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Ganancias: con nuevos aumentos salariales, miles de empleados van a quedar atrapados por el impuesto

Los incrementos obtenidos en paritarias y la falta de ajustes en la normativa generarán que los "primerizos" tengan que preocuparse por el gravamen
02/03/2015 - 13:59hs
Ganancias: con nuevos aumentos salariales, miles de empleados van a quedar atrapados por el impuesto

"Todo pasa y todo queda", dice la letra de "Cantares" del compositor español Joan Manuel Serrat. Y, aunque es una canción dedicada al poeta Antonio Machado, un descuidado podría pensar que se refiere al Impuesto a las Ganancias.

Ocurre que, de no mediar ningún cambio en la normativa durante este año y sumado a los incrementos que surjan de las negociaciones paritarias, se generará una nueva ola de empleados que pasarán a estar alcanzados por el gravamen.

Pese a las expectativas que se habían generado antes del acto de apertura de las sesiones legislativas el pasado domingo, la presidenta Cristina Kirchner no hizo ningún anuncio relacionado con el tributo.

De esta manera, la última gran reforma que alcanzó a los dependientes -que goza de plena vigencia- fue la que introdujo la mandataria en agosto del 2013 a través del decreto 1242. Dicha norma estableció, en base a los salarios recibidos entre enero y agosto de ese año, que:

a)Aquellos que tuvieron ingresos menores a $15.000 brutos queden eximidos del pago.

b)Quienes hubiesen obtenido entre más de $15.000 y $25.000 brutos tuvieran un incremento en las deducciones del 20% o del 30% (en éste último caso, sólo para los empleados patagónicos).

c)Los que superaron los $25.000 brutos, no tengan modificación alguna.

Dicho de otra manera -tal como lo explicó a iProfesional Fernando Álvarez, socio del estudio Álvarez Roperti Venegas-, el decreto "estableció 'tres categorías' en función a cual fuere la mayor remuneración o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013".

Esta situación generó una gran satisfacción para aquellos que se encontraban en el primer grupo ya que, sin importar cuál era el aumento salarial que recibieran en el futuro, quedarían fuera del alcance del impuesto.

Pero también provocó muchas inequidades. Sin ir más lejos, este medio dio cuenta que la falta de una modificación de los parámetros genera una suerte de "solapamiento impositivo", ya que los jefes terminan ganando menos que sus subordinados a raíz del gravamen. 

Ahora, se suma una nueva preocupación. Es que, debido a que ya pasaron más de 17 meses del último cambio y en base a los aumentos que se dieron (y darán en este año) en las paritarias, aquellas personas que se insertan por primera vez en el mercado laboral podrán quedar en la órbita del impuesto.Un problema en puertaPara entender el motivo que generará que a miles de empleados se les retendrá el tributo, es necesario recordar qué establece la normativa vigente sobre los "primerizos".

En efecto, debido a que el decreto tiene como referencia los ingresos generados entre enero y agosto de 2013, se concibieron dudas sobre qué sucedería con los dependientes que no habían cobrado salarios en ese lapso.

resolución general 3525.

"La misma estableció que, cuando se trate de inicio de relación de dependencia a partir del mes de septiembre de 2013, sin que hubiere existido otro empleo en ese año, la condición del empleado se determinará en función a las remuneraciones que pacte con el empleador al inicio de la relación laboral", indicó.

Y aclaró que "también aplica a aquellos dependientes que hubieran cesado una relación hasta diciembre 2012 y se reinserten al mercado después de agosto del 2013".

$25.350, se encuentre al margen del pago del impuesto.

Como contrapartida, puede darse el caso de otros dependientes que comienzan su vida laboral con una remuneración bruta de $25.350 y que no estarán beneficiados ni por la exclusión del pago de Ganancias, ni por el incremento en un 20% de las deducciones personales.

"En ambos casos, los empleados perciben en 2015 un sueldo de $25.350, que representa el poder adquisitivo de un ingreso de $15.000 en enero de 2013. Sin embargo, se establecen diferentes beneficios para sujetos en iguales situaciones, violando el principio de equidad en materia tributaria", resaltó la especialista.

Pero también se genera otra problemática. Así lo especificó Analía Arzeno, socia del estudio Aguirre Saravia & Gebhardt Abogados, que graficó el ejemplo de los trabajadores que durante 2015 ingresan a un nuevo empleo con runa emuneración inferior a $15.000 brutos y perciben -además de un básico- distintos adicionales como el de ‘zona desfavorable' que provocan que su ingreso mensual quede por sobre dicho importe.

"Es que, tomando a sus efectos la deducción especial a que refiere el decreto y considerando que desde su dictado ya han transcurrido dos nuevas paritarias, estos trabajadores quedarían excluidos de grupo 'liberado de tributar' y pasarían a conformar el de los 'trabajadores gravados'", precisó.

En el mismo sentido se manifestó Toledo, que señaló que "a más de 17 meses de finalizado aquel período de referencia, cada vez son más los nuevos trabajadores que al inicio de la relación laboral se van acercando al umbral del Impuesto a las Ganancias".

Los especialistas coincidieron en que esta situación podría genera la propagación de maniobras evasivas.

Así lo explicó Toledo, que sostuvo que "se puede advertir la posibilidad de alguna práctica nociva que lleve a formalizar el empleo por un salario menor a $15.000 brutos y dejando otro tanto en forma 'irregular', omitiéndose también los aportes y contribuciones relacionados a esa parte de salario informal".

En tanto, Álvarez puntualizó el ejemplo de un empleador que contrata a una persona con un sueldo de $40.000 mensuales, pero que -en el primer mes- las partes acuerdan que sea de menos de $15.000 y que luego se aumente en el segundo mes y subsiguientes hasta alcanzar el importe acordado.

 

"Ello genera que los $40.000 (o el importe que fuere) quede fuera de imposición, lo que perjudica a las arcas fiscales y hace mucho más inequitativo a este cuestionado régimen", concluyó el experto.Un caso ejemplarEn la actualidad, muchos son los convenios colectivos que incluyen un plus por zona desfavorable. Por lo general, este adicional se calcula como un porcentaje del sueldo básico que luego se le suma a dicho salario.

Uno de los acuerdos que contiene este tipo de beneficios es el firmado por el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh), que establece un incremento del 50 por ciento.

Por ejemplo, un encargado permanente sin vivienda de la cuarta categoría tiene un sueldo básico de $7.585 bruto. Al ser la categoría seleccionada una de las más bajas, se puede presumir que una persona que se inserta en el mercado laboral, podría obtener esta cifra por mes.

Teniendo en cuenta que el acuerdo vigente es de octubre de 2014, queda claro que deben volver a sentarse a discutir una nueva paritaria. Así, si el gremio y los empresarios acordaran durante este año un incremento del 35%, pasaría a $10.240 bruto.

Ahora bien, debido a que el convenio vigente contiene un adicional por zona desfavorable del 50%, ese mismo empleado pasaría a ganar $15.360 brutos. Dicho de otra manera: quien consigue como primer empleo un puesto de este estilo en el sur del país, pasaría a tributar Ganancias.

Lo mismo podría sucederles a los trabajadores de otros sectores que incluyan este tipo de plus, como por ejemplo los nucleados en la Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (Utedyc) que tienen un porcentaje igual a los encargados de edificios o los petroleros (que reciben un incremento del 63% o 85%, dependiendo del lugar), entre otros casos.

En este sentido, Arzeno sostuvo que "de configurarse esta situación, se estaría repitiendo en sus orígenes el desfasaje que el Gobierno subsanó temporaria y paliativamente con el dictado del decreto, encaminándose así a repetir la misma injusticia que con el dictado de dicha norma persiguió reparar".

va a ser un fenómeno que va a avanzar desde el sur hacia el norte, en función del nivel de salarios que es sensiblemente mayor".

Asimismo, el especialista resaltó el "extraño" hecho de que la normativa que definió que las deducciones personales de los empleados de la Patagonia sean un 30% (mayor a las del resto de los empleados del país), nunca contempló un sueldo mayor a $15.000 brutos para determinar quiénes son o no sujetos del impuesto. "Así que ya estamos hablando de contradicciones en la misma norma", indicó.

"Éste planteo pone en evidencia que, cuando no se forjan los principio básicos del sistema tributario y no se detectan los indicadores de seguridad jurídica, se atenta contra la comunidad sin siquiera tener la necesidad de hacerlo", puntualizó.El peligro de otorgar poderes especialesPor otra parte, Sasovsky resaltó que "el decreto en cuestión, es una clara manifestación del peligro de otorgar poderes especiales al Poder Ejecutivo sin limitaciones, y pone en manifiesto el riesgo de no contar con un régimen de actualización automática que hasta genera efectos no deseados en sus propios creadores".

Según el especialista, "lo que hace es generar nuevamente -producto de la defectuosa definición del sujeto alcanzado por el hecho imponible- un desequilibrio en determinar la calidad de contribuyentes".

"Cuando hablamos del problema de la falta de actualización automática de determinados montos nominales, lo hacemos justamente para plantear la necesidad de evitar el desequilibrio pergeñado por el excesivo nivel de reglamentarismo al que tristemente nos hemos acostumbrado y del que debemos salir cuanto antes", concluyó.

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