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El Gobierno logró dictamen por ley "antimonopolio" pero debe negociar "ley de góndolas" con el peronismo

Cambiemos logró reunir el número necesario para emitir dictamen de mayoría por el proyecto de defensa de la competencia en un plenario de comisiones
16/11/2017 - 11:37hs
El Gobierno logró dictamen por ley "antimonopolio" pero debe negociar "ley de góndolas" con el peronismo

El Gobierno dio el primer paso en su intento por modificar la Ley de Defensa de la Competencia, conocida popularmente como “antimonopolios” al lograr firmar un dictamen de mayoría durante un plenario de comisiones.

Pero no todas fueron buenas noticias para el gobierno ya que deberá buscar nuevos consensos para lograr que se apruebe en el recinto, ya que solo fue apoyado por el Bloque Justicialista.

El Frente Renovador no firmó el despacho y presentó su propio dictamen que incluye a la “ley de góndolas”. Los otros dos dictámenes de minoría fueron del Frente para la Victoria-PJ y la izquierda.

En el plenario de las comisiones de Defensa del Consumidor, del Usuario y de la Competencia; de Comercio; Legislación Penal, y Presupuesto y Hacienda, los propios legisladores de Cambiemos impulsaron cambios al proyecto presentado ya que el artículo referido al Tribunal de Defensa de la Competencia, indica que “todos” los miembros “deben ser abogados” pero remarcaron que no siempre se  resuelven cuestiones de derecho.

La propuesta (surgida de los proyectos unificados de los diputados Mario Negri y Elisa Carrió (Coalición Cívica) busca castigar la cartelización y dar “señales positivas” contra la inflación.

Desde que asumió, el macrismo incluyó a este tema como uno de sus pilares del plan productivo nacional. No solo designó a su autoridad de aplicación sino que además buscó que avance el tratamiento legislativo para modificar la norma actual.A la búsqueda de "multas que duelan"El diputado Fernando Sánchez, quien llevó la voz del partido de Carrió dijo que a los infractores de la ley “tiene que dolerles la sanción” y que la norma actual en este aspecto “está tremendamente desactualizada”.

En ese sentido, desde la Comisión de Defensa de la Competencia le dijeron a iProfesional que, en la actualidad, "las multas son irrisorias".

"Hoy es de $150 millones y los ilícitos pueden ser por miles de millones. La ley no disuade y a nivel sanciones no se puede hacer mucho”, es la argumentación.

“No solo es actualizarlo solo en monto, porque es un país con inflación y sino de aplicar unidades móviles que se actualizan automáticamente”, por lo que mientras suban los índices de precios también se incrementarán las multas, explicaron a este medio.

Y destacaron que otro gran problema es que el control de las fusiones y adquisiciones que se efectúan en la actualidad es ex-post, es decir, una vez que la operación se cerró y que el proyecto pretende que sea ex-ante.

El diputado massista Marco Lavagna consideró, durante la reunión de comisión, que “el objetivo final” de la nueva ley no debe ser solamente “el aumento de penas”. “Hay que analizar cómo hacemos para que antes que se cometan -los abusos-, los evitamos”, expresó.

Además, señaló que en el país “ya hemos tenido tribunales que después, por falta de voluntad política, no terminaron funcionando ni constituyéndose”. Y enfatizó que la cuestión central es la que respecta a los minoristas, ya que “es ahí donde se producen muchos de los abusos que termina pagando el consumidor”.

En el final de la reunión, Sánchez recordó que el borrador que estaba en tratamiento había incluido las modificaciones propuestas por la oposición y aceptadas por el oficialismo, indicó Parlamentario.com. En esa línea dijo que las estructuras burocráticas “sí efectivamente se creaban” pero “se suprimieron”.

Uno de los puntos en que coincide la gran mayoría de los legisladores es que si bien el texto vigente habilita a la autoridad de aplicación a ordenar el cese de conductas que pueden ser consideradas lesivas, las empresas –apenas eran sancionadas- recurrían a los tribunales para apelar la decisión. Directamente, decidían no pagar o lo hacían si el monto era muy bajo y continuaban llevando adelante la conducta sancionada.

Y en los estrados judiciales, los distintos criterios de los magistrados lograron que la norma perdiera la razón de ser ya que la gran mayoría de las sanciones terminaron siendo anuladas.

Puntos destacados

- Se prohíben todos los actos o conductas que distorsionen o influyan negativamente en las condiciones de mercado -posición dominante, concentración y fusión de empresas-.

En concreto, establece la prohibición de "todos los actos o conductas que distorsionen o influyan negativamente en las condiciones de mercado".

En este sentido, señala que "se prohíben las concentraciones económicas cuyo objeto o efecto sea o pueda ser restringir o distorsionar la competencia, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general".

- Fija la obligación para aquellas operaciones de fusión o concentración que superen las 150.000.000 de Unidades Móviles de notificar a la autoridad de aplicación, la cual deberá luego autorizar dicha operación.

- Se crea la Autoridad Nacional de la Competencia, organismo descentralizado e independiente, en el ámbito del Poder Ejecutivo, que estará conformada por el Tribunal de Defensa de la Competencia, el titular de la Secretaría de Instrucción de Conductas Anticompetitivas y el titular de la Secretaria de Concentraciones Económicas.

- Los integrantes de la autoridad de aplicación deben ser designados por el Poder Ejecutivo previo concurso público de antecedentes y oposición.

- Se prevén dos tipos de sanciones disuasivas: el cese de los actos o conductas que impliquen acuerdos prohibidos o abuso de posición dominante; y multas, según tres criterios “objetivos y estrictos”. Ellos son:

1) Beneficio ilícito: con multas de hasta el doble del beneficio obtenido ilícitamente como resultado de la conducta anticompetitiva.

2) Porcentual: hasta 30% del volumen de negocios en los mercados afectados, multiplicado por el número de años de duración de dicho acto; y hasta el 30% del volumen de negocios consolidado a nivel nacional del grupo económico durante el último ejercicio.

3) Monetario: con multas de hasta 200 millones de Unidades Móviles (poco más de tres mil millones de pesos ajustables por IPC). Las penas pecuniarias con la ley actual son de hasta apenas 150 millones de pesos.

- Quienes realicen los actos prohibidos serán sancionados con una multa de cien mil pesos ($ 100.000) hasta doscientos cincuenta millones de pesos ($ 250.000.000), monto que se actualizará por las cifras de inflación. En caso de reincidencia, los montos de la multa se duplicarán.

- La Comisión podrá solicitar al juez competente que las empresas infractoras sean disueltas, liquidadas, embargadas o inhibidas.

- Contempla un "Programa de Clemencia" con beneficios de exención o reducción de sanciones administrativas y civiles para las empresas que adhieran, "en la medida en que aporten pruebas que permitan sancionar a los miembros del cartel".

Exime de sanción al primer integrante de un cartel que aporte las pruebas necesarias para detectarlo y sancionarlo; y reduce la multa entre el 20% y el 50% para algún otro miembro que aporte una prueba adicional. Este tipo de programas ya existe en países como Estados Unidos, Brasil, Chile y México.

- El Tribunal de Defensa de la Competencia podrá decidir "la suspensión del Registro Nacional de Proveedores del Estado a los responsables por hasta 5 años", en tanto que "si la infracción fue realizada en licitaciones públicas, la exclusión podrá ser de hasta ocho años.

Por último, la iniciativa prevé la creación de la Subsecretaría de Fomento a la Competencia, en el ámbito de la Secretaria de Comercio de la Nación.

“La legislación actual no logra estos objetivos, sino a la inversa: obstaculiza las inversiones, genera trámites muy largos y el nivel de las sanciones es tan bajo para las grandes cadenas que es casi una invitación a infringir la ley”, argumentó Esteban Greco, presidente de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, cuando defendió el proyecto a mediados de este año.

Las posibilidades de que avance el tratamiento de este proyecto en el recinto dependerá del apoyo que tenga no solo del Bloque Justicialista sino también del Frente Renovador, que pide que se incluya una “ley de góndolas”, dirigida a controlar la conducta de la cadena de producción de  supermercados.

Con respecto a la composición de los tribunales de defensa de la competencia, desde el oficialismo le dijeron a iProfesional que pretenden “algo realizable en la Argentina.

Un tribunal administrativo con presupuesto propio y que sus integrantes se elijan por jurado, con oposiciones del concurso y que el presidente luego elija solo de esa terna. Y con causales de remoción objetivas, por causas claras y puntuales”.