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La polémica que viene en la justicia laboral: empresas sugieren restringir gratuidad para desalentar juicios

Alentados por la reforma laboral en Brasil, quieren que se analice este tema para restringir pedidos indemnizatorios "exorbitantes" y sin fundamentos
04/08/2017 - 10:13hs
La polémica que viene en la justicia laboral: empresas sugieren restringir gratuidad para desalentar juicios

Desde hace varios meses, el presidente Mauricio Macri apunta contra lo que él denomina “mafia de los juicios laborales” ya que considera que es una de las causas por las cuales las pequeñas empresas y sus trabajadores no pueden repuntar su economía.

Los asesores de empresas destacan que la cantidad de reclamos en la Justicia se disparó en los últimos años porque, al ser de acceso gratuito para el trabajador, muchas peticiones se presentaron con escasos fundamentos o montos exagerados.

La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) indica que "el trabajador gozará del beneficio de la gratuidad en procedimientos judiciales o administrativos derivados de la aplicación de esta ley, estatutos profesionales o convenciones colectivas".

Además, el Código Procesal Civil y Comercial de la nación, indica que “la parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos de la contraria”.

Y excepcionalmente y con resolución debidamente fundada el juez podrá eximir total o parcialmente de las costas al litigante vencido.

Por eso, en muchos casos, destacan que algunos trabajadores “se tiran a la pileta” con los reclamos porque al ser insolventes, no tienen que pagar las costas y los juzgados reparten los gastos entre las partes involucradas.

De esta manera, muchas veces las empresas terminan pagando parte de las costas, aún en el caso en que resultan vencedoras. Para los empresarios, de esta manera, se estimula la litigiosidad.

Sobre este punto, los letrados de las compañías son más cautos que los hombres de negocios y explican que aquella se incrementaría aún más si nunca se le pudiesen imponer las costas al trabajador.

En ese caso, sí se constituiría un incentivo para reclamos infundados, porque no habría riesgo para la parte que reclama.

En ese contexto, varias cámaras empresarias comenzaron a pedir una ley que desaliente los pedidos judiciales y apuntan contra el acceso gratuito y la no imposición de costas a los ex dependientes reclamantes de una compensación económica. Y piden al ministerio de Trabajo discutir este tema y pensar en una posible reforma.

De acuerdo a las fuentes consultadas por iProfesional, no buscan condicionar los reclamos pero pretenden que, de alguna manera, se castigue a los trabajadores que efectúen reclamos judiciales que luego se consideren excesivos o sin fundamentos.

No pueden solicitar que el acceso y las posteriores costos sean con un costo porque tanto el trabajo, como el acceso a la Justicia son Derechos Humanos que no se pueden afectar, de acuerdo al Pacto de San José de Costa Rica (inc. 22 art. 75 CN). 

El debate sobre este tema volvió a tomar trascendencia luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictara un fallo de gran repercusión mediática en el que impuso las costas de un juicio al trabajador cuyo reclamo por accidente de trabajo fuera rechazado por la justicia.

Además, en Brasil, por la reforma laboral aprobada por el Congreso, los empleados que ganan más de 2.200 reales (u$s600) deberán probar la imposibilidad de costear una demanda para poder acceder a la justicia gratuita.

Reclamos en aumento

Si se consideran las presentaciones realizadas en 2016 hubo un promedio de 100 causas por mes y por juzgado, esto se traduce en que cada uno de estos recibe el doble de los expedientes que pueden analizar. 

Los abogados laboralistas se defienden y argumentan que falta designar jueces y empleados que permitan acelerar la resolución de los casos de manera más eficiente.

Y señalan que cuanto más tarda en resolverse una causa, más deben pagar si la misma termina siendo favorable para el empleado al menos en parte, debido a los intereses que deben enfrentarse en el ámbito porteño. 

Sucede que hace unos años, a causa de la inflación, se estableció que en los litigios que se lleven a cabo en la Ciudad de Buenos Aires deberán actualizarse mediante la tasa nominal anual para préstamos personales de libre destino del Banco Nación (para un plazo de 49 a 60 meses).

Incluye a todos los créditos del trabajador desde que son debidos hasta su efectivo pago, para aquellas deudas que se encuentran sin sentencia.

El presidente de la Confederación General Económica (CGE), Oscar Gentili, pidió la intervención de senadores y diputados para que “promulguen leyes que permitan frenar los juicios, dando mayor competitividad a las pymes, que son fundamentales para el entramado productivo del país” y destacó que “el presidente Mauricio Macri haya tomado intervención directa en el tema”.

“El aumento indiscriminado de los juicios, los costos impositivos y la falta de ventas, son un combo que coloca a las pymes en un escenario perjudicial que se acentúa frente a la caída de la actividad industrial”, alertó el dirigente empresario.

El impacto de los juicios

repensar acerca de ciertas reglas de conducta imperantes en la tramitación de los juicios y, lo más importante, las consecuencias que se derivan de ellas”.

“Quizás como nunca en las últimas décadas, se esté comenzando a debatir seriamente el impacto que algunas particularidades funcionales y decisiones de los tribunales tienen en el sistema económico en su conjunto y en el sector empresario en particular”, agregó el experto. 

“Los sistemas de previsiones y de evaluaciones de las contingencias legales y fiscales, muchas veces, no alcanzan parámetros de certeza o previsibilidad del todo fiables, por el imperio de normas formales -e informales- en el desarrollo de los juicios proclives a los planteos de los trabajadores y por falta de seguridad jurídica en la interpretación de las normas”, dijo el abogado del estudio Aguirre Saravia & Gebhardt.

Sergio J. Alejandro, director del suplemento de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de elDial.com, explicó que “el trabajador nunca puede ser obligado a pagar las costas con su vivienda pero sí con otros bienes embargables”.

Y agregó que “el segundo párrafo del artículo 20, en su último párrafo, establece que en cuanto de los antecedentes del proceso resultase pluspetición inexcusable (reclamar un monto demasiado elevado al que correspondería), las costas deberán ser soportadas solidariamente entre la parte y el profesional actuante”.

La norma, en este punto, busca castigar a los que reclaman en juicio un derecho sin fundamento en una norma (o con grave error en la interpretación de ella), o invocando hechos o situaciones inexistentes, inverosímiles o contradictorias con clara conciencia de su improcedencia o falsedad. 

Entre las conductas que obligarían a los letrados de los trabajadores a hacerse cargo de las costas del proceso se encontrarían las de “peticionar indemnizaciones parcialmente cobradas, desconocer un recibo liberatorio, o pretender un daño moral inexistente”, ya que constituirían conductas maliciosas que justifican la aplicación de la sanción prevista por el artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo.

“Patrocinar un reclamo administrativo o judicial, debe necesariamente constituir un acto de responsabilidad del profesional desde primer con su cliente”, remarcó Sergio J. Alejandro.

“Analizar una reforma del principio de gratuidad podría ser una opción pero en lo inmediato sería interesante una aplicación menos restrictiva por parte de la jurisprudencia de la pluspetición”, destaca el experto de elDial.com.

Esto se debe a que es “deber del abogado del trabajador indagar sobre los hechos en que apoyó su pretensión jurídica y procurar evitar la introducción de reclamos manifiestamente alejados de la razonabilidad".