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Monotributistas tienen plazo hasta hoy para reencuadrarse en el nuevo régimen

AFIP bajó a todos los contribuyentes de este régimen una categoría el 10 de enero, pero quienes no estén de acuerdo con el cambio aún pueden rectificarlo
31/01/2017 - 15:09hs
Monotributistas tienen plazo hasta hoy para reencuadrarse en el nuevo régimen

Los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado de monotributo tienen tiempo hasta este martes para reencuadrarse en la categoría del impuesto.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), cambió de oficio a todos los contribuyentes del régimen simplificado el 10 de enero y los pasó a una categoría más baja que la que tenían. Sin embargo, no significa decir que la escala en la que quedaron sea en la que deben estar.

"Aquellos ciudadanos que no estén de acuerdo con la categoría asignada, deberán realizar una modificación de datos (no una recategorización) antes del 31 de enero de 2017", avisaron en su momento.

El pago vencía el viernes 20, pero a quienes abonan por débito automático (en cuenta bancaria o tarjeta de crédito) se les debitará recién este martes -es el tiempo que AFIP dio a los bancos para que adecúen sus sistemas-.

En estas opciones y en el pago por Home Banking, el monto debería ser el que corresponde.

El monto total subió desde enero tanto en la parte del impuesto integrado un 75% más como en el aporte jubilatorio y no se modificó el aporte a la obra social.

Por este cambio, lo más probable es que quienes realicen el pago por ventanilla (Pago Fácil, Rapipago, Provincia Pago, entre otros) abonen el valor viejo tanto en enero como en febrero.

En estos casos, el monotributista deberá abonar la diferencia a través de otro formulario, el F.155. Y, en ese caso, la persona tiene hasta el 31 de mayo para ingresar la diferencia y no corren intereses.

A ningún monotributista le correrán intereses por el traslado del vencimiento y la recategorización de este mes del 20 al 31.

La AFIP estima que, con las adecuaciones que se le hicieron al Monotributo, que, actualmente cuenta con 3,1 millones de contribuyentes, ingresarán más de 150.000 nuevos monotributista, entre ellos quienes habían quedado afuera en 2016 porque sus ingresos superaban los topes establecidos.

Los cambios de la reglamentaciónDesde el ente recaudador dejaron en claro las siguientes modificaciones que se realizaron al régimen del Monotributo:

-Todos deberán estar bancarizados;

-Todos deberán tener el beneficio fiscal obligatorio;

-Se implementará un mecanismo de recategorización de oficio en función de manifestaciones de riqueza, a través de consumo con tarjetas, bienes registrables, entre otros.

-El monotributista se convertirá en el primer contribuyente fiscal digital nativo, esto es podrá comunicarse con la AFIP a través de la telefonía celular, que es uno de los ejes de la digitalizacion.

-La recategorización que corresponde hacer en enero se extenderá desde el 10 hasta el 31.

-La AFIP hará una conversión automática de los poco más de 3,1 millones de monotributistas, a la escala inmediatamente anterior a la que tenían hasta diciembre de 2016, porque "ante la duda se busca favorecer al contribuyente".

-Hasta el 30 de abril próximo se podrá confirmar la conversión automática de categoría, la cual se estima que comprenderá al 90% de los casos.

-Los monotribustistas que en el curso de 2016 pasaron al Régimen General de Ganancias, por haber excedido la facturación de los pasados doce meses los topes máximos de $400 mil por año móvil en el caso de los que se dedican a las locaciones y prestaciones de servicios y hasta $600 mil los que su actividad consiste en la venta de bienes muebles, podrán volver al Régimen Simplicado, esto es no tendrán que esperar tres años,

-Se prevé que el sistema bancario en general podrá demorar hasta dos meses en la adecuación de sus sistemas de cobro en caja. De ahí que en esos casos, la entidad seguirá cobrando al contribuyente los valores que rigieron hasta diciembre de 2016 y se habilitará a esos monotributistas a que ingresen la diferencia que correspondiere acorde con la tabla establecida en la Ley 27346 hasta el 31 de mayo.

-Por el contrario, en los casos de los pagos del impuesto a través de sistemas automáticos de débito en cuenta corriente y caja de ahorro bancaria, como en el resumen de la tarjeta de crédito, o por banca móvil se aplicarán los nuevos valores, según la conversión automática, o la que el contribuyente declare a través del aplicativo de la AFIP entre el 10 y 31 de enero próximos.

-Los expertos de la AFIP, encabezados por el administrador general, Alberto Abad, recomiendan que los contribuyentes que consideren que la recategorización automática no lo favorece, porque deberían pasar a dos o tres categorías inferiores, que lo hagan de modo voluntario hasta el 31 de enero.

-La AFIP aconseja en todos los casos no dejar de pagar el cargo mensual del componente total, que incluye el impositivo, el aporte al sistema jubilatorio y el correspondiente a la obra social por cada familiar a cargo, para no perder esos beneficios ni, en los casos de la categoría "A" el beneficio de la Asignación Universal por Hijo.

Las nuevas categorías del MonotributoLa siguiente tabla muestra las escalas para las locaciones y prestaciones de servicios

El siguiente gráfico, en tanto, muestra las escalas para la venta de cosas muebles: 

Cómo calcular a qué categoría pertenecePara facilitar los trámites a los contribuyentes, la AFIP publicó nuevamente en su sitio web un simulador que permite a los monotributistas conocer los nuevos valores que van a abonar tras la reforma del régimen.

Para utilizarlo, hay que ingresar a este vínculo e ingresar el CUIT del contribuyente. Luego, debe pulsarse el botón Continuar.

El sistema mostrará lo que el contribuyente deberá pagar en los conceptos de impuesto al fisco y aporte jubilatorio. Por su parte, el ítem de obra social quedó sin cambios en $419 para todas las categorías.

Además, la página indica cuál es la diferencia que deberá abonarse en caso de que se haya pagado la cuota de enero 2017 antes del 10 de enero, cuando la AFIP actualizó sus sistemas para actualizarse a los nuevos valores.

El ente recaudador informó que podría estar o no actualizado el pago según el lugar donde se haya realizado. 

Quienes se hayan adherido al débito automático o abone vía home banking pagará en función a las nuevas categorías. Pero quien pague por ventanilla con la vieja credencial abonará el valor desactualizado.

De existir diferencias, se podrán imprimir y abonar hasta el 31 de mayo sin intereses.