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Fuentes oficiales confirmaron que se están analizando caminos alternativos que van desde resoluciones a decretos simples o en última instancia, DNU 
10/05/2017 - 13:47hs

Conseguir que el Congreso de mayoría opositora apruebe por estos días algún proyecto gestado por el oficialismo se ha transformado para el Gobierno en una tarea ciclópea. En el entorno del presidente Mauricio Macri estarían evaluando por ello apelar a un decreto de necesidad y urgencia (DNU) para aplicar varias reformas claves en materia financiera, como la modificación de la ley del mercado de capitales que desde fines de año hiberna en Diputados.

"Estamos estudiando caminos alternativos a la ley", afirmó una fuente del Gobierno. "Todavía no sabemos si va a haber un DNU o si habrá algunas cosas que pueden salir por resolución y otras por decreto simple", advirtió.

En los despachos de la Jefatura de Gabinete, Hacienda y Finanzas, sin embargo, ya comenzó a circular un borrador de decreto de necesidad y urgencia.

De acuerdo al texto, el Ejecutivo prevé varias novedades para el mercado financiero:

- Crea la factura de crédito electrónica Mipymes (por la micro, pequeña y mediana empresa) para reemplazar todo otro tipo de comprobante de venta y las facturas de crédito. Y, al mismo tiempo, crea un registro, bajo la órbita de la AFIP, de "facturación electrónica Mipymes". La idea es retomar el espíritu de la factura de crédito que se intentó imponer por ley hace algunos años, pero que nunca logró despegar por problemas de implementación. También apunta a facilitar la venta de facturas por parte de las pymes en el mercado de capitales.

- Para impulsar el financiamiento hipotecario, actualiza las condiciones para la emisión de letras hipotecarias. En los considerandos del decreto reconoce la necesidad de reducir el costo de este tipo de operaciones para así facilitar el fondeo de nuevos créditos para vivienda.

- Ordena al Ministerio de Finanzas elaborar e implementar una estrategia nacional de inclusión financiera y de "desarrollo de políticas de acceso universal a servicios bancarios y financieros, y de las microfinanzas y microcréditos".

- Habilita la actualización por CER, o cualquier otro índice, de los seguros de vida, retiro y de capitalización. También faculta al Poder Ejecutivo a incrementar el monto de póliza que puede deducirse cada año de Ganancias, un reclamo histórico del sector.

- Establece que los depósitos de plazo fijo que estén ajustados por UVA (Unidades de Valor Adquisitivo), por el CER o por otros índices oficiales tendrán "el mismo tratamiento fiscal que se aplica en la actualidad a los plazos fijos no actualizables".

- Plantea varias modificaciones a la ley 26.831, de reforma del mercado de capitales, que había sido sancionada durante el kirchnerismo. En este caso, recoge prácticamente por completo el proyecto de reforma que el oficialismo envió a Diputados en noviembre pasado, y que hasta ahora nunca logró el consenso para poder tratar. Así, por caso, se establecen nuevas categorías de agentes bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Incorpora los "agentes administradores de inversiones", que apuntan a formalizar la actividad de la banca privada, tanto local como internacional.

- También realiza varios cambios en el funcionamiento de la CNV. En el texto habilita a que el voto del presidente del organismo sea decisorio en caso de empate en el directorio. Establece también que la CNV no podrá financiarse con multas (los fondos irán para el Tesoro nacional), aunque tendrá nuevas vías de financiamiento. Habrá, asimismo, un control dual de los actores del mercado: la CNV podrá exigirles a los mercados y cámaras compensadoras supervisión y fiscalización de los actores.

- Faculta a la CNV para fijar los requisitos de idoneidad, integridad moral, probidad y solvencia de los que aspiren a actuar en el mercado. Y modifica el polémico artículo 20°, de la ley actual. El decreto limita las prerrogativas a la CNV: en particular, la remoción de los miembros del consejo de una administración de una sociedad y el nombramiento de veedores sin necesidad de intervención judicial previa. La nueva ley exigiría la intervención previa de un juez. Y le da derecho a defensa a la sociedad investigada.

- Se modifica la ley de fondos comunes. Incluye la posibilidad de armar fondos que replican índices (ETF, en la jerga) y fondos especiales para inversores calificados. Establece, a su vez, que los fondos cerrados son transparentes impositivamente. Lo que significa, según La Nación, que no tributan, sino que quien paga es la persona física.

De acuerdo con los considerandos de la norma, la falta de implementación de herramientas y de vehículos adecuados hacen que se corra el riego de que los fondos que ingresaron del blanqueo "recurran a otros mercados de capitales y no se incorporen a la economía nacional".

El actual marco regulatorio, dice, "conduce a un deterioro creciente de la competitividad y de desarrollo" del mercado, en particular, y de la economía argentina en general.