilitado para generar el  VEP que arroja el importe a pagar.  

El procedimiento consiste en ingresar a la página de AFIP con la clave fiscal, ir a la opción "Servicios Habilitados - Presentación de DDJJ y Pagos - Nuevo VEP".  

Una vez en el formulario, se debe completar de la siguiente manera:

  • Organismo Recaudador: AFIP.
  • Grupo o Tipos de Pagos: Aduana.
  • Tipo de Pago: Compra a Proveedores del Exterior.

Con posterioridad, en la segunda pantalla se deben cargar datos de la operación. Esto contempla el 50% del valor de compra en dólares menos la franquicia anual que sólo podrá considerarse en una sola compra de las dos anuales que hoy están permitidas.

  • Pagar VEP: el volante electrónico generado en el punto anterior es el que se debe pagar por Internet a través de homebanking. Al pagarlo, se obtiene el ticket de pago

El trámite en Aduana se realiza con el DNI original, el telegrama con la firma certificada, el F 4550/100, el VEP y su ticket. Allí, se verificarán todos los papeles y se cobrará un adicional en concepto de depósito por cada día en que haya estado en guarda.

El paquete será abierto para verificar que coincida con todo lo declarado. Por eso, conviene llevar toda la documentación mencionada precedentemente. Si todo está en orden, el trámite estará finalizado.  

En qué consiste el polémico controlA través de la resolución general 3.579 emitida por la AFIP, quienes realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta- o a través de courier, deberán rellenar un nuevo formulario con el detalle de la adquisición realizada. 

La presentación de la declaración jurada se deberá realizar con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente.

Para poder confeccionar el formulario, los adquirentes deberán poseer CUIT, CUIL o CDI y Clave Fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo.

Respecto al pago del arancel aduanero único del 50% sobre el valor de compra, el fisco nacional dejó en claro que se debe realizar vía Volante Electrónico y que el comprobante debe ser presentado en el Correo o en la Aduana al momento de retirar el bien.

A su vez, el servicio aduanero podrá exigir una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada y el pago adicional correspondiente.

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