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Alberto Mastandrea, socio de Impuestos & Legales de BDO Argentina, explicó cuáles son las dudas que persisten y por las cuáles se espera una solución
30/09/2016 - 19:00hs

A más de dos meses de la promulgación de la Ley de Sinceramiento Fiscal y en plena cuenta regresiva de algunas oportunidades para blanquear (por ejemplo, dinero en efectivo), todavía persisten dudas respecto de cuestiones aplicativas.

Al menos así lo explicó en exclusivo para iProfesional Alberto Mastandrea, socio de Impuestos & Legales de BDO Argentina, quién destacó al menos cuatro puntos que son vitales resolver antes del fin de los tiempos establecidos en la norma.

En concreto, el experto hizo referencia a:

•Los bienes alcanzados con pasivos.

Seguros de vida tomados en el exterior.

•Acreditación de la preexistencia de ciertos bienes.

•Sujetos que desean blanquear inmuebles pero no cuenta con fondos para afrontar el "impuesto especial".

En el siguiente video, Mastandrea profundiza en las incógnitas planteadas que, según destacó, pueden terminar atentando contra el éxito del blanqueo:

El especialista recordó que este nuevo régimen de Sinceramiento Fiscal, puesto en marcha por parte del Gobierno nacional, es "sumamente flexible" y advirtió que "prácticamente no hay sujetos excluidos".

Al respecto, Mastandrea resaltó:

Costos y beneficiosA la hora de hablar de los costos que tiene el régimen, Mastandrea recordó que la norma establece dos conjuntos de alternativas que permiten evitar el pago del "impuesto especial":

•Bonos a tres años.

•Bonos "mágicos".

Además, explicó que otra de las opciones que fijó el Gobierno fue los fondos comunes de inversión (que obliga a los adherentes a permanecer durante cinco años), que puede ser una buena elección.

Por otra parte, también recordó que existen otras alternativas en las que hay que pagar para blanquear. En concreto, resaltó que deberán abonar el "impuesto especial" quienes:

•Exterioricen inmuebles (a una alícuota del 5%).

•Sinceren sumas por debajo de los $800.000 (tasa del 5%).

•Para el resto de los supuestos, abonarán:

o 10%, siempre que se acojan antes del 31 de diciembre.

o15%, si adhieren entre el 1 de enero al 31 de marzo de 2017.

Por último, el experto de BDO dio cuenta de los beneficios que tendrán no sólo aquellos que adhieran al blanqueo, sino también quienes hayan cumplido con sus obligaciones tributarias en los últimos años.

Un detalle que remarcó Mastandrea fue que el beneficio planteado por la norma respecto a los que fueron buenos contribuyentes y que confirmaron sus declaraciones juradas rige tanto para particulares como para compañías.

Al respecto, señaló: "Hay muchas empresas que esto no lo tienen claro, y es importante destacarlo, que las empresas también tienen este beneficio".

Queda claro que las posibilidades que ofrece el régimen de Sinceramiento Fiscal para poner en regla la situación patrimonial son muchas. El éxito de la medida dependerá ahora de la posibilidad de que el Gobierno establezca los ajustes necesarios.