iProfesional

AFIP inicia procedimiento electrónico para infracciones aduaneras

Permitirá una liberación más rápida de las mercaderías retenidas, tras el pago de las multas correspondientes                                 
10/07/2017 - 19:30hs
AFIP inicia procedimiento electrónico para infracciones aduaneras

La AFIP pone en marcha un nuevo procedimiento electrónico para infracciones aduaneras.

Permitirá una liberación más rápida de las mercaderías retenidas, tras el pago de las multas correspondientes.

El nuevo “Procedimiento sumarial abreviado” aportará fluidez al circuito de aplicación de las multas establecidas por el Código Aduanero para quienes suministren informes inexactos o falsos, no aporten los documentos requeridos por el servicio aduanero, o cometan faltas que pudieran producir un perjuicio fiscal o afectar o afectar el control aduanero.

El procedimiento consta de tres pasos y establece la posibilidad de que el juez administrativo aduanero delegue sus facultades para agilizar el trámite.

El procedimiento

Inicio del trámite:

El agente aduanero que detecte una presunta infracción tipificada en los Artículos 994 y/o 995 del Código Aduanero, deberá ingresar la novedad al Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA)

Intervención del Juez administrativo y notificación al imputado:

El juez administrativo o quién tuviere las facultades delegadas, aceptará o rechazará el trámite, en virtud de la constatación de datos. Habiendo aceptado el trámite, el sistema realizará en forma automática las siguientes operaciones:

Otorgará número de Sistema de Gestión de Expedientes y Actuaciones (SIGEA).

- Originará la Liquidación Malvina (LMAN) por la multa mínima que correspondiere.

- Remitirá todos los datos al imputado mediante el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA) para su notificación.

Finalización del procedimiento

Una vez notificado, el imputado optará por:

- Acogerse al pago voluntario total de la multa reclamada:

- Deberá pagar la multa de la Liquidación Malvina (LMAN) mediante el Volante Electrónico de Pago (VEP).

- El sistema procederá automáticamente a notificar la resolución de extinción de la acción penal aduanera

- El juez administrativo actuante recibirá un correo electrónico con la novedad y archivará el caso.

- Realizar el pago voluntario parcial de la multa o contestar la corrida de vista sin realizar ningún pago:

- Deberá realizar una presentación en la oficina aduanera correspondiente, caducando el procedimiento sumarial abreviado.

- No presentarse.

En los dos últimos casos, la AFIP-Aduana imprimirá las actuaciones para formalizarlas en soporte papel y continuar el trámite de rigor.

Temas relacionados