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La suba del haber jubilatorio mínimo a $7.246 impacta en el bolsillo de trabajadores independientes e incidirá en la carga tributaria de asalariados
18/08/2017 - 10:44hs

El titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Emilio Basavilbaso confirmó una nueva actualización del haber mínimo jubilatorio, que se ubica a partir de septiembre próximo en 7.246,64 pesos. 

Esto implica una suba del 13,30 por ciento.

Por lo tanto, ese aumento -contemplado en la Ley de Movilidad Jubilatoria- impacta de lleno en la carga fiscal que soportan mensualmente los empleados y los trabajadores independientes.

Concretamente, con respecto a estos últimos, el ajuste eleva el monto a cancelar por la categoría más baja a unos $1.343 aproximadamente. En tanto, la más alta se acercará a los 5.915 pesos.

En igual sentido, los autónomos que pertenecen al segundo escalón de la tabla -casi la mayoría de los contribuyentes-, comenzarán a abonar -a partir de septiembre- una cifra cercana a $1.880, mientras que ahora la suma que aportan es de 1.660 pesos.

En tanto, en lo que respecta a quienes se desempeñan en relación de dependencia, el aumento en la jubilación mínima también eleva a cerca de $70.882 el tope para calcular los aportes que se descuentan de los salarios mensuales.

Por lo tanto, una vez que la AFIP actualice el esquema de tributación para los autónomos, se estima que éste quedará diagramado de la siguiente manera:

  • Categoría I. Aporte mensual de $1.343 aproximadamente:
    • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta 20.000 pesos.
    • Comerciantes con sumas de hasta $25.000 por año.
    • Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
  • Categoría II. Aporte mensual de $1.880 aproximadamente:
    • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ganancias anuales los 20.000 pesos.
    • Comerciantes que superen los $25.000 anuales.
  • Categoría III. Aporte mensual de $2.687 aproximadamente:
    • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con rentas por año inferiores o iguales a 15.000 pesos.
  • Categoría IV. Aporte mensual de $4.300 aproximadamente:
    • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.
  • Categoría V. Aporte mensual de $5.915 aproximadamente:
    • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con entradas superiores a los 30.000 pesos.

EmpleadosDe igual manera, ante el ajuste de la jubilación mínima, la remuneración tope para calcular los aportes de los asalariados se elevará, desde septiembre próximo, a $70.882 aproximadamente.

Bajo este esquema, como el descuento con destino al sistema previsional es del 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención pasará a ser cerca de 7.797 pesos.

Asimismo, se incrementarán los montos con destino a la obra social elegida por el trabajador y al PAMI que equivalen, en cada caso, al 3% de la remuneración. Entre ambos conceptos se destinarán cerca de 4.252 pesos.

El anuncio, al detalle

El jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, Marcos Peña, y el Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, anunciaron que a partir del 1 de septiembre más de 8,4 millones de personas recibirán un aumentoen sus prestaciones del 13,32%. De ese total, 6,9 millones son jubilados y pensionados mientras que 1,5 millones son titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) y Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). 

De esta manera, el haber mínimo jubilatorio pasará de $6394,85 a $7246,64; el máximo, de $46.849,81 a $53.090,20 y la PUAM de $5115,88 a 5797,31 pesos.

Durante la conferencia, Peña sostuvo: “Con el anuncio de hoy, el aumento para los jubilados suma un 28% en todo el año. La ANSES está haciendo un trabajo muy importante con los adultos mayores. Con la Reparación Histórica, por ejemplo, ya más de un millón de jubilados ahora cobra lo que merece. Por otro lado, ya son más de 370 mil personas que acceden al crédito ARGENTA, que ahora incluso se pueden tramitar por Internet”.

Por su parte, Basavilbaso indicó: “Este aumento beneficia a 8,4 millones de jubilados y pensionados y a 9 millones de titulares de asignaciones. Con la PUAM aumentamos la cobertura, por lo que ahora la Argentina tiene la cobertura previsional más alta de toda la región. Desde la ANSES tenemos que acompañar a las personas en toda su vida, desde que son niños y hasta que se convierten en adultos mayores”.

El incremento, además, está destinado a más de 9 millones asignaciones por hijo, que ascenderá de $1246 a $1412, favoreciendo en forma directa cerca de 3,9 millones de niños en 2,2 millones de familias. En tanto, la Asignación por Hijo con Discapacidad se elevará de $4064 a $4606.

También estuvo presente durante el acto el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Jorge Triaca. Por parte de la ANSES, acompañaron los directores generales de todas las áreas.

Montos y rangos de AAFF Los nuevos montos y rangos de ingreso del grupo familiar para trabajadores formales, monotributistas, jubilados y pensionados que cobran AAFF por Hijo e Hijo con Discapacidad quedarán conformados de la siguiente manera:

Asignaciones Familiares por Hijo

*Ninguno de los miembros del grupo familiar puede tener ingresos superiores a $36.804.

Asignaciones Familiares por Hijo con Discapacidad

Asignaciones Familiares por Hijo e Hijo con Discapacidad para monotributistas

Asimismo, a partir del 1 de septiembre se elevan las asignaciones por Nacimiento, pasando a $1646, por Adopción a $9863, por Matrimonio a $2466, por Ayuda Escolar Anual a $1182 y por Cónyuge a $339 (para jubilados).

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