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Por qué hay cuestionamiento a que en el caso de Pepsico se use la figura legal de Procedimiento Preventivo de Crisis

Si bien la firma Pepsico había solicitado esa medida ante el Ministerio de Trabajo, luego desistió y pagó la totalidad del resarcimiento a sus empleados
14/07/2017 - 11:54hs
Por qué hay cuestionamiento a que en el caso de Pepsico se use la figura legal de Procedimiento Preventivo de Crisis

Cuando la empresa Pepsico anunció que trasladaría sus operaciones de la planta de la localidad de Florida, partido de Vicente López, al Municipio de General Pueyrredón inició un Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC).

Esto implicaba que casi 600 trabajadores iban a perder sus puestos de trabajo por dicho traslado. Con el mencionado procedimiento, la empresa debía acreditar la situación objetiva (no imputable a ella) que daba origen a la crisis. Para ello no basta argumentar la pérdida de rentabilidad o que las ganancias no son las esperadas, sino que -en caso de continuar con la actividad- la empresa podría correr el riesgo de bajar sus persianas.

En este caso, la firma multinacional señaló que era imprescindible relocalizar la planta en otro lugar para modernizarse, bajar sus costos y mejorar la logística.

La mencionada herramienta obliga a las empresas a presentar anticipadamente, ante la cartera laboral, una comunicación sobre las suspensiones, despidos e incluso reducción de la jornada de trabajo por razones de fuerza mayor, causas económicas o tecnológicas.

A partir de su inicio y hasta la conclusión, las partes no pueden ejercer las medidas de acción directa de las que disponen, por lo que el empleador no puede despedir y los trabajadores no pueden ejercer el derecho de huelga. Y se mantienen vigentes todas las obligaciones de los contratos de trabajo y se deben abonar los sueldos.

“El proceso de producción de la planta de Vicente López está migrando hacia la planta en Mar del Plata”, explicó el ministro de Trabajo, Jorge Triaca, al diario La Nación y dijo que la compañía iba a incorporar 150 trabajadores en ese lugar.

“Hay algunas decisiones de las empresas que no acompañamos, y menos en estos momentos, pero también entendemos que los procesos de producción de las compañías tienen que estar regidos por el marco de la ley, teniendo en cuenta los cuidados y la contención que los trabajadores merecen”, definió el funcionario.

Sin embargo, dicho pedido duró solo un día ya que la firma, al ver que su planteo no encuadraba dentro de la figura legal, decidió proponer un plan de retiro pagando más de lo que correspondía como indemnización. Con este mecanismo, más de 455 trabajadores acordaron su desvinculación.

En tanto, la empresa emitió un breve comunicado en el que señala que "las razones de dicho cierre incluyen su localización en un barrio residencial con su consiguiente imposibilidad de ampliación ni modernización; la inviabilidad económica derivada de su alta estructura de costos; y las dificultades logísticas de acceso y traslados, entre otras", resumió la empresa.

En la misma nota oficial se señala que "se contactó a cada una de las 536 personas que se han visto impactadas por el cierre. Se ha invitado a cada uno de ellos a reunirse de manera personal mientras continúa pagando a todos sus haberes y aguinaldos hasta el 31 de julio. En estas reuniones se les está explicando la situación irreversible del cierre y se brinda información personalizada sobre el acuerdo alcanzado con la representación sindical".

Camilo Mones, miembro de la Comisión Gremial Interna de PepsiCo, aseguró que era “mentira la supuesta crisis” alegada por la empresa al comunicar el despido de 600 empleados y el cierre de la planta de la compañía en el partido bonaerense de Vicente López porque recientemente se habían hecho “inversiones” y que destacó que “la planta estaba impecable para producir”.

“Si hubieran tenido intención de tener más rentabilidad, hubieran puesto plata en logística, por ejemplo, si, como dicen, tienen problemas de traslado de mercadería por temas ambientales”, afirmó en relación a uno de los argumentos que, según explicó, esgrime la compañía para justificar su decisión.

“A nosotros no nos dijeron nada de nuevos puestos, y menos en Mar del Plata”, afirmó el delegado y sumó que “al argumento de la empresa es tan cínico que dicen que para mejorar la producción en Mar del Plata tienen que cerrar la planta de Florida”.

Para los trabajadores, en realidad, lo que la empresa quiere hacer es seguir produciendo en la actual planta de Florida en forma precarizada, porque está en condiciones óptimas”, con lo cual no se trata de “un cierre permanente”.

De los 550 trabajadores de la planta que fue escenario de incidentes (60 de ellos fuera de convenio), una gran mayoría acordó su desvinculación y recibió el doble de la indemnización.

Cómo opera el procedimiento

El Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) es un mecanismo que tiene como finalidad principal la de preservar el empleo.

De acuerdo a lo que establece la Ley 24.013, el empleador debe proponer medidas encaminadas a superar la crisis antes de que decida por su cuenta despidos o suspensiones de personal.

Efectuada la presentación ante el Ministerio, se evaluará si el pedido realmente se encuentra justificado. De ser así el empleador podrá desvincular a su personal abonando indemnizaciones reducidas, lo que permite, por un lado, cumplir con la exigencia de indemnizar al trabajador, y por otro, continuar con la actividad comercial.

"El PPC viene a convertirse, en épocas de crisis, en un instrumento legal y válido para reducir considerablemente los costos laborales. Abonar el 50% de una indemnización por despido, suspender las tareas o reducir las horas de trabajo, impactan directamente en los gastos y erogaciones que debe efectuarse sobre la nómina salarial", explican los asesores de empresas a iProfesional.

Pero la tramitación del procedimiento y su conclusión no implican que el empleador haya quedado habilitado para invocar despidos con disminución de la indemnización o quede eximido del pago de salarios caídos en el caso de aplicar suspensiones.

Los requisitos para que un juez avale un despido por esta causa son muy difíciles de cumplir, ya que el empleado es ajeno a los riesgos de la empresa y siempre se privilegia el principio de conservación del contrato de trabajo.

Se requiere, asimismo, la demostración fehaciente de que las causas que derivaron en la crisis productiva sean objetivas, ocasionadas por circunstancias que no resulten imputables al empleador.

La finalidad del procedimiento mencionado no es validar las suspensiones o despidos, sino brindar un ámbito de negociación a las partes - empleador y asociación sindical representativa- para que entablen tratativas respecto de la situación.

Y deben mantener la nómina de empleados que pensaban despedir hasta que el Ministerio justifique los motivos que derivaron en esa situación, aunque estos sean notorios, como por ejemplo, cuando se frena la producción por falta de materia prima y la imposibilidad de adquirirlos por falta de fondos.

En el caso de Pepsico, explican que no se habría llevado adelante el procedimiento preventivo de crisis establecido por la Ley 24.013. Es que si bien la empresa realizó el pedido ante el ministerio de Trabajo, luego desistió al analizar que era más conveniente pagar la indemnización estipulada por ley más un plus que continuar con dicha acción, que no permite el cierre del establecimiento.