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En los últimos días, se produjeron más desvinculaciones en el ámbito público. Estiman que superaron las 29.000 y que el número seguirá creciendo
09/03/2016 - 09:05hs

El Gobierno retomó el “corte" que hizo cuando -a fines de enero- anunció que iba a analizar la situación de 25.000 empleados públicos que se habían contratado en los últimos tres años. Esta semana las cesantías volvieron y ya suman cerca de 30.000 trabajadores despedidos.

De acuerdo a lo denunciado por la Asociación de Trabajadores del Estado, la situación se agravó en los últimos días porque se encontraron con que muchos cesanteados estaban bajo la "ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional", es decir, contaban con estabilidad, mientras que los desvinculados en enero eran contratados por "asistencias técnicas y convenios con universidades". 

Además, en los últimos días, se hicieron públicos más de una docena de casos de familiares de funcionarios macristas que accedieron a cargos públicos en distintas dependencias. En algunos casos, fueron puestos técnicos que no necesitan concurso, pero en otros sí se precisan.

Los gremios, militantes kirchneristas y partidos de izquierda señalan que se tomaron nuevos empleados sin concurso para cumplir las mismas funciones que los dependientes desvinculados por haber sido nombrados por el gobierno anterior.

También remarcan que se incrementaron los cargos jerárquicos, cuyas designaciones dependen de la decisión del funcionario de turno y que conllevan altos sueldos, como sucedió en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

¿Despedidos solo por militantes?

El ministro de Modernización, Andrés Ibarra, indicó que "podría haber más (despidos) en el caso de que se detecten contratos que no están cumpliendo una función específica o que tenían origen de una militancia, entre comillas, financiada por dineros públicos".

Para los expertos consultados por iProfesional, esto podría costarle muchísimo dinero a las arcas públicas.

El abogado Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti, Darago, Luppi & Asociados, explica que “nunca en la historia de la democracia Argentina, hemos asistido a semejante uso de la discriminación para despedir a personal estatal” y que “se despide a personal contratado (locación de servicio, monotributistas, planta transitoria, planta permanente) por el solo mote de ser "kirchneristas".

Lo más grave para el citado experto es que son “los dirigentes oficialistas quienes así también lo justifican sin pestañar y sin sonrojarse”. En ese aspecto, señaló que hay un gran riesgo de que el Estado sea condenado no solo al pago de indemnizaciones sino también al resarcimiento por daños y perjuicios generados por una conducta discriminatoria.

“El despido discriminatorio es ilegal, se debe reparar el daño y es nulo. En el ámbito público, se deberá pagar no solo una indemnización por daño, sino todos los salarios caídos, y además deberán volver a ocupar sus puestos quienes fueron echados por cuestiones políticas o gremiales”, alertó Cerutti.

El secretario general de ATE, Hugo Godoy, consideró que "el mal mayor que produjo el Gobierno anterior fue ese mecanismo perverso del trabajo precario" a través de contratos. "Si son 95.000 trabajadores precarios, obviamente se nombraron sin concurso, esto es así", concluyó.

El gremialista detalló que la diferencia entre los nuevos despidos y los desvinculados en enero, es que ahora estuvo el "agravante" de que muchos cesanteados se encontraban bajo la "ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional", mientras que anteriores eran contratados por "asistencias técnicas y convenios con universidades".

En ese sentido, hay que tener en cuenta que a principios de esta semana se dio a conocer el despido de 400 empleados de planta transitoria del Senado. Muchos de ellos llevaban ya años trabajando en la Cámara alta.

Desde Cambiemos defendieron la decisión al señalar que "los que se dieron de baja son de planta política de las direcciones generales salientes y cesan cuando salen las autoridades que los designaron. No tienen estabilidad".

En tanto, Ibarra justificó el nombramiento de familiares –en este caso, el de su esposa que comenzó a trabajar como directora de Relaciones Institucionales de Radio y Televisión Argentina (RTA) y personas cercanas a los funcionarios al señalar: “Cuando uno inicia una gestión nacional, es imposible sin llevar equipos técnicos de confianza, son miles de cargos y lo que nosotros estamos impulsando en relación del proceso de ingreso al Estado que deben ser por concurso.”

Y sobre el caso de su esposa en particular dijo que “en casos donde no hay concursos porque no está bajo la ley de Empleo Público, está bajo la Ley de Medios”. Asimismo prometió precisar durante este año cómo se realizarán los concursos públicos.

Otro precedente a tener en cuenta

A nivel nacional se estima que hubo cerca de 29.000 empleados cesanteados y este número se amplía si se tienen en cuenta las administraciones provinciales y municipales.

Hace pocos días se dio a conocer una resolución del Tribunal de Trabajo número 5 de Morón que obliga a ese municipio a reincorporar a dos empleados desvinculados por entender que fueron víctimas de "persecución ideológica" por su militancia gremial.

Además, los jueces dispusieron ordenar a la Municipalidad de Morón que conduce Ramiro Tagliaferro, esposo de la gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal, a que "cese en forma inmediata el comportamiento antisindical".

Ahora, otro juez bonaerense ordenó –a partir de una medida cautelar– reincorporar a una empleada pública, que había sido despedida por Vidal y por el ministro de Coordinación y Gestión Pública provincial, Roberto Gigante.

La orden judicial fue dispuesta por el juez en lo Contencioso y Administrativo Luis Arias, luego de que la involucrada solicitara la suspensión del Decreto 31/2016, a partir del cual la mandataria bonaerense ordenara el cese de sus actividades.

El 20 de enero, la gobernadora esgrimió que si bien la empleada revestía como personal de planta permanente, aún “no había adquirido el período de estabilidad correspondiente estipulado en seis meses”, después de su ingreso en 2015.

No todos son lo mismo

Los empleados públicos "de planta permanente" gozan del principio de inamovilidad consagrado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, siempre que dure su buena conducta y no haya razones para el cese de la relación de empleo público.

Sus conflictos son dilucidados ante la Justicia en lo contencioso administrativo correspondiente (Ciudad Autónoma de Buenos Aires, provincial o nacional) y no por la justicia laboral.

En tanto, el régimen de contrataciones por tiempo determinado comprende a la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional, que no puedan ser cubiertos por el personal de planta permanente.

Incluye al personal comúnmente denominado "de planta transitoria". Estos son equiparados en nivel y grado a los de planta permanente, y reciben una remuneración acorde, pero no gozan de la estabilidad.

En tanto, los contratados bajo la figura de locación de servicios (monotributo) por el Estado Nacional, provincial o las municipalidades no gozan de la estabilidad propia de los empleados públicos. 

Carecen, en principio, de la protección de las leyes laborales y de la protección propia del empleado público estatutario.

Asimismo, en cabeza de dichos trabajadores se encuentra el pago de impuestos tales como el monotributo e Ingresos Brutos como así también de una cobertura de salud (a través de la cuota del régimen simplificado o pagando aparte una diferencia a una prepaga).

Aquí surge un gran problema, ya que muchos contratos se perpetúan en el tiempo y los trabajadores quieren ser incorporados a planta permanente o al menos, transitoria. Pero puede suceder que el Estado decida rescindir el contrato y prescindir de sus servicios sin motivo.

El organismo empleador se ampara en que el contrato suscripto y renovado durante años, el dependiente aceptó esas condiciones contractuales.

Y si bien algunos de estos contratados pudieron pasar a planta transitoria tuvieron que resignar antigüedad -que volvió a ser de cero-, y quedaron allí porque "no hay vacantes" en la planta permanente. En esta situación laboral, a diferencia del caso anterior, sí abonan las cargas sociales.

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