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La oposición apoyó la iniciativa del Poder Ejecutivo que obliga a los tres poderes del Estado a brindar la información requerida por cualquier ciudadano
19/05/2016 - 11:22hs

Con respaldo del arco opositor, la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto enviado por el Poder Ejecutivo para regular el derecho de acceso a la información pública en Argentina, que junto con Bolivia, Venezuela y Cuba, integra la nómina de países que carecen de una ley al respecto en la región.

La votación fue casi unánime, con 229 votos a favor, cuatro en contra –del Frente de Izquierda- y una sola abstención, de Julio Solanas (FpV). La iniciativa pasó al Senado para su sanción definitiva, aunque comenzará a regir recién pasado un año de su publicación en el Boletín Oficial.

Si bien la oposición acompañó el proyecto en general, objetó las excepciones planteadas para la entrega de información, mientras las organizaciones de la sociedad civil, que participaron del debate en comisión, habían cuestionado la falta de “autonomía” de la autoridad de aplicación de la ley, que dependerá del Poder Ejecutivo.

El proyecto establece en principio que “toda persona humana o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar y recibir información pública, no pudiendo exigirse al solicitante que motive la solicitud, que acredite derecho subjetivo o interés legítimo o que cuente con patrocinio letrado”.

La ley incluye a los tres poderes del Estado; esto quiere decir que están obligados a suministrar la información requerida la administración pública nacional, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, el Consejo de la Magistratura, y las empresas con mayoría estatal y con participación minoritaria.

También son sujetos obligados los concesionarios, permisionarios y licenciatarios de servicios públicos o concesionarios, empresas, partidos políticos, sindicatos, universidades y el Banco Central de la República Argentina (BCRA), entre otros.

En el debate en el recinto se hizo un agregado para que también estén alcanzados por la ley los concesionarios y operadores de juegos de azar y apuestas.

Toda solicitud de información debería ser satisfecha en un plazo no mayor a 15 días hábiles, prorrogables por otros 15 en caso de “mediar circunstancias que hagan razonablemente difícil reunir la información solicitada”.

El proyecto plantea una serie de excepciones para la entrega de información, como cuando se trata de “información expresamente clasificada como reservada o confidencial o secreta, por razones de defensa o política exterior” o “información que pudiera poner en peligro el correcto funcionamiento del sistema financiero o bancario”.

Otras excepciones tienen que ver con “secretos industriales, comerciales, financieros, científicos, técnicos o tecnológicos”, “información en poder de la Unidad de Información Financiera (UIF)”, aquella que “pueda ocasionar un peligro a la vida o seguridad de una persona” o la que estuviera “protegida por el secreto profesional”.

La iniciativa crea una agencia de Acceso a la Información Pública, como ente autárquico, que funcionará con autonomía funcional en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional, y cuyo director será elegido por el Poder Ejecutivo en un procedimiento “público, abierto y transparente que garantice la idoneidad del candidato”.