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El BCRA informó que desde el primero de noviembre las entidades deberán admitir este sistema, y también establecer a qué clientes les brindarán el servicio
23/09/2016 - 02:15hs

El Banco Central reglamentó el jueves a última hora que a partir del primero de noviembre las entidades deberán admitir los depósitos electrónicos de cheques, mediante la captura y remisión de su imagen digital.

Para ello, el BCRA les informó a los bancos que deberán contar con todos los "medios necesarios" para el cumplimiento de esta normativa, definir una política respecto a qué clientes les ofrecerán utilizar este servicio, y contemplar que los desarrollos y tecnologías que utilicen les permitan remitir a las Cámaras Electrónicas de Compensación (CEC) los datos requeridos.

Además, las entidades tendrán que contar con la imagen del frente y del dorso de los documentos debidamente identificados "como cursados para depósito electrónico y endosados para su cobro, a cuyo efecto deberán incluir -frente y dorso- la leyenda ‘presentado electrónicamente al cobro'", comunicó la autoridad monetaria.

En base a estos requisitos, los bancos deberán efectuar las validaciones pertinentes y, en el caso de su omisión, proceder a su rechazo utilizando la correspondiente causal.

Otra de las condiciones es que las imágenes de cheques capturadas por dispositivos propios de los clientes e incorporadas a la instrucción de pago en la Banca por Internet o Banca Móvil deberán considerarse parte de una transacción de depósito de valores.

También las entidades financieras deberán realizar un análisis de riesgo para determinar la "criticidad" de los escenarios aplicables a las normas.

"En el caso de los cheques, los libradores podrán solicitar el documento físico (en las sucursales) por un plazo de 60 días corridos desde la fecha de pago", acotó el Banco Central.

Y agregó: "Sin perjuicio de ello, cuando se trate de cheques presentados electrónicamente al cobro y cuya imagen haya sido capturada por los clientes, las entidades financieras podrán -bajo su responsabilidad- prever en los contratos celebrados con esos clientes que estos últimos deban conservar los documentos originales por el plazo antes citado y mantenerlos a su disposición en caso de requerimiento". Luego de los 60 días se podrán destruir.

Por último, el Banco Central estableció que las entidades financieras tendrán que, con anterioridad al primer día de noviembre próximo, notificar a los titulares de cuentas corrientes que podrán solicitar los cheques físicos pagados -en las sedes, sucursales, o agencias donde tengan abiertas sus cuentas corrientes-, por un plazo de 60 días corridos desde la fecha de pago.

Dicha notificación deberá "efectuarse mediante documento escrito dirigido al domicilio real del cliente" en forma separada, "o por vía electrónica en aquellos casos en que ésta fuera la forma de comunicación, de acuerdo con lo previsto en las normas".