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Lo hizo junto al diputado Fernando Sánchez. Fue luego del fallo de una Cámara de Seguridad Social que los exime                          
17/05/2017 - 20:18hs

Los diputados nacionales por la Coalición Cívica ARI, Elisa Carrió y Fernando Sánchez, presentaron un proyecto de ley para que para que se derogue todo tipo de excepción al pago del Impuesto a las Ganancias, para todos los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación, de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La iniciativa también exceptúa del pago de este Impuesto a las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie. “Comparto el fallo de la Cámara de la Cámara Federal de la Seguridad Social”, aseguró la líder de la CC ARI en referencia al fallo de ayer que exceptúa a los jubilados del tributo.

La presentación se mezcla con dos posiciones del oficialismo que comanda Mauricio Macri. Por un lado, el presidente espera reglamentar cuando vuelva de su viaje por Asia la ley que obliga al pago de Ganancias a los nuevos jueces y empleados judiciales (la norma es retroactiva al 1 de enero de 2017). Pero por otro lado, el Gobierno, a través de la ANSES, apelará el fallo que exime a los jubilados.

En un comunicado, Carrió y Sánchez, que también integraría la lista oficialista que encabezará la líder de la CC en octubre en la Ciudad, desarrollaron sus argumentos.

“A fines del año pasado, en sesión extraordinaria, se sancionó la Ley 27.346, mediante la cual se llevaron adelante importantes y necesarias reformas impositivas, a fin de llevar mayor equidad al esquema impositivo de nuestro país y específicamente, en relación a los trabajadores de los diferentes sectores, públicos y privados.Se produjo un gran debate y una fructífera negociación parlamentaria, pero en algunos puntos, nos hemos quedado a mitad de camino”, señalaron los legisladores del interbloque Cambiemos.

El proyecto presentado por Carrió y Sánchez señala que “desde que se sancionó la ley Nº 20.628, primera Ley de Impuesto a las Ganancias, en el año 1973, los magistrados y empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público han omitido el pago de Ganancias, a diferencia del resto de los funcionarios y empleados públicos y de los particulares. Esa ley había exceptuado expresamente a los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, miembros de tribunales provinciales, vocales de las Cámaras de Apelaciones, jueces nacionales y provinciales, y funcionarios judiciales nacionales y provinciales que tuvieran asignados sueldos iguales o superiores a los de jueces de Primera Instancia".

"Sin embargo -siguen-, ante la evidente desigualdad que planteaba la misma, se decidió modificar esa situación, y en el año 1996, mediante la ley 24.631, se derogaron los incisos de la Ley Nº 20.628 que excluían del gravamen a funcionarios y magistrados del Poder Judicial. La Acordada 20/96 de la Corte Suprema declaró la inaplicabilidad de esta ley, ya que sostiene que afecta “la independencia del Poder Judicial. Tras esta acordada de la Corte, la ley dictada por este Parlamento, también quedó virtualmente derogada por una disposición reglamentaria de los miembros del Máximo Tribunal”, explica el proyecto.

“Por todo lo expuesto y observando que eximir de Ganancias a jueces y empleados del Poder Judicial le cuesta al Estado más de 5 mil millones de pesos por año, según la ley de Presupuesto 2017, creemos que resulta necesaria esta nueva modificación que proponemos, a fin de hacer efectiva la garantía del artículo 16 de la Constitución Nacional, que establece la igualdad como base del impuesto y de las cargas públicas, que lejos está de vulnerar la intangibilidad de las retribuciones de los jueces, toda vez que la misma, en una interpretación armónica de la Carta Magna, no pueden referirse a obligaciones tributarias que la propia Constitución prevé expresamente, y ha sido establecida como garantía de la independencia judicial y no como una prerrogativa personal de los magistrados”, afirman Carrió y Sánchez en la iniciativa en la Cámara de Diputados.

El proyecto afirma que “para que no se interprete de forma maniquea la legislación, como se ha hecho, y se respete y cumpla la voluntad del legislador, que es quien tiene la facultad exclusiva de imponer o modificar contribuciones (artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional), se dispone expresamente, que deberán pagar ganancias los ingresos provenientes del desempeño de cargos públicos en los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y todo otro organismo del Estado, a nivel nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales. En el caso de los Magistrados, sólo quedarán exceptuados, los que al momento de la sanción de la ley ejerzan funciones jurisdiccionales en forma efectiva; no así los que sean nombrados en sus cargos luego de la vigencia de la ley, quienes estarán sujetos al tributo sin perjuicio de que hubieran estado en el ejercicio de cualquier otro cargo o función dentro del Poder Judicial”.

“Cuando la Corte dijo en su comunicado de diciembre pasado que solo los funcionarios y empleados del Poder Judicial que ingresaron en 2017 pagarán ganancias, hace una interpretación errónea de la Constitución y se está arrogando facultades que son exclusivas del Poder Legislativo”, sostuvo Carrió.

Además, el proyecto presentado por los diputados de la CC ARI dispone que “se elimina toda retención en concepto de ganancias, respecto de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal, toda vez que resulta injusto y excesivamente gravoso, que quienes han tributado ganancias durante su vida laboral, lo deban hacer durante su retiro”.