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Este martes se debate en Diputados los distintos proyectos para modificar el Impuesto a las Ganancias. Acceda al texto completo de cada dictamen
06/12/2016 - 14:46hs

Este martes se debate en Diputados los distintos proyectos para modificar el Impuesto a las Ganancias.

A continuación, el texto completo de cada iniciativa.

Dictamen de mayoría de Cambiemos:

- Sube el mínimo no imponible del impuesto en un 15 por ciento.

- Los asalariados solteros sin hijos pagarán el tributo cuando ganen más de 21.712 pesos netos, mientras que para los casados con dos hijos se estableció en 25.231 pesos netos.

- Se podrá deducir hasta un 40 por ciento el alquiler de vivienda, con un tope de 4.000 pesos mensuales o 48.000 pesos anuales.

- Se habilitan las deducciones por viáticos, cuyo tope será reglamentado por la AFIP.

- También habrá deducción por cónyuge, pero el límite de la deducción por hijo pasa de 24 a 18 años. *Reduce del 9 al 5 por ciento la alícuota de la escala más baja.

- Los contribuyentes que empiecen a tributar el gravamen pagarán solo una alícuota del 2 por ciento.

- La alícuota máxima seguirá siendo del 35 por ciento.

- Aumentan las escalas. La primera para 2017 se fijó en 61.000 pesos, en 2018 será de 124.000 y en 2019 llegará a 146.000 pesos.

- Aumenta hasta 342 por ciento el impuesto para monotributistas y un 50 por ciento los topes de facturación.

- Se crea un impuesto para las máquinas tragamonedas.

Dictamen de minoría del Frente para la Victoria-PJ y Carlos Heller:

- No fija un mínimo no imponible pero define un piso de "ingreso mínimo sujeto a impuesto" que corresponde cada año al valor anualizado del salario neto del percentil 90 del SIPA al último día del año.

- Modifica la modalidad de cálculo del impuesto: primero se calcula el monto que correspondería pagar del impuesto según la alícuota que corresponde a la ganancia neta anual y luego se detraen del impuesto a pagar las deducciones, hasta el límite de hacerlo nulo.

- Deducciones: Hijo menor hasta 18 años, por alquiler y por crédito hipotecario. Se mantiene la deducción de las cargas abonadas al personal de casas particulares. Agrega por educación en todos los niveles.

- Proponen 7 escalas que se definen cada ejercicio fiscal a partir de la distribución percentílica de los salarios del SIPA.

- La alícuota mínima se reduce a 5 por ciento y se mantiene la máxima en 35 por ciento.

- Se incorpora al tributo a todos los funcionarios públicos de los tres poderes del Estado. *Se aumentan las alícuotas para juegos de azar.

- Se grava la remisión de utilidades al exterior, los depósitos a plazo fijo y LEBAC superiores a 1,5 millones de pesos y las ganancias provenientes de inversiones financieras y en divisas.

- Se reincorpora la imposición sobre distribución de dividendos salvo para PYME.

- Se reestablecen las retenciones a las exportaciones mineras y sojeras y el 50 por ciento de lo recaudado va al Fondo Federal Solidario.

- Se gravan las operaciones de dólar futuro durante 2015.

- Se actualizan las escalas de monotributo y se flexibilizan las condiciones para volver al monotributo.

Dictamen de minoría del Frente Renovador, el bloque Justicialista y otros bloques:

- Prevé un incremento de casi el 50 por ciento en el mínimo no imponible, con un piso de 48.000 pesos en bruto para casados con hijos y de 34.000 pesos para los solteros.

- Establece la deducción por cónyuge e hijo hasta 24 años como así también los gastos por educación. Además incluye a familiar descendiente en línea directa como a los padres.

- Permite la deducción de alquileres como de créditos hipotecarios.

- Reduce del 9 al 3 por ciento la alícuota de la escala más baja y mantiene en 35 por ciento la más alta.

- La escala más baja se fija en 50.000 pesos y se eleva en 2018 a 75.000.

- El impuesto se va a actualizar automáticamente.

- Propone impuesto a la renta financiera, al dólar futuro y retrotrae la retenciones a las mineras.

- Propone duplicar el tope de facturación de monotributo. La prestación de servicios quedaría alcanzada por el régimen único hasta los 800.000 pesos y la venta de inmuebles, hasta los 1,2 millones.

Dictamen de minoría del Frente de Izquierda:

- Excluye el salario y las jubilaciones del impuesto a las Ganancias.

- Se establece como mínimo no imponible para las personas solteras el equivalente a tres canastas básicas que alcanzaría los 69.000 pesos.

- Propone siete escalas y mantiene en el 9 por ciento la alícuota más baja y en el 35 por ciento la más alta.

- Los monotributistas tendrán un mínimo no imponible equiparable al costo de tres canastas familiares.

Dictamen con más chancesPese a las modificaciones aceptadas por Cambiemos, no hubo acuerdo en el piso mínimo a partir del cual se debe pagar el tributo. El oficialismo no se movió de su oferta inicial de incrementarlo en un 15% a partir del año próximo, y la oposición, en forma unánime, lo rechaza por insuficiente.

Además de rechazar una suba mayor del mínimo no imponible, desde Cambiemos no acceden a gravar con impuestos a la renta financiera, ni darían marcha atrás con la quita de retenciones a la actividad minera.

Los cinco cambios que aceptó el oficialismo son:

-Incorporación de un impuesto al juego, que incluiría un impuesto indirecto a las apuestas y un impuesto directo a las máquinas tragamonedas.

-Deducciones por alquileres de hasta un 40% del valor y un tope de 4 mil pesos mensuales o 48 mil pesos anuales.

-Deducciones por viáticos -un viejo reclamo de la CGT-, con un tope sujeto a reglamentación de la AFIP.

-Deducciones por cónyuge, algo que ya existe y el proyecto de Cambiemos buscaba eliminar.

-Actualización de escalas del régimen de monotributo con una suba del 50%

De acuerdo al dictamen de Cambiemos, los nuevos mínimos no imponibles de Ganancias se ubicarían unos $21.712 para los solteros y $25.231 para los casados con dos hijos. 

De aprobarse el dictamen sin modificación de las escalas propuestas -que coinciden con el proyecto oficial- el pago de Ganancias alcanzaría para los trabajadores casados los $242 en el caso de los que perciban unos $30.000 mensuales brutos.

Sería de unos $1.940 para los sueldos de hasta $40.000; de $4.742 para los de $50.000 y de $7.842 para los salarios de hasta $60.000. En el caso de los solteros, los salarios de hasta $25.000 tributarían unos $399, mientras que los de hasta $30.000 pagarían 659 pesos.

A los que perciban salarios de hasta $40.000 se les descontarían unos $2.900; mientras que hasta $50.000 unos $5.798 y hasta $60.000 unos $9.073.

A estos números habrá que restarle, en la medición anual, las nuevas deducciones que introduce el dictamen de mayoría, como los $40.000 anuales por los alquileres (con un tope de $4.000 mensuales) y el cálculo de descuento por viáticos.

Se mantiene el tope de $20.000 anuales por los intereses en los créditos hipotecarios y se mantiene la deducción por cónyugue. No se suman beneficios para los jubilados y se mantiene la idea oficial de un tope de 18 años por hijo. 

Cambios en el MonotributoEn tanto, la actualización del Monotributo, incluida en el dictamen oficial del proyecto de reforma de Ganancias, aumenta 50% los topes de facturación, sube entre 75% y 174% los montos a pagar en concepto de impuesto integrado y eleva de $157 a $300 el aporte jubilatorio. En tanto, la obra social se mantiene por ahora en 419 pesos.

Los topes de facturación suben a $600.000 anuales para servicios y $900.000 anuales para venta de cosas muebles, pero el impuesto integrado a cancelar mensualmente va a ir de $128 a $2800 para servicios; y de $128 a $3400 para comercio hasta la categoría I, y llegará a $6540 en la categoría L, la última exclusiva para venta de cosas muebles.

Actualmente, las escalas van de la B a la I para servicios y venta de bienes muebles, y desde la J a la L sólo para venta de bienes muebles. Respecto a la facturación, recorren los tramos de hasta $48.000, con un impuesto de $39 la B; hasta $72.000, pagando $75 la C; hasta $96.000 con $128 para servicios y $118 para comercio la D; hasta $144.000 con $210 y $194 respectivamente la E; hasta $192.000 pagando $400 y $310 la F; hasta $240.000 con impuestos de $550 y $405 la G; hasta $288.000 con pagos de $700 y $505 la H; hasta $400.000 con $1600 y $1240 la I.

Unicamente para venta de cosas muebles, con un empleado y hasta $470.000, pagando $2000, la J; con dos empleados y hasta $540.000 con un pago de $2350, y con tres empleados y hasta $600.000, con un impuesto integrado de 2700 pesos.

En el dictamen de la mayoría, suben los topes para servicios a $600.000 y para venta de cosas muebles a $900.000 Y las nuevas escalas van de hasta $72.000 la B; hasta $108.000 la C; hasta $144.00 la D; hasta $216.000 la E; hasta $288.000 la F; hasta $360.000 la G; hasta $432.000 la H, y hasta $600.000 la I. Y para las últimas tres escalas, según la cantidad de empleados, hasta $705.000 la J con un trabajador como mínimo; hasta $810.000 la K con 2 trabajadores de piso y $900.000 la L con tres trabajadores.

Si bien esas subas son de 50%, lo que van a pagar los monotributistas que encuadren en esas categorías es sustancialmente superior y además cambia la lógica, ya que ahora la venta de cosas muebles va a pagar más que los servicios. Esto es $128 mensuales en la B; $150 para servicios y $258 para venta de cosas muebles en la C; $224 y $368 en la D; $500 y $716 en la E; $700 y $988 en la F; $1300 y $1660 en la G; $1800 y $2232 en la H, y $2800 y $3400 en la I. Para las últimas tres escalas, se pagará $4347; $5400, y $6540 mensuales.

El parámetro de alquileres, en tanto, es hoy de hasta $18.000 para las categorías B y C y llega hasta $72.000. En el proyecto, los alquileres van de hasta $48.000 para las dos primeras categorías; de hasta $84.000 para las dos siguientes, y $108.000 para las dos posteriores. La H puede llegar a pagar un alquiler de $144.000, y el resto 180.000 pesos.

Los dos últimos artículos del proyecto admiten que los monotributistas que hubieran quedado excluidos de pleno derecho, por aplicación de los parámetros existentes con anterioridad, durante los 12 meses inmediatos anteriores a la vigencia de la ley, podrán volver a adherir al mismo, por esta única vez, sin esperar el plazo de 3 años. Pero, por otro lado, no permiten bajar de categoría cuando ya se subió por el mismo motivo.