iProfesionaliProfesional

Otra "batalla judicial" para Macri: amparo contra la emisión de deuda

Se presentó un nuevo amparo contra la decisión gubernamental de someterse a la ley extranjera y otorgar recursos naturales en garantía de pago
23/05/2017 - 12:01hs
Otra "batalla judicial" para Macri: amparo contra la emisión de deuda

Aprobar la norma que habilitaba el pago a los holdouts fue la primera victoria legislativa del presidente Mauricio Macri, quien siempre vio al endeudamiento externo como una vía idónea para conseguir financiamiento.

Casi al mismo tiempo, el peronismo -que contaba con amplia mayoría en ambas cámaras del Congreso- ayudó a aprobar holgadamente la iniciativa e impulsó un proyecto para modificar la Ley de Administración Financiera para que el Poder Ejecutivo, cada vez que pretenda tomar deuda, tanto interna como externa, deba pedir autorización al Legislativo.

Dicha propuesta logró el apoyo del Senado pero, casi un año después, duerme en los cajones de los diputados

De acuerdo a las fuentes consultadas por iProfesional, es poco probable que se vaya a tratar en el corto plazo. Más aún, explican, a fines del año pasado, la Ley de Presupuesto para el 2017 autorizó al Presidente a emitir deuda por u$s96.400 millones. Es que, en un  año electoral, tanto oficialistas como opositores, ven a la obra pública como una forma de ganar votos.

En los primeros días de mayo, el Poder Ejecutivo autorizó por el Decreto 334/2017 al Ministerio de Hacienda y Finanzas a emitir bonos por u$s20 mil millones. De esta manera, en sólo cinco meses se llegó a u$s42 mil millones.

Demasiado, según la oposición, que esgrime como preocupante la velocidad de crecimiento de las obligaciones externas. A diciembre de 2016, la deuda interna y externa del Estado nacional, en pesos y en moneda extranjera, totalizó u$s275.446 millones. Si se agrega lo que se adeudaba por los bonos vinculados al PBI (u$s13.001 millones), la deuda total ascendió a u$s288.447 millones.

En ese contexto, el diputado del Frente para la Victoria-PJ, Adrián Grana, presentó un amparo contra los decretos 29 (que autorizó a principios de año otra emisión de deuda de hasta u$s20.000 millones) y 231 (que autorizó la prórroga de jurisdicción, es decir, que se puede enjuiciar al país en tribunales extranjeros) de 2017, que según su interpretación “facultan a la colocación de bonos de deuda en dólares poniendo como ‘garantía’ los bienes del Estado argentino”.

Grana solicitó a la Justicia que “le ordene el Poder Ejecutivo abstenerse de contraer nueva deuda externa cediendo la inmunidad soberana sobre los bienes del Estado, hasta tanto se resuelva la validez o no de los decretos”.

El documento presentado por el legislador aclara que “el artículo 75 inciso 5 de la Constitución dice que el Congreso tiene la facultad de disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional”.

El texto del amparo, radicado en el fuero Federal Contencioso Administrativo, indica que “el Poder Ejecutivo decidió por un decreto simple ceder la inmunidad de esos bienes, lo cual significa que los pone como ‘garantía de pago’ ante un incumplimiento en el pago de la deuda contraída”.

El nuevo decreto también sería debatido en la Justicia. También genera ruidos internos entre los distintos bloques de la oposición porque si bien algunos diputados reconocen que es legal dicha emisión, otros remarcan que el monto y los plazos de pago son excesivos ya que hay algunos que vencen en casi 50 años, lo que genera un “endeudamiento crónico”.

Nuevo decreto polémico

Según los argumentos de la nueva norma, la decisión responde a "una estrategia financiera integral y del programa financiero para el Ejercicio 2017" que "estima conveniente aprovechar ciertas circunstancias de los mercados financieros internacionales, a efectos de concertar operaciones de venta de títulos públicos y su recompra en una fecha posterior".

De todas formas, la norma aclara que "la renuncia a la inmunidad soberana" no implica "renuncia alguna respecto de la inmunidad con relación a la ejecución" de "cualquier reserva del Banco Central", de cualquier bien público localizado en territorio argentino o que esté localizado en el país y que brinde un servicio público esencial, o los alcanzados por privilegios e inmunidad diplomática.

También quedan excluidos de la renuncia a la inmunidad soberana "efectivo, depósitos bancarios, valores, obligaciones de terceros o cualquier otro medio de pago de la Argentina, sus agencias gubernamentales y otras entidades gubernamentales relacionadas con la ejecución del presupuesto".

De esta manera, los recursos hidrocarburíferos, el litio, otros recursos minerales estratégicos y las empresas del Estado quedaron fuera de la protección de inmunidad soberana contemplada en las emisiones de deuda externa. Y pasaron a ser pasibles de embargo y ejecución en una hipotética disputa legal con acreedores externos.

Es que, los cuestionamientos surgen porque los fondos buitre pudieron hacer juicios contra Argentina porque los bonos fueron emitidos bajo la jurisdicción de Estados Unidos o Inglaterra.

No es la primera queja que se da en los estrados judiciales sobre este tema. Hace poco menos de un mes, los abogados Eduardo Barcesat, Jorge Cholvis y Arístides Corti cuestionaron los decretos 29 y 231 porque hay recursos y riquezas naturales que “resultan la garantía del pago de la deuda externa”.

Y acusaron al Presidente por defraudación contra la administración pública y abuso de autoridad. La demanda, que recayó en el Juzgado Federal Nº1 a cargo de María Romilda Servini de Cubría, también alcanza al jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el titular de Finanzas, Luis Caputo.

Los denunciantes remarcan que el decreto “deja expresamente al margen el principio de la inmunidad soberana con respecto a los bienes del artículo 236 del Código Civil y Comercial, que son los bienes del dominio privado del Estado nacional, provincial o municipal”.

Entre los bienes contemplados en ese artículo figuran “las minas de oro, plata, cobre, piedras preciosas, sustancias fósiles y toda otra de interés similar, según lo normado por el Código de Minería” y “los bienes adquiridos por el Estado nacional, provincial o municipal por cualquier título”.

Además, advierten que las normativas con las cuales el gobierno salió al mercado habilitaron la ejecución de bienes localizados en el territorio nacional, una situación que estuvo bloqueada durante la disputa con los denominados fondos buitre.

A qué se debe la demora en Diputados

Tras aprobar la ley que habilitaba el pago a los holdouts, el Senado dio media sanción a un proyecto que establece que el Poder Legislativo debe autorizar tanto la nueva emisión de deuda como la prórroga de jurisdicción.

La iniciativa exceptúa al Estado de pedir permiso cuando tome deuda en organismos multilaterales de crédito de los cuales es parte, como el Fondo Monetario Internacional o el Banco Mundial.

Además, elimina la autorización del Congreso a cuando las solicitantes sean las empresas del Estado o con participación accionaria mayoritaria, que sólo deberán emitir un plan financiero anual.

Si bien fue apoyada por unanimidad, la Cámara de Diputados aún no lo trató. De todas maneras, su aprobación no afectaría la emisión de nueva deuda durante este año porque colisionaría con la Ley de Presupuesto ya aprobada. 

La polémica radica en esta emisión de deuda -según la explicación oficial- no apunta en sí a financiar necesidades concretas del Tesoro, sino que es una apuesta a su recompra en el corto plazo, a un precio menor al actual costo de financiamiento. Por ende, con esta maniobra Luis Caputo espera mejorar el resultado financiero de 2017.