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La última actualización de los montos facturados por las Pymes había sido hecha en abril de 2013                                
01/07/2015 - 11:41hs

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional actualizó los valores máximos de la facturación anual de las pequeñas y medianas empresas (Pymes). Sucede que muchas de ellas, por el aumento de los montos que facturan por sus ventas, dejaron de estar dentro de esta categoría, con lo cual, pierden beneficios.

La última actualización de los montos facturados por las Pymes había sido hecha en abril de 2013.

Según la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, para ser consideradas Pyme, las empresas no pueden superar una facturación de 82.000.000 pesos para la actividad agropecuaria; 270.000.000 para la industria y la minería; 343.000.000 para el comercio; 91.000.000 para los servicios; y 134.000.000 para la construcción.

Se entiende por ventas totales anuales, el valor de las ventas que surja del promedio de los últimos tres balances o información contable equivalente; excluidos el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto Interno que pudiera corresponder y, también, deducidas las exportaciones que surjan de los balances.

Algunos de los perjuicios que le trae a una Pyme quedar excluida de la clasificación tiene que ver con que la firma no queda alcanzada por los beneficios de la tasa de interés subsidiada denominada “De inversión productiva”. Por otro lado, no puede ser beneficiada por una garantía, comercial o financiera, otorgada por una Sociedad de Garantía Recíproca. En los programas de Compre al Sector Público queda eliminada del beneficio de poder ofertar con un diferencial de 5 puntos y finalmente, la empresa queda alcanzada por la Ley de Abastecimiento.

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