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Este año, un trabajador asalariado formal debería trabajar entre unos 174 y 206 días para cumplir con las obligaciones tributarias             
20/06/2017 - 12:43hs

Este año, un trabajador asalariado formal debería trabajar entre unos 174 y 206 días para cumplir con las obligaciones tributarias de los tres niveles de gobierno.

En consecuencia, el "Día de la independencia tributaria" se ubica en Argentina, para el 2017, entre el 21 de junio y el 24 de julio, en función de cuáles sean sus ingresos, señala el informe del IARAF.

Por segundo año consecutivo se observa una reducción en la cantidad de días necesarios para pagar impuestos para los tres estratos más elevados, de hasta 28 días menos que los verificados respecto al máximo nivel del 2015, reducción que obedece a la actualización de los mínimos no imponibles y los tramos de las escalas del Impuesto a las Ganancias que afecta a empleados en relación de dependencia y los correspondientes al impuesto sobre los bienes personales.

Esta reducción se observa para los tres estratos de mayores ingresos, que son los que pagan el Impuesto a las Ganancias. Para el estrato inferior, que no afronta este tributo ni tampoco el de Bienes Personales, la carga tributaria ha permanecido prácticamente sin cambios en los últimos años, con lo cual se ha achicado la brecha entre la carga tributaria de los mayores y menores niveles de ingresos. 

En consecuencia, se infiere la necesidad de continuar avanzando en una reforma tributaria que alcance a los impuestos indirectos que afectan al consumo (como por ejemplo el IVA o el Impuesto a los Ingresos Brutos Provincial) y a los Impuestos al trabajo. De lo contrario, es de esperar que el nivel de carga tributaria que recae sobre los niveles inferiores de ingresos permanezca invariable en el tiempo.

Clave del informe

Este año, el Día de la Independencia Tributaria en Argentina para una familia asalariada comienza el 21 de junio y puede llegar hasta el 24 de julio, según el nivel de ingreso del hogar.

El Día de la Independencia Tributaria es un indicador comúnmente utilizado a nivel mundial para ilustrar el nivel de carga tributaria que existe en un país, y considera la cantidad de días hipotéticos que debe destinar un individuo para el pago de los diferentes impuestos al Estado.

El valor se calcula aplicando proporcionalmente un indicador de carga tributaria sobre el año calendario, asumiendo que desde el 1 de enero se comienza a trabajar “para el Estado” y obteniendo la fecha a partir de la cual un ciudadano termina de pagar impuestos y comienza a percibir ingresos para sí mismo1.

Según los resultados obtenidos, un trabajador asalariado formal en Argentina debería trabajar en 2017 entre unos 174 y 206 días para cumplir con las obligaciones tributarias de los tres niveles de gobierno. En consecuencia, el “Día de la independencia tributaria” se ubica en Argentina, para el año 2017, entre el 21 de junio y el 24 de julio, en función de cuáles sean sus ingresos.

De este modo, en 2017 y por segundo año consecutivo se observa una reducción en la cantidad de días necesarios para pagar impuestos para los tres estratos de ingresos más elevados, de hasta 28 días menos que los verificados respecto al máximo nivel del 2015, reducción que obedece a la actualización de los mínimos no imponibles y los tramos de las escalas del impuesto a las ganancias que afecta a empleados en relación de dependencia y los correspondientes al impuesto sobre los bienes personales.

El indicador se diferencia de uno similar calculado a nivel internacional (Tax Freedom Day o Día de la Liberación de Impuestos) en que este último toma en cuenta los recursos recaudados efectivamente en relación al PIB, mientras que aquí se consideran los porcentajes de carga tributaria formal que se establecen en la normativa.

Esta reducción se observa para los tres estratos de mayores ingresos, que son los que pagan el Impuesto a las Ganancias. Para el estrato inferior, que no afronta este tributo ni tampoco el de Bienes Personales, la carga tributaria ha permanecido prácticamente sin cambios en los últimos años, con lo cual se ha achicado la brecha entre la carga tributaria de los mayores y menores niveles de ingresos.

En consecuencia, se infiere la necesidad de continuar avanzando en una reforma tributaria que alcance a los impuestos indirectos que afectan al consumo (como por ejemplo el IVA o el Impuesto a los Ingresos Brutos Provincial) y a los Impuestos al trabajo. De lo contrario, es de esperar que el nivel de carga tributaria que recae sobre los niveles inferiores de ingresos permanezca invariable en el tiempo. Cantidad de días trabajados para pagar impuestos y “Día de la independencia tributaria”.

Los anteriores resultados surgen de la medición 2017 de la carga tributaria formal que ejerce el Estado Argentino en sus tres niveles (Nacional, Provincial y Municipal) sobre una familia asalariada, mediante el cobro de impuestos directos e indirectos, incluyendo contribuciones patronales. - Se consideran cuatro casos de ingresos hipotéticos, para una familia compuesta por matrimonio y dos hijos y cuyos ingresos son generados por un solo miembro que se desempeña como trabajador asalariado en el sector formal de la economía.  

Se aplica el concepto de presión tributaria formal, que surge de analizar la normativa tributaria y considerar las principales características tributarias legales de los impuestos más representativos en nuestro país en los tres niveles de gobierno, y cuantificar lo que debería pagar un contribuyente tipo.

Es importante aclarar que se trata de un estudio de carga tributaria bruta, en el sentido que se estima el monto que las familias destinan al Estado en concepto de impuestos, pero no se considera la manera en que luego el Estado vuelca a la sociedad estos recursos, lo que implicaría un estudio de carga tributaria neta.

Por su parte, consiste en un análisis económico (a diferencia de uno contable o legal), en el sentido que mide la incidencia sobre el contribuyente que efectivamente está afrontando los impuestos (en este caso, las familias), independientemente de cuál es el sujeto encargado de liquidar la carga tributaria.

En efecto, se asume que toda la carga tributaria se traslada al asalariado. Cabe aclarar que se consideran en el cálculo las contribuciones patronales puesto que el punto relevante es el salario que el empleador estaría dispuesto a pagar al trabajador en caso de no existir los impuestos al trabajo.

En los resultados obtenidos para el año en curso se advierte que, por segundo año se produce una caída en el índice, fruto principalmente del ajuste de mínimos, deducciones y tramos de las escalas de cálculo del impuesto a las ganancias de personas físicas en relación de dependencia dispuesta por el gobierno nacional y adicionalmente por la reimplantación y actualización del mínimo no imponible de bienes personales.

Por el contrario, a nivel de gobiernos sub-nacionales se mantienen los niveles de presión tributaria, debido a que los mismos varían a un ritmo similar (o en algunos casos mayor) al crecimiento nominal de los salarios.

De los resultados obtenidos, se aprecia que la carga tributaria formal integral durante el 2017 se ubicaría entre el 47,5% y el 56,6% del ingreso total (incluyendo contribuciones patronales) de una familia, dependiendo de los tramos de ingresos considerados. El primer caso, para el cual la carga asciende a un 47,5%, corresponde a quienes hoy no pagan impuesto a las ganancias, mientras que en los tres casos restantes, que sí tributan este impuesto su incidencia evidentemente es más elevada a mayor tramo de ingreso considerado.

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