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La situación del recupero de activos podría modificarse si se avanza en la sanción del proyecto que introduce la figura de extinción de dominio 
25/07/2016 - 09:02hs

Desde 1989, año en que se tipificó por primera vez el lavado de activos en la Argentina, el Estado recuperó de manera definitiva en causas por ese delito apenas u$s1.600.000 y unos $85.000, un porcentaje irrisorio del dinero que se sospecha que se lavó durante los últimos 27 años.

Para tener una idea de lo que se perdió basta un dato: sólo desde 2012 la Justicia dictó embargos preventivos por $17.300 millones en causas de lavado. El embargo es una medida que congela los bienes bajo sospecha, a la espera de una decisión definitiva, pero no les cambia la titularidad. Lo recuperado en 27 años, menos de $25 millones (al cambio de hoy), no llega al 0,15% de lo embargado en cuatro años.

Los bienes recobrados en casi tres décadas también se tornan insignificantes si se los compara con los, al menos, u$s32 millones que lavó el empresario kirchnerista Lázaro Báez, según determinó el juez Sebastián Casanello, en el procesamiento que le dictó en el caso de "La Rosadita", la causa más voluminosa de corrupción de los últimos años.

La situación del recupero de activos en todo el universo de causas penales podría modificarse, coinciden los principales actores del sistema, si se avanza en la sanción del proyecto que introduce la figura de extinción de dominio, impulsado por la Casa Rosada. Pero la media sanción que obtuvo iniciativa en Diputados encuentra resistencias en el Senado, por lo que su aprobación puede demorarse (de lo que se informa por separado).

En estos últimos 27 años se recuperaron también unos 20 inmuebles y 50 vehículos. Las cifras de recupero definitivo surgen de un relevamiento del Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (Cipce), al que accedió La Nación, elaborado sobre la base de los juicios por lavado en los que se dictó una condena. Son apenas diez, según pudo constatar este diario.

El mismo contraste se presenta cuando se compara lo recuperado con los embargos preventivos sobre bienes muebles e inmuebles dictados en los últimos cuatro años: afectan a 176 propiedades y 567 vehículos. Las cifras de embargos y del total de condenas provienen de las estadísticas oficiales de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac).

A partir de la creación de ese organismo, en 2012, se disparó la cantidad de embargos y secuestros preventivos de activos en causas por lavado, pero la Argentina sigue estando muy atrasada en comparación con otros países. Según cifras del Departamento de Estado de los Estados Unidos, en Brasil hubo más de 290 condenas por lavado desde 2007; en Colombia, 320 desde 2009; en Chile, 80 desde 2007; en México, más de 200 desde 2004; en Estados Unidos, más de 3300 desde 2010; en Alemania, más de 2800 desde 2009, y en España, más de 300 desde 2013.

La escasa cantidad de bienes recuperados en investigaciones por lavado cobra mayor relieve todavía si se tiene en cuenta otro dato: no hubo ningún caso en que se hayan recuperado bienes para el Estado antes de la finalización del proceso judicial, pese a que desde 2011 está permitido el decomiso previo a la condena en causas por delitos contra el orden económico y financiero.

"La principal razón por la cual existen tan pocas condenas por lavado y delitos económicos en general es la falta de voluntad política de quienes intervienen en la prevención, la investigación y el enjuiciamiento de estos hechos", dijo Agustín Carrara, director ejecutivo del Cipce. "A la falta de voluntad política se suman otros obstáculos, como por ejemplo la falta de capacitación suficiente y un sistema procesal muy ineficiente, donde las investigaciones son lentas, burocratizadas y oscuras", agregó.

Para Mariano Borinsky, juez de la Cámara Federal de Casación Penal y ex titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos Tributarios y Contrabando (Ufitco), la escasa recuperación de bienes se debe a una combinación de falencias normativas y fallas en la aplicación de las herramientas existentes. "Hoy hay un límite legal, porque el Código Penal está condicionado al Código Civil. Hasta que no modifiquemos la ley, es casi imposible lograr un avance significativos en el recupero de activos", sostuvo.

El juez de la Cámara Federal en lo Penal Económico Marcos Grabivker coincidió en que sería muy positiva una reforma legal que incorpore la extinción de dominio. "Hay que disponer de herramientas más efectivas para el decomiso de los bienes, para que no desaparezcan durante el proceso; en caso de que el acusado no resulte condenado en la causa penal, se lo puede indemnizar", evaluó el magistrado.

Los datos del Cipce y de Procelac son los únicos disponibles acerca de los bienes recuperados en causas penales, dado que el Poder Judicial no lleva ningún registro de casos, condenas y decomiso. Por esa razón, en la Argentina no hay cifras oficiales ni estimaciones sólidas sobre los bienes recuperados en causas de corrupción. Tampoco se conoce el destino de los pocos activos recobrados por el Estado.

De acuerdo con la ley, la regla general es que esos bienes pasan a formar parte del patrimonio del Poder Judicial. La Corte Suprema no lleva por el momento un detalle de esos activos, aunque, allegados al tribunal indicaron que se está trabajando para crear un registro de acceso público. Es una de las recomendaciones que hizo la Organización de los Estados Americanos (OEA) al Poder Judicial, en 2013.

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