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Se tratará en comisión desde el martes 14. El Presidente vinculó la norma, que está en el Congreso desde octubre, a otras medidas sobre transparencia
04/03/2017 - 18:13hs

El proyecto de responsabilidad penal empresaria, para poder avanzar en la investigación y la sanción de la otra parte de la corrupción, la de los privados, empezará a ser debatido en la Cámara de Diputados el martes 14, en una reunión de las comisiones de Legislación Penal y de Legislación General, las encargadas de darle dictamen a la iniciativa.

El proyecto, elaborado por la Oficina Anticorrupción con la colaboración de especialistas, fue presentado en octubre y nunca tratado, pero el 1° de marzo, ante la Asamblea Legislativa, el Presidente lo colocó entre las prioridades parlamentarias del oficialismo para este año. 

Y lo asoció a dos decretos que está elaborando para hacer frente a los conflictos de intereses que lo salpican, como los casos del Correo y Avianca, entre otros.

Legislación Penal está presidida por la radical Gabriela Burgos y Legislación General por el macrista Daniel Lipovetzky. La reunión será un plenario informativo de ambas comisiones. Pero no será un tratamiento exprés. 

Burgos considera que es novedoso hablar de "responsabilidad de las personas jurídicas", lo que incluye -según la iniciativa- a sociedades, asociaciones civiles, fundaciones, mutuales, cooperativas, nacionales o extranjeras, tengan o no participación estatal.

En las leyes actuales las penas recaen sobre las personas físicas -directivos, gerentes o quienes tienen responsabilidad por los delitos- pero no sobre las organizaciones, como sí sucede en otros países.

La convocatoria al plenario se hará el 14, en el arranque de los debates de comisión, ya que la próxima semana casi no habrá actividad por la marcha de la CGT del martes.

El proyecto, que fue presentado el 20 de octubre de 2016, propone cambios en el Código Penal para establecer un régimen de responsabilidad penal para las personas jurídicas por delitos cometidos contra la administración pública y por cohecho (soborno) trasnacional.

Las personas jurídicas serán consideradas responsables de los delitos cometidos cuando fueren "consecuencia de un control y supervisión inadecuado", pero -y aquí un punto que podría ser polémico- podrían eximirse de haber implementado un "programa de integridad" acorde con los riesgos de la actividad y con capacidad de prevenir y detectar los delitos, y ponerlos en conocimiento de las autoridades.

Entre las sanciones se establecen multas del 1% al 20% de los ingresos brutos anuales de la persona jurídica. Y se prevé la posibilidad de acuerdos de colaboración que atenúen las sanciones ó excluyan de la responsabilidad.

El Gobierno busca de este modo cumplir con las recomendaciones de la OCDE para la lucha contra la corrupción y el soborno trasnacional, incorporando este delito al Código Penal, ampliando la jurisdicción del Estado nacional para poder juzgar a ciudadanos argentinos o personas jurídicas con domicilio en el territorio por soborno de un funcionario público extranjero o de una organización pública internacional, indicó el diario Clarín.