iProfesional

¿Cuáles son los cambios de la AFIP para la presentación de las DD.JJ. de seguridad social?

Un especialista de la firma Arizmendi analiza en detalle las modificaciones que el organismo recaudador dispuso para los empleadores
10/07/2017 - 18:29hs
¿Cuáles son los cambios de la AFIP para la presentación de las DD.JJ. de seguridad social?

La AFIP ha dispuesto para la presentación de las cargas sociales del mes de agosto 2017, que vencen los primeros días de septiembre 2017, algunos cambios en los aplicativos "SICOSS" y "Declaración en línea". El Dr. Fernando Bianchi, especialista laboral de Arizmendi, explica los cambios.

Mediante la Resolución General 4085-E-2017, AFIP ha dispuesto incrementar la nómina base para la inclusión de empleadores en la utilización del aplicativo denominado “Declaración en Línea”.

Como surge de la Normativa que se comenta, para la presentación del Formulario 931, la AFIP ha dispuesto algunas modificaciones en la utilización de sus aplicativos disponiendo que:

- Los empleadores que tengan hasta 400 trabajadores, la presentación del Formulario 931 para la Declaración Jurada de Cargas Sociales, deberán ser presentadas en el mes de agosto 2017, a través del Servicio de "Declaración en línea", al cual se accede a través de la página de AFIP con clave fiscal, siendo obligatoria su utilización para las cargas del mes de agosto 2017 y rectificativas, para este rango de empleador.

- Aquellos empleadores que tengan entre 401 trabajadores y menos de 450, optativamente pueden pasar a presentar las cargas de Seguridad Social a través de este servicio de AFIP de "Declaración en Línea" o bien pueden seguir realizando la presentación de las cargas sociales a través del aplicativo Sicoss, como lo vienen realizando hasta el momento.

- Los empleadores que no se encuentran alcanzados por esta Resolución General 4085-E-17 de AFIP, para realizar la DD.JJ. del F. 931 a través del Servicio de "Declaración en línea" redujeran su nómina a 400 trabajadores o menos, deberán obligatoriamente empezar a presentar las DD.JJ. del F. 931 con el servicio de "Declaración en línea".

- Los empleadores que tengan 450 o más trabajadores deberán continuar presentando la DD.JJ. del Formulario 931 a través del aplicativo de AFIP denominado SICOSS, no siendo optativo para estos la utilización del Servicio de "Declaración en línea".

Para estos últimos, les hacemos saber que aquellos empleadores que no se encuentran alcanzados en el Universo de los obligados a utilizar la "Declaración en línea", deberán utilizar obligatoriamente para la presentación de las cargas sociales la versión 40 del aplicativo SICOSS, la cual se encuentra vigente desde mayo.

Con lo cual, para la presentación de las cargas sociales de estos empleadores, deberán necesariamente ser realizadas por medio de esta versión 40 del SICOSS, que es la última del aplicativo y corrige errores que traía la versión anterior, y para los Trabajadores con nómina inferior a 400 trabajadores la presentación de las DDJJ de los F. 931 deberá ser realizada a través del Servicio de "Declaración en línea".