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Se eleva a 300 trabajadores la nómina de los empleadores que se encuentran obligados con las cargas de mayo de 2016 a declarar el formulario 931 de cargas 
27/05/2016 - 17:24hs

La Administración Federal de Ingresos Públicos por medio de la Resolución 3876 (B.O.17/05/2016) ha extendido la aplicación del Sistema “Declaración en Línea”, modificando así la Resolución General N° 2.192, sus modificatorias y complementarias.

Informa el asesor legal de Arizmendi, Dr. Fernando Bianchi, que hasta el momento aquellos empleadores que tenían hasta 200 trabajadores se encontraban obligados a realizar la DDJJ del F. 931 a través del Servicio de AFIP de “Declaración en línea”, con esta modificación se eleva a 300 trabajadores la nómina de los empleadores que se encuentran obligados con las cargas de mayo de 2016 a declarar el formulario 931 de cargas sociales a través del Servicio de Declaración en línea.

A fin de clarificar lo que dispone la resolución, para saber si está el empleador alcanzado por la misma y debe pasar a realizar la Declaración Jurada Mensual de Cargas sociales a través del servicio de “Declaración en Línea”, los empleadores deben determinar en el mes de mayo cual es la nómina total de trabajadores, en dicho caso, cuando cuente con una nómina de: 

Hasta 300 empleados. La utilización del servicio es obligatoria para: el Empleador, en caso de tener hasta 300 empleados, deberá ingresar a la página web del organismo (www.afip.gob.ar), al servicio "Declaración en línea" y prestar conformidad a una declaración jurada ya realizada por esta Administración Federal. En el supuesto que incremente sus nóminas hasta un máximo de 350 trabajadores, inclusive, deberá continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema.

Cuando Tenga entre 301 y 350 empleados. La utilización del servicio es opcional para: el Empleador que registre entre 301 y 350 empleados, ambas cantidades inclusive, en el período mensual que se declara, podrá optar entre generar la Declaración Jurada Proforma de Seguridad Social Empleador -Formulario N° 931- a través del servicio con clave fiscal "Su Declaración" o generar el formulario mediante la utilización del aplicativo SICOSS. Si con posterioridad su nómina disminuye a 300 trabajadores o menos, el uso de este sistema será obligatorio.

Y finalmente cuando cuente con más de 350 empleados: el empleador que registre más de 350 empleados deberá generar la declaración jurada –Formulario N° 931- mediante la utilización del aplicativo SICOSS.

Es importante conocer esto, ya que la presentación de DDJJ mensual con otro aplicativo generará que la misma sea rechazada, y por ende podría generar luego la aplicación de multas e intereses por no realizar la presentación en tiempo y forma.

Para concluir nos explica el asesor legal de Arizmendi que las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial (17/05/2016) y serán de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas (F. 931) originales o rectificativas, correspondientes al período devengado mayo de 2016 (que vence en Junio) y a los siguientes.