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La entidad está evaluando si se puede hacer por una resolución o un dictamen aclarando cada caso concreto prque, dicen,el decreto es una instancia superior
24/08/2016 - 13:08hs

Funcionarios de la AFIP adelantaron que se estudia permitir blanquear activos a través de la moratoria, que es más barato, para algunos casos puntuales, aunque el organismo recaudador no encuentra todavía la forma legal de hacerlo, ya que la versión que excluye cualquier activo de ingresar por la moratoria se estableció en el decreto reglamentario de la Ley de Sinceramiento Fiscal que es una norma de orden superior.

Luego de las exposiciones en la Cámara Argentina de Comercio de los funcionarios Roberto Sericano, asesor del administrador federal de Ingresos Públicos, Alberto Abad; Eliseo Devoto, subdirector general de Asuntos Jurídicos, y Sergio Rufail, subdirector general de Servicios al Contribuyente, comenzó la ronda de preguntas y surgieron temas como qué pasa con un trabajador en relación de dependencia que presentó la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias en 2015 pero no declaró un departamento en Bienes Personales. O con un contribuyente que no presentó la declaración de Bienes Personales de 2015 pero en la de 2014 los bienes estaban declarados.

"Hoy como está reglamentada la ley, no pueden entrar a la moratoria sino únicamente al blanqueo", fue la respuesta unánime. Pero también agregaron que no es como piensa la AFIP. "Estamos pensando si se puede hacer por una resolución o un dictamen aclarando cada caso concreto. Pero el decreto es una norma de orden superior. Nos excedimos para evitar la especulación", desgranaron cuando les fue llegando el turno.

También comentaron que los más chicos ya empezaron a entrar al blanqueo, ya sea por tener menos de $800.000 que sincerar o por tener dinero en efectivo para depositar, algo para lo que corre un plazo corto: la última oportunidad es el 31 de octubre.

Para estos últimos, Sericano y Devoto aclararon que para que el depósito no quede inmovilizado 6 meses como estipula la ley se debe invertir en bienes registrables pero en registros "externos"; no serviría invertir en una obra en construcción o en acciones que están "inscriptas" en el registro de accionistas de la sociedad.

Otro punto del blanqueo que puede cambiar es que hoy se puede cambiar un inmueble de titularidad cuando está a nombre de una sociedad off shore y blanquearlo en cabeza de la persona humana beneficiaria de la sociedad para usarlo cuando se quiere vender el inmueble, ya que la persona humana no paga Impuesto a las Ganancias sino sólo el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) que es mucho menor. Esto es posible "por ahora", dijo Sericano. 

Para solucionar la imposibilidad de las personas humanas de conseguir un resumen de cuenta bancaria al 22 de julio, la AFIP aceptará uno emitido por el banco a fin de ese mes siempre que de los movimientos que enumere surja que la cifra a blanquear ya estaba en poder del contribuyente a la fecha de preexistencia.

En el caso de los inmuebles, en el país, sólo se requiere la tasación de un corredor público o un banco que con una clave ingresará a la AFIP y confirmará el valor declarado del bien. En el exterior, serán dos tasaciones de corredor, banco o aseguradora y deben adjuntarse en PDF sin necesidad de traducción o nota que las acompañe.

El blanqueo sólo considera activos, por lo que no se tomará en cuenta si tiene una hipoteca.

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