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Ataque frontal al cash: los comerciantes ahora son "rehenes" de las comisiones que les cobran las tarjetas

Esto es a raíz de una reciente causa donde un tribunal marplatense avaló la reglamentación que emitió el organismo de recaudación
14/07/2015 - 19:00hs
Ataque frontal al cash: los comerciantes ahora son "rehenes" de las comisiones que les cobran las tarjetas

En una sentencia que encendió las alarmas entre los comerciantes, la Justicia rechazó un pedido de inconstitucionalidad a la reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que determina la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjetas de débito para las operaciones.

Los jueces se apoyaron en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre un caso similar, en el que una persona que había denunciado que la norma violaba sus derechos.

La polémica sobre este punto es de larga data. Si bien el fallo mencionado es apelable, los comerciantes deberán ir adaptándose ante estos requerimientos, ya que también avanzan proyectos en el Congreso para que esta forma de pago sea exigible y esté habilitada en todos los negocios, salvo pocas excepciones.

Según la resolución general del fisco nacional 1166/2001, que se basa en una norma emitida en la época en que Domingo Cavallo era ministro de Economía, la exigencia de utilizar este sistema rige para aquellos que realicen operaciones de venta de bienes con consumidores finales o que presten servicios de consumo masivo.

Sin embargo, los comerciantes se resisten a implementarlo. Aducen que no sólo es ilegítimo obligarlos sino que, además, es un servicio privado y honeroso ofrecido por bancos.

En relación a esto último, su principal queja radica en que las comisiones que cobran son muy elevadas.

Remarcan, a modo de ejemplo, que en los países desarrollados es del 0,5%, mientras que en la Argentina es del 3%, a lo que se suman los cargos por el servicio de posnet.

En el verano, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) recorrió puntos de venta y comprobó que el 80% de los comercios no contaba con un sistema habilitado que les permita a los clientes abonar sus compras a través de una tarjeta de crédito o débito.

Paralelamente, la AFIP ratificó que todos los establecimientos deben aceptar esa forma de cancelación y, además, que no pueden vender a un precio más bajo por pago en efectivo.

Hace poco menos de un mes, la comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados avaló un proyecto de ley -que ahora deberá ser aprobado por la comisión de Presupuesto y Hacienda- a fin de que sea tratado en el recinto.

Para su impulsor, Horacio Pietragalla, la iniciativa resulta fundamental para formalizar y profundizar la obligación ya dispuesta en el artículo 47 del Decreto Nº 1387/01.

Además de exigir el posnet, el proyecto prohíbe los "descuentos" por pago en efectivo.

Sin embargo, la autoridad de aplicación (la AFIP) podrá establecer -por razones fundadas- los montos mínimos por debajo de los cuales no regirá esta exigencia, así como los comerciantes que podrán quedar exentos por el carácter de su actividad.

En tanto, el ente recaudador deberá abrir una línea telefónica gratuita para que se puedan denunciar a quienes incumplan alguna de estas obligaciones.

Dicho incumplimiento será asimilado a la no entrega de facturas o comprobantes y pasible de sanciones económicas.

Para la Justicia, la AFIP es competente

En la causa, los magistrados aseguraron que la AFIP tiene facultades delegadas para dictar las normas reglamentarias, de aplicación y de fiscalización del decreto que, entre otros temas, crea el reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las compras efectuadas con tarjeta de débito.

En este sentido, dejó en claro que el organismo de recaudación procedió conforme a derecho cuando reglamentó la obligatoriedad del uso de este medio de pago para las operaciones comerciales.

Hace poco, los directivos de la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME), mantuvieron una reunión con el titular del fisco, Ricardo Echegaray, quien les recalcó que “la aplicación del posnet en todos los negocios es inexorable y deberá cumplirse totalmente”.

Sin embargo, remarcó que habrá un tiempo prudencial para que aquellos que aún no lo poseen puedan adecuarse a la norma y que, mientras tanto, las actas que se labren sean de constatación y no impliquen sanciones.

Críticas

La Federación Económica de Buenos Aires (FEBA) sostuvo que "el sistema de tarjetas es un negocio entre privados".

Por ello, consideró que el hecho de que "el Estado obligue a un particular a contratar el servicio de una compañía es total y absolutamente inconstitucional, ya que atenta contra el derecho de libre elección”.

“La única obligatoriedad de medio de pago que puede establecer el Estado es la moneda de curso legal", señalaron.

Para los tributaristas, una solución a esta problemática podría ser que se dicte una norma que emane del Congreso para reglamentar la libertad de comerciar.

En ese caso, si se plantea la inconstitucionalidad, en última instancia, la Justicia tendrá la palabra definitiva.

En caso de avalar la norma, los locales deberán adaptarse a la misma y sumar un costo más a su actividad.

La Cámara Argentina de Comercio (CAC) afirmó que los pequeños comerciantes pueden no contar con la estructura necesaria para afrontar los mayores costos de ventas asociados con la operatoria de tarjetas de débito y crédito.

Esto, en un contexto en el que los cargos por la prestación del servicio pueden llegarle a "comerles" hasta un 3,5% de la facturación.

Además, en las operaciones de pago electrónico los negocios también padecen las retenciones de varios impuestos sobre los créditos en sus cuentas bancarias.

En caso de Ingresos Brutos puede llegar hasta un 11%, a cuenta de lo que deben pagar con la presentación de la declaración jurada.

El secretario de la CAME, Vicente Lourenzo, recalcó que la principal oposición de la Confederación  está vinculada con "el alto costo que representa para el pequeño comerciante", con el agravante de que la avanzada del fisco se da en un contexto de retracción del consumo. 

En este sentido, sostuvo que "mantener el posnet implica una erogación mensual importante. Además, hay que sumarle las retenciones y percepciones impositivas como así también las comisiones que cobran las empresas que brindan el servicio".

A esta quita se suma otro factor, no menor por cierto, como son los plazos para hacerse del dinero, lo que puede traer complicaciones al momento de tener que pagar el alquiler del local o diferentes servicios.

Colocar un dispositivo para cobrar con tarjeta de crédito y débito implica un gasto que depende del tipo de aparato y de la empresa que se contrate.

En el país hay tres compañías de tarjetas de crédito que ofrecen el servicio: Mastercard, Visa y American Express.

Por otro lado, los comerciantes se quejan no sólo por el gasto incremental, sino también porque el dinero tarda entre hasta 72 horas en acreditarse.

En ese sentido, muchos han señalado la necesidad de que el servicio sea gratuito, para evitar la incidencia que tendría su obligatoriedad.

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