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A partir de noviembre los contribuyentes de las categorías más altas de este régimen ya no podrán pagar por ventanilla. Cómo deberán hacerlo
19/10/2016 - 13:10hs

Este mes, algunos contribuyentes autónomos y monotributistas ya no podrán pagar el impuesto por ventanilla y deberán hacerlo a través de una cuenta bancaria.

Así lo estableció el mes pasado la AFIP a través de la resolución general 3936.

Por ese motivo, quizás ahora con esta obligación sería conveniente pensar en adherir al débito automático de la obligación en la cuenta bancaria o en la tarjeta con el beneficio de recibir una vez por año la devolución de una parte de lo que se paga por mes.

Quiénes están obligadosPara los monotributistas inscriptos en las categorías "L" a "K", la obligación comienza en octubre, con vencimiento el día 20 de este mes.

Los inscriptos en las categorías que van de la "J" a la "I" será obligatorio a partir de noviembre; y para los de las categoría "H" desde diciembre de 2016.

Las demás categorías menores seguirán con la forma de pago bancario, aunque opcionalmente podrán adherir al débito automático.

En cuanto a los autónomos, la nueva modalidad de pago tiene el siguiente cronograma: categorías V y V', desde octubre; categorías IV y IV', desde noviembre y categorías III y III' a partir de diciembre.

Cómo se pagaUtilizando las siguientes modalidades de pago:

Transferencia electrónica de fondos

Débito automático en tarjeta de crédito

• Débito en cuenta a través de cajeros automáticos

Débito directo en cuenta bancaria

Para realizar esos pagos se podrá abrir una "Caja de Ahorro Fiscal" en el Banco de la Nación Argentina, que no tendrá costo de apertura ni de mantenimiento.

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