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Aprobó la iniciativa con 53 votos positivos, 6 negativos y 2 abstenciones. El proyecto fue modificado y volverá a Diputados para su sanción definitiva
24/11/2016 - 15:57hs

Fuertemente reclamado por familiares de víctimas y organizaciones de la sociedad civil, el proyecto para aumentar penas a quienes cometan delitos viales fue aprobado este miércoles en el Senado, con 53 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones.

La iniciativa, que contaba con media sanción de Diputados, sufrió modificaciones en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales por lo que deberá ser tratada nuevamente en el recinto de la Cámara baja para su sanción definitiva.

Durante el debate estuvieron presentes representantes de la asociación Madres del Dolor y organizaciones de la sociedad civil que luchan en la prevención de accidentes automovilísticos.

El senador Pedro Guastavino (PJ-FpV), presidente de la comisión cabecera que analizó el proyecto, resaltó que “la principal causa de muerte violenta en los últimos años” son los accidentes viales. Para el entrerriano, la norma “busca dotar a los jueces de la mejor herramienta para sancionar a quienes incurran en estas conductas”.

Por su parte, la puntana Liliana Negre de Alonso (Compromiso Federal) opinó que la iniciativa es “distinta” a la sancionada por Diputados y consideró que por este motivo puede llegar a demorarse la ley. En la misma línea, Magdalena Odarda (Coalición Cívica) reclamó que con todas las modificaciones introducidas “quizás jamás sea tratado” en la Cámara baja.

En defensa de la propuesta elaborada en el Senado, el salteño Rodolfo Urtubey (PJ-FpV) subrayó que el tema “se ha debatido muchísimo en la comisión y ha habido mucho trabajo en términos correctivos”.

“Es el mismo proyecto, no es otro”, sostuvo y señaló que se modifican los mismos artículos que proponía la media sanción de Diputados.

Además, manifestó que esta normativa “tiene más posibilidades de aplicación” y explicó: “Nosotros creemos que hay que superar esta dicotomía donde los jueces tenían que estar entre un sistema de culpa muy benigna y tenían que forzar la interpretación jurídica inventando un dolo, el dolo eventual, para poder dar una satisfacción en cuanto a la redistribución punitiva de hechos aberrantes como los que suceden en esta materia”.

A partir de la modificación del artículo 84 del Código Penal se establece que será reprimido con prisión de 1 a 5 años e inhabilitación especial de 5 a 10 años, “el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión, o inobservancia de los reglamentos o los deberes a su cargo, causare a otro la muerte”.

En tanto, la pena será de prisión de 3 a 8 años cuando fueren más de una de las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado “en razón de una culpa grave caracterizada por un obrar especialmente irreflexivo o temerario”. Esta figura es el principal cambio que el Senado introdujo, destacó Parlamentario.com.

Y se indica: “Se consideran supuestos de culpa grave quien condujere bajo efectos de estupefacientes, o con un nivel en sangre significativamente superior al límite tolerado, o en significativo exceso de la velocidad máxima permitida, o si el conductor se diere a la fuga o no intentare socorrer a la víctima”.

También se modifica el artículo 94 por el cual se establece la prisión de un mes a tres años o multa de 1.000 a 15.000 mil pesos, e inhabilitación especial, en su caso, de uno a cuatro años, el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión, o inobservancia de los reglamentos o los deberes a su cargo, causare a otro un daño en el cuerpo o en la salud.

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