iProfesionaliProfesional

A diferencia de los años anteriores, se adelantó en un mes el plazo para que las compañías de la Ciudad brinden los datos del año pasado
23/04/2015 - 11:15hs

Como todos los años, el Gobierno porteño vuelve a la carga con el registro web de empleadores. Pero para 2015, preparó una sorpresa no tan agradable para los contribuyentes.

El cambio, no menor, consiste en anticipar el vencimiento al 30 de abril próximo, cuando habitualmente vencía a fines de mayo.

Como otra novedad, vale destacar que la flamante reglamentación incorporó las siguientes preguntas a ser respondidas por los empleadores porteños:

  • ¿Prevé incorporar personal en el año en curso?.
  • ¿Cuántas personas prevé incorporar?.
  • ¿Qué nivel de instrucción requiere el puesto?. 
  • ¿Qué perfil de trabajo debiera tener la persona?.

La inclusión de este cuestionario, que cumple una suerte de datos complementarios, responde "a los efectos de tomar conocimiento sobre las expectativas de incorporación de personal por parte de los empleadores" porteños.

En efecto, tal como se destaca en los considerandos de la normativa, "la finalidad de contar con esta información es la proyección del diseño e instrumentación de políticas de fomento al empleo en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires".

Guía onlineA fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de la reformulada obligación laboral, la administración de Mauricio Macri puso a disposición de las firmas un instructivo en donde explica las claves del régimen que exige declarar -entre otros- los siguientes aspectos:

  • Datos generales de los empleadores: actividades económicas, domicilio fiscal, datos de registración y CUIT. 
  • Cantidad de asalariados y establecimientos que posee la compañía en la Ciudad de Buenos Aires. 
  • Tipo de contrato de los trabajadores. 
  • Lugar de residencia de los dependientes.

El requerimiento recae –puntualmente sobre los empleadores con domicilio legal en Capital Federal, como así también sobre aquellos que posean establecimientos localizados en el distrito.

Una vez cumplimentado el trámite, las compañías obtendrán una constancia anual que deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de la documentación laboral, o cada vez que un inspector del Ministerio del Trabajo porteño la requiera.

Complementariamente, la guía de preguntas y respuestas publicada por el Gobierno de la Ciudad aclaró diversos aspectos específicos. En primer lugar, el instructivo advirtió que los datos ingresados al sistema sólo podrán modificarse hasta que finalice el período de carga.

En igual sentido, el Ejecutivo local señaló que si la firma inició sus actividades durante lo que va del 2015 no debe registrarse ya que la información solicitada corresponde a los empleados que hayan trabajado durante el año pasado.

Asimismo, las compañías deberán volcar los datos referidos a dependientes con modalidad de contrato eventual que formaban parte de la empresa al 31 de diciembre de pasado. 

Por el contrario, los pasantes no tendrán que ser declarados. Igual suerte siguen los empleados que lleven adelante servicios que fueron tercerizados por la firma puesta bajo la mira del Gobierno porteño.

En relación con el nivel de datos a declarar, el instructivo precisó que las compañías no tendrán que dar información alguna respecto de los trabajadores que se desempeñen fuera de la Capital Federal. 

"Sólo consignarán la modalidad de contratación y el sexo de los empleados que se localicen en la Ciudad de Buenos Aires", precisó la guía.

Temas relacionados