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La multa por superar la velocidad máxima permitida arranca en $1.950, por excesos de hasta 20 km/h en calles o avenidas o de hasta 40 km/h en vías rápidas
08/03/2018 - 16:26hs

En las últimas sesiones de 2013, la Legislatura porteña modificó el sistema de actualización de los montos de las multas. Vinculó para siempre el valor de la llamada "unidad fija" (UF), que se toma como base para los cálculos, al precio de medio litro de la nafta de mayor octanaje que se vende en la YPF del Automóvil Club Argentino.

Desde entonces, cada seis meses el gobierno porteño consulta el costo de la nafta al Automóvil Club Argentino (ACA) y realiza una indexación automática, a través de la publicación de una resolución en el Boletín Oficial. En los últimos meses la nafta tuvo un aumento paulatino y, por ende, la Subsecretaría de Justicia publicó el incremento del valor de la UF de $ 11,15 a $13.

Ahora, las multas por superar la velocidad máxima permitida arrancan en $1.950, por excesos de hasta 20 km/h en calles o avenidas o de hasta 40 km/h en vías rápidas. Las sanciones más fuertes se dan cuando se circula a más de 140 km/h: la multa oscila entre $5.200 y $52.000.

Con respecto al mal estacionamiento -la infracción más registrada- se pena con una multa de 100 UF, por lo que pasó a ser ahora de $1300.

Si la desviación se cometió frente a una rampa de discapacitados o una parada de colectivos, el valor trepa a $2600.

Rige la misma penalidad para otras infracciones como no utilizar el cinturón de seguridad; violar la prohibición de ingreso al microcentro; no respetar la prioridad peatonal, conducir con auriculares puestos o hablando por teléfono o no llevar casco.

Para cualquier caso, sigue rigiendo la alternativa del pago voluntario (implica admitir que la infracción fue cometida y desistir de discutir la certeza de la multa ante un controlador de faltas), con un descuento del 50 por ciento.

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