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Durante la inauguración de las obras del Hospital Posadas la mandataria entregó una copia de la norma a un grupo de trabajadores del gremio
25/11/2015 - 23:01hs

Durante el encuentro en el que se inauguraron obras en el Hospital Posadas, y en el que también se lanzó oficialmente a la Plataforma Odeon (de contenidos audiovisuales en internet), la presidenta Cristina Kirchner entregó una copia de la promulgación de la ley a los actores.

El texto surgió de las tareas conjuntas realizadas por los ministerios de Trabajo, el de Cultura y el de Desarrollo Social, junto la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a partir de una iniciativa de la Asociación Argentina de Actores.

El objetivo es establecer un marco legal de características especiales a la actividad actoral en todas sus ramas, para que, de este modo, los actores, actrices e intérpretes pasen a tener los mismos derechos que el resto de los trabajadores.

La norma ratifica la condición de empleados en relación de dependencia de actores e intérpretes. Actualmente, se vinculan con el empleador con un contrato eventual o a plazo fijo.

Además, tutela el uso de la imagen de los actores, actrices e intérpretes y le da cobertura desde lo previsional a un colectivo de trabajadores que se caracteriza por su discontinuidad laboral.

Por último, instituye como obligatorio que la conformación del contrato se realice de forma escrita. Y que su redacción se lleve a cabo conforme a las normas establecidas y homologadas en el convenio colectivo correspondiente a cada rama de la actividad.

Además, propone que se computen 120 jornadas efectivas de trabajo -continuas o discontinuas- como un año de servicios con aportes. De computarse un período menor, el trabajo será bonificado de acuerdo al monto de aportes efectuados.

Se tomará el monto total del aporte personal realizado y se lo dividirá por el monto mensual de éste. El valor mensual del aporte se corresponderá con el que se le haya atribuido al salario mínimo vital y móvil vigente al momento de la prestación de servicios. El resultado que surja de esta cuenta indicará el período de servicios prestados con aportes que se computarán.

Asimismo, el texto legal aclara que los servicios prestados con anterioridad a la promulgación de la Ley serán incorporados, bajo las modalidades probatorias que establezca la reglamentación.