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Las personas podrán declarar de manera voluntaria y excepcional la tenencia de bienes en el país y en el exterior antes del 31 de marzo próximo
27/10/2016 - 11:55hs

El blanqueo de capitales que se encuentra en plena vigencia tiene entre su plexo normativo una "particular" claúsula que - de registrarse un hecho en particular- hace caer en un futuro cercano- toda la exteriorización de bienes que lleven adelante los contribuyentes y sus beneficios.

Puntualmente, en el final del artículo 85 del texto se deja en claro que "en el caso de que la AFIP detectara cualquier bien o tenencia" que, al 31 de diciembre pasado, sea propiedad de quienes adhieren a este blanqueo, automáticamente caen los beneficios otorgados.

Por lo tanto, si un contribuyente tiene sin declarar en Ganancias, Mínima Presunta o Bienes Personales, dos departamentos en Miami y plata en una cuenta en Suiza; y decide blanquear sólo uno de los departamentos, se expondrá a que luego si la AFIP - a través de tarea de inteligencia fiscal- le detecta el otro o el dinero sin declarar, automáticamente pierde todas las ventajas de este nuevo régimen.

Es decir, debe ingresar el impuesto adeudado no prescripto por el total de los bienes que ingresaron a este nuevo blanqueo más los detectados por el organismo. 

Y tendrá que hacer frente a la respectivas denuncias amparadas en la Ley Penal Tributaria y - de corresponder en la Ley Penal Cambiaria.

Últimos días de la primera etapaCon la extensión del plazo anunciada por la AFIP, hasta el lunes próximo habrá tiempo de abrir la cuenta especial en el banco, mientras que hasta el 21 de noviembre se podrán depositar los fondos a exteriorizar.

El organismo tributario decidió, tras las quejas de contribuyentes y profesionales, extender una semana más la posibilidad de entrar al sinceramiento fiscal para dinero en efectivo.

Si bien el plazo de finalización siempre fue el 31 de octubre, los profesionales recomendaban iniciar el trámite el 24 de octubre como muy tarde, ya que luego de esa fecha no podrían emitirse los Volantes Electrónicos de Pago para abonar el anticipo del 1% del impuesto especial.

Por eso, desde AFIP se determinó que con sólo haber cumplido el primer paso de la operatoria, es decir la apertura de la cuenta ad hoc en cualquier banco, será suficiente y que los siguientes pasos (el pago del anticipo y el depósito del dinero) podrán realizarse durante las siguientes tres semanas.

Luego de pagado el anticipo, depositado el dinero y confirmado el registro en la página web de la AFIP, el contribuyente deberá abonar el resto del impuesto especial.

El dinero blanquedo deberá permanecer inmovilizado durante seis meses, salvo que el blanqueador los utilice para la compra de algún bien registrable, para lo cual dispondrá del dinero.

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