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La norma, que ya contaba con media sanción del Senado, fue aprobada por la Cámara baja. Las condenas van de los tres a seis años de prisión
22/03/2018 - 03:02hs

La Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto consensuado que modifica el artículo 128 del Código Penal y sanciona con penas de entre tres y seis años de prisión la simple tenencia de material pornográfico infantil.

La norma fue aprobada por amplia mayoría -212 votos a favor y una sola abstención, de Romina Del Plá-, indicó el sitio Parlamentario.com.

“No tenemos que tener temor y hay que decirlo con todas letras: el que tiene pornografía infantil es un pedófilo. Es un paso previo para la materialización del abuso sexual infantil”, denunció la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos (UCR).

Burgos advirtió que en Argentina “hay un negocio con ganancias de 250 millones de pesos anuales” en torno al material pornográfico de menores.

“Argentina está entre los 10 países del mundo que más ‘bajan’ pornografía infantil, y entre los tres primeros de la región que avanza no sólo en ‘bajar’ este material, sino también en producirlo”, precisó la jujeña.

Burgos detalló que “el 85% de los ciberdelitos que se cometen en nuestro país están relacionados a la pornografía infantil y al grooming”.

Además, puntualizó que “en 2016 hubo 8.800 denuncias sobre pornografía infantil”, y “los 10 primeros meses de 2017 se reportaron 19.214 denuncias” por este tema.

“Nadie está exento. Nuestros hijos o nietos pueden ser víctimas de estas redes que lo único que buscan son ganancias”, aseveró la diputada de Cambiemos.

Hasta ahora, sólo estaba penalizada la producción y distribución, y se reprimía la tenencia de pornografía infantil sólo si se lleva a cabo con fines inequívocos de distribución o comercialización.