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El ente recaudador dispuso la medida sobre la cuenta bancaria de una mujer porque su nombre resultaba similar al de otra que perseguían
11/07/2017 - 22:48hs

Un tribunal rechazó el reclamo de una mujer que, por una confusión de la AFIP con su nombre, sufrió un embargo sobre la cuenta bancaria en la que cobraba su sueldo durante nueve meses.

La Sala Cuarta de la Cámara en lo Contencioso Administrativo federal consideró que cuando la damnificada presentó la demanda judicial ya había vencido el plazo de dos años para iniciar el reclamo y, por ello, consideró que el "error" de la AFIP estaba "prescripto".

La confusión se produjo a raíz del nombre de la mujer a la que le embargaron la cuenta, María Aparecida Alves Pereyra, y otra a la que la AFIP perseguía por una ejecución fiscal, María Aparecida Alves de Perdomo.

En diciembre de 2006, cuando Alves Pereyra intentó extraer fondos de su cuenta bancaria, los empleados de la entidad financiera le informaron que "estaba embargada" y esa situación se prolongó hasta septiembre del año siguiente.

"La propia demandada reconoció expresamente su error y su proceder irregular al admitir en la causa judicial que se había trabado un embargo erróneo en la cuenta bancaria de la actora", subrayaron los jueces, al reconocer que efectivamente Alves Pereyra tenía razón.

En primera instancia, la mujer había ganado el juicio, aunque el resarcimiento al que accedió fue de sólo $542,50 más intereses.

Pero por una cuestión procesal, contaron el plazo de prescripción a partir del momento en que no pudo extraer su dinero y no desde que el tema fue subsanado por la AFIP, y así concluyeron que "a la fecha de presentación de la demanda, el 7 de agosto de 2009, había transcurrido el plazo" máximo previsto para la iniciación de la demanda.

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