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Arribas: qué escenario se abre para el funcionario según la ley brasileña

El analista Gustavo Segré explica cómo funcionan las operaciones inmobiliarias y la legislación sobre los giros de recursos al exterior
20/01/2017 - 12:24hs
Arribas: qué escenario se abre para el funcionario según la ley brasileña

Tras una investigación, trascendió que el titular de la Agencia Federal de Inteligencia, Gustavo Arribas, habría recibido transferencias millonarias con el supuesto fin de reactivar un contrato entre el Gobierno argentino y la denunciada empresa brasileña Odebrecht.

Según la investigación, el operador financiero de Brasil habría transferido más de medio millón de dólares a una cuenta de Arribas en cinco pagos que se iniciaron en septiembre de 2013, justo después de que se relanzara el plan de Odebrecht para implementar el soterramiento del tren Sarmiento.

La crisis política llegó a tal nivel que el presidente Mauricio Macri se manifestó públicamente.

En concreto, el jefe de Estado respaldó al jefe de la AFI, al afirmar que participó de "una transacción por la venta de un departamento" y por ello recibió el pago a través de un "cambista importante que, entre sus miles de clientes, tiene a Odebrecht". 

El Presidente, además, explicó que se trata de "una coincidencia" que será demostrada ante la Justicia. 

A continuación, Gustavo Segré, analista argentino que desde hace años reside en San Pablo, Brasil, y CEO de la consultora Center Group, analiza los pormenores de la denuncia en contra de Arribas y las características particulares de la legislación brasileña que regulan el mercado inmobiliario en ese país, uno de los focos de la investigación cen contra del titular de la AFI: 

Desde el momento en que fue divulgado que el dueño de una cueva, Leonardo Meirelles, recordaba de entre 3.500 operaciones realizadas hace años que había realizado cuatro transferencias a nombre del actual titular de Gustavo Arribas, algo no parecía lógico.

Cuando se divulgó que esta declaración había sido realizada en el año 2015 a un grupo de periodistas peruanos, ya parecía algo más raro aun.

Según el mismo Arribas, él fue residente en Brasil durante la época en que la operación había sido realizada. Se dedicaba a la compra y venta de jugadores de fútbol y esa operación de transferencia denunciada (por un valor mucho menor que lo declarado por Meirelles) obedecía a una operación inmobiliaria.

La conferencia de prensa del presidente Mauricio Macri observando el principio de inocencia “hasta que se demuestre lo contrario”, nos invita a explicar cómo funciona la venta de inmuebles en la República Federativa de Brasil y cómo es la legislación respecto del giro de recursos al exterior (las dos cosas que según Arribas, ocurrieron en este caso).

Observamos que no conocemos a Gustavo Arribas, nunca lo vimos ni hablamos con él y ni siquiera sabíamos que, como nosotros, era residente en Brasil.

La ley brasileña en la compra y venta de inmuebles: 

1. En Brasil no se pueden hacer operaciones inmobiliarias en dólares. No se puede pagar ni escriturar en esa divisa. 

Como el dólar no es una moneda de curso legal, no se puede utilizar para ningún tipo de operación ni siquiera inmobiliaria. 

Tampoco es posible pagar la operación en el exterior. Los recursos deben estar y ser pagados en territorio brasileño.

En general no se utiliza dinero para estas operaciones. 

Puede utilizarse cheque administrativo (emitido por un banco con garantías de cobro) o Transferencia Electrónica Directa (TED), por lo que el dinero pasa de la cuenta del comprador a la del vendedor y la transferencia sirve como recibo de la operación. 

2. Se puede hacer una venta de un inmueble en reales y estos reales, enviarlos al exterior siempre que:  

a. Se haga por medio de entidad oficial (banco comercial o corredora de cambios registrada en el Banco Central). 

b. Se registre la operación en el Banco Central.  

c. Se registre en la declaración de impuesto a las ganancias, dando la baja por parte del vendedor y dando el alta por parte del comprador.

3. Los documentos que Arribas tendría que mostrarle a la Justicia argentina y al presidente Macri son: 

a. Copia de la escritura de compraventa registrada en el Registro (escribano) de Inmuebles, donde quedará indicado quién compro, quien vendió, qué fue vendido y comprado, a qué precio (en reales) y cómo se pagó. 

3.2. También, la copia del contrato de cambio mostrando que ese dinero en reales fue transferido al exterior y fue registrado en el Banco Central.

En este contrato de cambio (documento oficial) constará quién envíó el dinero, a qué cuenta del exterior, en qué banco que recibido, qué banco envió el dinero, la cantidad enviada y el tipo de cambio al que se realizó. 

¿Que pudo haber ocurrido? 

-Que el inmueble haya estado a nombre de una empresa y que lo que Arribas vendió fue la empresa (y no el inmueble).

-Si la empresa era brasileña (lo dudamos) entonces se aplica lo mismo que el inmueble. Arribas deberá presentar la copia de la alteración del contrato social registrado en la Junta Comercial (equivalente a la Inspección General de Justicia de Argentina) y la copia del contrato de cambio por la transferencia al exterior.

-Si la empresa era del exterior (es lo que estimamos, ocurrió) es muy posible que el comprador la haya adquirido con dinero no declarado.

-En este caso, el comprador utilizó a Meirelles (que tenía una cueva) para enviar el dinero a una cuenta de Arribas que aparentemente, está declarada.

-En caso de que haya sido este el caso, si Arribas tenía esta empresa declarada en la AFIP y registró su venta, no hay delito.

-Si no tenía la empresa o la cuenta bancaria en Suiza declarada o no declaró la operación, entonces habría un delito fiscal y, eventualmente, podría existir el delito de evasión de divisas pero no tendría relación con el caso de corrupción de Odebrecht.

Conclusión: es “posible” que Arribas haya entrado en el medio de un problema por haber vendido algo a quien no tenía el dinero declarado. 

Todavía resta saber si él tenía la operación declarada ante las autoridades fiscales de Brasil o de Argentina. 

Para ello, será clave ver qué datos arroja la declaración de Arribas del día 23 de enero.