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Se abre una puerta para que los profesionales soporten obligaciones más adecuadas a las que hoy por hoy se encuentran en plena vigencia
28/10/2015 - 10:01hs

La Unidad de Información Financiera (UIF) evalúa modificar las obligaciones que recaen sobre los contadores respecto a los controles que rigen para prevenir las maniobras de lavado de dinero.

De esta manera, el organismo a cargo de José Sbatella dio respuesta a una nota por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) que presentaba una propuesta de modificación del alcance de las tareas de los profesionales.

Puntualmente, la nota presentada por el Consejo firmada por Humberto Bertazza y Armando Lorenzo, presidente y secretario de la entidad, respectivamente, explicaba que sugerencias propuestas estaban “fundamentadas en los resultados y experiencias de la aplicación la normativa vigente por parte de la matrícula” y apuntaban a “la búsqueda de una mejora en el sistema integral de prevención, intentando maximizar el aporte que la profesión puede brindar al mismo”.

La nota, contaba con una descripción conceptual de las modificaciones sugeridas. A continuación el texto completo de la misiva enviada por el Consejo porteño:

La propuesta de los contadores

Con respecto a la determinación del alcance de las tareas a realizar, el Consejo porteño propone diferenciar dos categorías de sujetos obligados:

  • Categoría A: Los profesionales en ciencias económicas que presten servicios de auditoría de estados contables o se desempeñen como síndicos societarios, cuando estos servicios profesionales se brinden a personas físicas o jurídicas obligados a informar a la UIF.
  • Categoría B: Los profesionales en ciencias económicas que presten servicios de auditoría de estados contables o se desempeñen como síndicos societarios, cuando estos servicios profesionales se brinden a personas físicas o jurídicas no obligadas a informar a la UIF.

Asimismo, el Consejo propone reformular la definición del alcance para las dos categorías antes mencionadas:

Respecto a los profesionales de la "Categoría A", los mismos deberán verificar el cumplimiento de los establecido por la UIF para cada sujeto obligado, según corresponda.

A efectos de exponer dicha verificación, se realizará un informe anual con las debilidades identificadas y las correspondientes recomendaciones.

Se deberá poner especial énfasis en el relevamiento del esquema de monitoreo y reporte de operaciones sospechosas implementado por el cliente de los profesionales en ciencias económicas.

Si durante la actuación profesional, se detecta que el cliente realizó una operación sospechosa, la misma deberá ser reportada ante la UIF.

Dichos reportes se deben realizar exclusivamente sobre las operaciones relacionadas con la actividad del cliente del profesional en ciencias económicas y no sobre las transacciones realizadas por los clientes del sujeto obligado.

En tanto, en relación a los profesionales que entran en la "Categoría B", el Consejo porteño propone que la UIF deberá definir las características que tiene que reunir un sujeto no obligado a informar a efectos que se cumplan las condiciones necesarias para que el profesional esté obligado a implementar la normativa vigente en la materia.

A efectos de determinar esas condiciones, el Consejo porteño propone utilizar los parámetros hasta hoy definidos (monto de los activos y evolución del nivel de ventas y activos) con las siguientes modificaciones y agregados:

  • Monto de activos: incrementar el monto de activos vigente a la fecha de $10.000.000 a $20.000.000. Quedaría a criterio de la UIF la incorporación de un mecanismo de actualización de dicho monto con cierta periodicidad.

Asimismo, el Consejo sugiere sumar una nueva condición a las detalladas anteriormente, con el fin de poner el foco sobre los actores de la economía con mayor riesgo en línea con el nuevo estandar internacional emitido por la GAFI. En ese sentido, se propone como condición complementaria y adicional a las ya existentes que el sujeto en cuestión pertenezca a las sociedades que requieren fiscalización estatal permanente.

La respuesta de la UIFA modo de respuesta, la UIF envió al Consejo porteño una nota en donde expresa que "las propuestas elevadas serán evaluadas por dicha unidad al momento de llevarse adelante modificaciones a la normativa que regula la actividad de los matriculados cuya actividad está regulada por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo".

A continuación, el texto completo de la respuesta de la UIF:

De esta manera, se abre una puerta para que los contadores soporten obligaciones más adecuadas a las que hoy por hoy se ven sometidos de acuerdo a las normativas vigentes implementadas por la UIF.