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Polémica por la "puerta giratoria" y dichos de Highton: piden que el Estado invierta más en prevención

Para los especialistas en derecho penal, además de la sanción de las leyes, es necesario que se establezcan más juzgados para atender los casos más rápido
12/07/2017 - 15:00hs
Polémica por la "puerta giratoria" y dichos de Highton: piden que el Estado invierta más en prevención

Parecía que ya nada podía contribuir para que se agravara la preocupación de los argentinos por la inseguridad, cuando las polémicas declaraciones de Elena Highton de Nolasco vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia, elevó la polémica a su grado más alto.

"La inseguridad es un tema policial, no judicial", dijo la jueza de la Corte, al tiempo que resaltó que los magistrados "aplican las leyes" y pidió hablar con el Congreso "para que estén todos presos".

Y fue la chispa para que se reeditara la controversia sobre el "garantismo" de quienes consideran que hay que reinsertar a los delincuentes de otra manera, con mayor amplitud de posibilidades y la "mano dura" de aquellos que quieren aumentar las penas de las personas que delinquen.

En ese sentido, Highton de Nolasco rechazó las críticas a la Justicia por dejar en libertad a detenidos y remarcó que "los jueces aplican las leyes: si la ley dice que hay que liberar a alguien, hay que liberar".

"Hablen con el Congreso para que estén todos presos, pero fíjense que construyan diez cárceles más porque el problema es que no hay lugar. Ustedes saben bien que los lugares para detener a la gente están atestados", destacó la jueza ante los periodistas que la consultaban.

El tema de la denominada "puerta giratoria" tomó impulso luego del asesinato de Micaela García, una joven entrerriana de 21 años, a manos de un violador que había obtenido la libertad antes de cumplir toda su condena.

El Congreso buscó tomar cartas en el asunto y dictó una norma que modifica la Ley de Ejecución Penal 24.660 y restringió las salidas anticipadas a personas involucradas en delitos graves y gravísimos; sobre todo narcotráfico, homicidios, delitos de agresión sexual.

"Esta ley propone dejar de depender de jueces inoperantes y que los homicidas, violadores, delincuentes que no piensan en la vida del resto, matan sin ningún tipo de importancia y destruyen familias argentinas tengan que cumplir la totalidad de la pena", expresaron Matías Bagnato y Carolina Píparo, que perdieron familiares en hechos delictivos, y fueron quienes impulsaron la propuesta.

Uno de los puntos destacados es que las víctimas (o sus familiares) tendrán participación en toda la cuestión vinculada con el régimen de progresividad de la pena, ya que podrán controlar su ejecución por parte del juez y proponer informes o peritos. Asimismo, podrán seguir el cumplimiento de la condena y presentar escritos en cualquier momento.

También excluye de las salidas transitorias a quienes posean una causa abierta y a los reincidentes.

El abogado penalista Federico Borzi Cirilli, colaborador de la editorial Erreius, aclaró que cuando “se habla de que el proyecto busca limitar las excarcelaciones es incorrecto”.

“La Ley 24.660 se refiere a condenados y se modificaron las medidas que tienen que ver el acortamiento o atenuación de las penas y no con la excarcelación que es una medida de liberación del imputado mientras tramita su proceso penal”, sostuvo el especialista.

En ese sentido, indicó que “se excluye de todas estas posibilidades de atenuación de la pena privativa de libertad -tampoco podrán obtener los beneficios de la prisión discontinua o semidetención, ni el de la libertad asistida- a los condenados por una gran cantidad de delitos”.

Se suele dividir el tratamiento penitenciario de un condenado en tres fases, la primera consistente en un tratamiento intensivo en busca de fortalecer los comportamientos positivos y atenuar los negativos; una segunda, atenuando la supervisión y una tercera en busca de mayor autodeterminación del interno.

Cada una de ella requiere determinados objetivos a cumplir. La última etapa puede desembocar en la incorporación del condenado a un establecimiento abierto o sección independiente de éste que de la posibilidad de obtener salidas transitorias o en su incorporación al régimen de la semilibertad.

En tanto, el abogado Jorge Monastersky se lamentó porque el Congreso trata este tipo de proyectos luego de un caso que conmueve a la opinión pública y señaló que “no se puede tomar la ley aisladamente”.

Es que, de acuerdo a su punto de vista, la norma no servirá para nada si, entre otras cuestiones, no se encara un trabajo serio en el patronato de liberados y no se efectúa una reforma armónica del sistema penal.

En la Capital Federal hay solo tres jueces de ejecución penal, lo que torna imposible su buen funcionamiento y los especialistas piden otorgar más recursos económicos y contratar más personal para que se pueda llevar adelante un mejor control.

Qué dice la nueva leyEl ministro de Justicia, Germán Garavano, consideró que se trata de “una herramienta muy importante para ponerle coto a un sistema donde a veces se privilegiaba al victimario y no a la víctima en los procesos” 

El funcionario explicó que la ley "restringe la salida anticipada de las personas involucradas en delitos graves y gravísimos, relacionados a temas de narcotráfico, homicidios y agresión sexual" y agregó que "es muy importante el rol de la víctima en la parte de la ejecución penal".

"A partir de la entrada en vigencia de la ley, en todos aquellos casos de delitos violentos, como homicidios agravados, violaciones, robos con arma, los condenados deberán cumplir la totalidad de la condena dentro de las cárceles", puntualizó el diputado radical Luis Petri, quien fue el encargado de impulsar la iniciativa.

Antes de la sanción de esa ley, indicó que los condenados “accedían a salidas transitorias o a un régimen de libertad condicional, que en muchos casos utilizaban para profugarse o para continuar cometiendo delitos”, y que “era totalmente discrecional o arbitrario el otorgamiento de estos beneficios”,.

No obstante, algunos legisladores y organismos de derechos humanos pusieron reparos y alertaron sobre posibles planteos de inconstitucionalidad.

De todas maneras, el proyecto que finalmente se sancionó fue bastante más “light” al que había aprobado la cámara baja en un principio.

Es que el Senado aprobado el proyecto con varias modificaciones, ya que redujo la cantidad de delitos que pueden ser beneficiados con excarcelaciones

Excluyó los delitos de homicidio simple y contrabando, y quedaron incluidos los de homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo como imposibilitados a acceder a la libertad anticipada.

Asimismo, el Senado atenuó la intervención del Servicio Penitenciario para el otorgamiento de salidas anticipadas, ya que la decisión recaerá en el juez de ejecución penal.