iProfesionaliProfesional

El hombre había pagado puntualmente el préstamo, por lo que inició una demanda que tramitó durante muchos años y le pagaron por el daño moral
28/09/2016 - 17:21hs

La Cámara Civil elevó una indemnización por daño moral a favor de un hombre, quien tuvo que litigar durante varios años para que una entidad bancaria reconociera la cancelación de la hipoteca que pesaba sobre su inmueble.

El reclamante alegó que "sin ninguna justificación el banco mantuvo un gravamen hipotecario y la indisponibilidad del bien, con el riesgo de perder su propiedad”.

En el caso “O., F. J. c/ Banco Hipotecario SA s/ Daños y Perjuicios”, el damnificado promovió una demanda contra la entidad bancaria por los daños y perjuicios que sufrió por un préstamo hipotecario por el que se gravaba el inmueble de su propiedad. El hombre expresó que “abonó el crédito desde su otorgamiento hasta la cuota 150, puntualmente, sin atrasos, durante más de 12 años”.

Según su relato, “en el mes de marzo de 1990 el banco comenzó a consignar erróneamente la numeración de las cuotas, de modo tal que la cuota 52 pasaba a ser la 48, por lo que aduce que la demandada duplicó 4 cuotas que ya habían sido canceladas, y por los motivos que explica por el proceder de la demandada se produjo una falsa mora”.

Dicho conflicto motivó que el actor promoviera demanda por cancelación de hipoteca que tramitó por ante el Juzgado Nacional en lo Civil n. 2, proceso en el que se dictó sentencia favorable, la que fue confirmada por la Cámara Civil.

En este contexto, el hombre alegó que “sin ninguna justificación el banco mantuvo durante largos años un gravamen hipotecario y la indisponibilidad del bien, con el riesgo de perder su propiedad”, y también invocó que “a pesar de la sentencia que la obliga se niega a cancelar la hipoteca”.

Asimismo, reclamó una indemnización por incapacidad psíquica, daño moral y pérdida de chance. Así, el juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, admitiendo únicamente la indemnización del daño moral y desestimando el resarcimiento de la incapacidad psíquica y de la pérdida de chance.

Tras analizar el caso, la Cámara destacó que “el actor tuvo que litigar durante varios años a fin de que se reconociera judicialmente la cancelación de la hipoteca que pesaba sobre su inmueble, por lo que sin duda corresponde admitir la indemnización del daño moral sufrido por el actor”.

“La posición asumida por la demandada en cuanto a que el actor no había saldado la totalidad del crédito que le había sido acordado y su oposición durante varios años a que se declararan cancelados el crédito y la hipoteca, situación que provocó la respectiva acción judicial en la que resultó vencedor el aquí reclamante, indudablemente ha repercutido negativamente en su interioridad, configurando un daño que merece ser resarcido”, añadió el fallo difundido por Diario Judicial.

De este modo, los vocales consideraron “exiguo el monto de $20.000 fijado por el sentenciante en concepto de indemnización del daño moral”, por lo que lo elevaron a la suma de $40.000.

Temas relacionados