iProfesionaliProfesional

Fuentes del Ministerio de Producción explicaron que las SAS creadas por la Ley de Emprendedores no requieren de ninguna reglamentación de la CNV
12/01/2018 - 12:23hs

Una de las normas de desburocratización que lanzó el Gobierno consiste en que ahora las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) podrán hacer oferta pública de sus acciones, o sea que podrán salir a financiarse a la Bolsa.

Fuentes del Ministerio de Producción explicaron a El Cronista que para esto, las SAS creadas por la Ley de Emprendedores no requieren de ninguna reglamentación de la Comisión Nacional de Valores. Simplemente cumplirán los mismos requisitos que una sociedad anónima.

Esto es muy novedoso en sociedades que muchas veces serán incluso unipersonales, y que sólo necesitan un capital social equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles.

En otro orden, si bien las SAS ya tiene un objeto amplio, no tendrán más la obligación de establecer taxativamente todas las actividades en su objeto. Esto reduce los costos de publicación en el Boletín Oficial y les brinda mayor flexibilidad a la hora de cambiar el rumbo de su negocio.

En general, se reducen los tiempos de inscripción.

Por otro parte, el Código Civil y Comercial establece la obligación de que las sociedades comerciales presenten de manera encuadernada sus libros contables. La desburocratización elimina esta obligación, permitiendo el reemplazando del encuadernado por libros digitales, tal como ya estaba permitido por la Ley de Emprendedores para las SAS.

Ya la reforma tributaria había equiparada en su tratamiento impositivo a las SAS con las sociedades anónimas emitiendo casi de esa manera el certificado de defunción de las sociedades de responsabilidad limitada (SRL), forma societaria que elegían hasta ahora las empresas chicas porque eran más simples los trámites, pero en las que los socios responden con sus bienes, mientras que en las SA y en las SAS, es la sociedad la que responde ante los acreedores.

Las SAS además tiene menos requisitos y responsabilidades para los administradores que las SA y las SRL.

Los requisitos de capital para el inicio son muy bajos en las SAS y se miden en salarios mínimos vitales y móviles.

La SAS permite abrir una cuenta bancaria simplificada y digitalizar firma, libros y poderes, incorporar uno o más accionistas y emitir acciones de mismo derecho a diferente precio. Además, se puede incluir el costo del trámite como integración del capital inicial y junto con la inscripción, se obtiene el CUIT de forma automática, y con ella se puede abrir más rápido una cuenta en el banco.

Temas relacionados