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El 20 de septiembre la AFIP publicó la norma a través de la cual se implementa en nuestro país un régimen de información anual 
19/03/2018 - 22:42hs

El 20 de septiembre la AFIP publicó la norma a través de la cual se implementa en nuestro país un régimen de información anual, consistente en la presentación de un informe país por país respecto de los sujetos integrantes de Grupos de Entidades Multinacionales (“EMN”), así como de las jurisdicciones fiscales en las cuales operan. 

Al respecto cabe recordar que la misma viene a dar cumplimiento al compromiso asumido por Argentina en el marco de las acciones tendientes a incrementar la transparencia fiscal.

En tal sentido vale recordar que el 8 de octubre pasado en Lima, Perú la OCDE presentó ante los ministros de Finanzas del G20, el paquete definitivo de medidas para llevar a cabo una reforma integral, coherente y coordinada de la normativa tributaria internacional.

El Proyecto OCDE/G20 de lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS por sus siglas en Inglés) dota a los distintos Estados de soluciones para limitar los vacíos normativos existentes a nivel internacional que permiten que los beneficios de las empresas desaparezcan o sean trasladados artificialmente hacia jurisdicciones de baja o nula tributación, en las que se desarrolla una escasa o inexistente actividad económica. 

El trabajo realizado se basa en el Plan de acción BEPS del G20/OCDE del año 2013, que contempla 15 acciones para poner fin a la elusión fiscal internacional.

Dicho Plan de Acción gira en torno a tres pilares o líneas de actuación fundamentales: dotar de coherencia a aquellas normas de derecho interno que abordan actividades transfronterizas; reforzar las exigencias de actividad sustancial en los actuales estándares internacionales para así establecer la conexión entre los tributos y el lugar de realización de las actividades económicas y de creación de valor y; mejorar la transparencia y seguridad jurídica para empresas y administraciones.

El paquete definitivo de medidas BEPS incluye nuevos estándares mínimos que establecen requisitos sobre: los “informes país por país” (country by country reporting), el cual ha sido introducido por la AFIP a través de la R.G 4130-E, objeto de nuestro análisis. 

El objetivo de esta acción es brindar un marco consistente a las multinacionales para la preparación de documentación global de Precios de Transferencia, lo que le posibilitará a las autoridades fiscales realizar mejores evaluaciones de riesgos empresarios en las transacciones intercompañía y ello posibilitará la realización de mejores auditorías de Precios de Transferencia, ya que contarán con información integral de las operaciones sujetas a documentación.

En este sentido, la R.G 4130-E la AFIP establece el alcance de la obligación de presentar el informe país por país a aquellos sujetos que integren un grupo de EMN, así como de las jurisdicciones fiscales donde operan, excluyendo de dicha obligatoriedad a aquellos Grupos de EMN cuyos ingresos anuales totales consolidados atribuibles al ejercicio fiscal anterior al que se informa, sean inferiores a 750 millones de Euros o su equivalente convertido en la moneda local de la jurisdicción fiscal de la última controlante, al tipo de cambio vigente en dicha jurisdicción al 31 de enero de 2015. 

Asimismo, incorpora obligaciones de información de datos relevantes respecto de la última entidad controlante y o informante, según sea el caso.

Entendemos que con esta información el fisco contará con elementos sustanciales para la evaluación de la atribución de la renta de entidades pertenecientes a Grupos de EMN, lo cual contribuirá en la búsqueda del objetivo de evitar la erosión de la base imponible del impuesto a las ganancias.