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La Justicia aceptó una medida cautelar en contra del nuevo registro de abogados y trabajadores que creó la Superintendencia de Riesgos del Trabajo 
08/08/2017 - 12:36hs

La Justicia aceptó una medida cautelar en contra del nuevo registro de abogados y trabajadores que creó la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) que obligaba a las empresas a informar mediante declaración jurada todas las demandas recibidas alegando la inconstitucionalidad de la ley 27.348 y el decreto 54/2017 que modificaron la ley de ART de los años noventa.

De acuerdo al abogado de la CTA de los trabajadores Gastón Valente, “hay una cautelar” del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº4 “que suspende la resolución y dan un plazo de 5 días a la Superintendencia para contestar un pedido de informe del juzgado”, según comentó a la agencia Télam.

Desde la SRT señalaron que estaban evaluando los pasos a seguir y que aún no había sido definida la postura en relación al tema. La SRT creó la semana pasada, mediante la Resolución 760/2017, el Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgo del Trabajo (Sirel), pero enseguida los gremios pusieron el grito en el cielo porque la consideraron inconstitucional y como una “lista negra” de quienes accionen contra los cambios en la ley de ART que promovió el macrismo a principios de año, que obliga a los trabajadores a pasar previamente por una comisión médica antes de iniciar un juicio por un accidente o enfermedad laboral.

“A fin de posibilitar el resguardo y fortalecimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo, se considera oportuno y necesario contar con una herramienta informática que permita tomar conocimiento y analizar las presentaciones efectuadas”, justificó el organisto presidido por Gustavo Morón en la resolución de la semana pasada.

“Este registro existe desde el 2010. Hace siete años no dijeron nada”, sostuvieron desde la SRT.

Las fuentes recordaron que en su momento este registro se llamó RAJ y el año pasado se cambió por otro llamado Renadi.

La asociación civil Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio, con la adhesión de veinte gremios entre ellos la CTA, había solicitado la medida cautelar en la que fundamentó que “resulta evidente que tales datos son irrelevantes al tiempo de establecer cualquier tipo de estadística que pueda llevar a una conclusión respecto a la causa de la litigiosidad o las medidas para su reducción”.

“Sólo se apunta a los pleitos en que se requiere la inconstitucionalidad de la norma y no a aquellos en que se reclama por el incumplimiento de la ley por parte de una aseguradora, lo que torna más evidente el extremo señalado respecto a la finalidad de la medida”, indicaron en la solicitud.

El juzgado a cargo de Laura Castagnino consideró que “la cautelar solicitada busca evitar, lo que configuraría, prima facie y sin que implique adelantar opinión en orden a la precaución solicitada, el supuesto de la existencia de circunstancias graves y objetivamente impostergables”.

Más temprano, Valente explicó que la resolución “obliga a registrar datos de abogados y trabajadores que decidan plantear la inconstitucionalidad del DNU y la ley complementaria de Riesgos del Trabajo. Es muy grave”, señala Bae Económico.

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