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El debate tarifario que viene: provincias y expertos piden que Nación "dé el ejemplo" y baje el IVA

Desde el IARAF detallaron dos medidas que se pueden tomar desde el Ejecutivo nacional para reducir la carga fiscal de las boletas de luz y gas
24/04/2018 - 14:44hs
El debate tarifario que viene: provincias y expertos piden que Nación "dé el ejemplo" y baje el IVA

En líneas generales, de cada $100 que se pagan por luz o gas, $27 corresponden a impuestos. Este dato que surge de un reciente informe del IARAF, explica por qué el presidente Mauricio Macri tomó la decisión de "pasarle la pelota" a los gobernadores e intendentes y "meterles presión" al reclamar una baja de los tributos provinciales y municipales a fin de reducir el impacto del tarifazo en los servicios públicos.

Sin embargo, no son pocos los que reclaman que la Nación debería dar el ejemplo y proponer una rebaja en el IVA contenido en las facturas para así ponerse a la par del sacrificio fiscal realizado por provincias y los municipios.

En diálogo con iProfesional, el consultor tributario Alberto Romero, señaló que "sería más que saludable, que el Ejecutivo nacional acompañe el esfuerzo que le reclama a las provincias y a los municipios, rebajando el IVA".

En efecto, desde el IARAF detallaron dos medidas que se pueden tomar desde el Ejecutivo nacional para reducir la carga fiscal de las tarifas de luz y gas:

- Poner en 0% la alícuota del IVA por dos años (2018 y 2019). A partir del tercer año iniciar el restablecimiento gradual de la alícuota tasa. Una posibilidad sería que en 2020 el IVA sea del 5%, en 2021 del 10%, en 2022 del 15% y retorne al 21% recién en 2023.

"De esta manera la alícuota de IVA empezaría su restablecimiento en años donde la inflación haya llegado a un dígito y la suba de tarifas solamente necesite seguir a la inflación", precisaron los expertos del IARAF.

Asimismo, poner en 0% la alícuota del IVA a consumidores finales a priori no debería generar problemas a las empresas prestadoras, dado que seguirían facturando a empresas y profesionales inscriptos en IVA con alícuota del 27 por ciento.

En el caso de empresas distribuidoras que pudieran llegar a tener saldo a favor de IVA, la AFIP debería instrumentar los mecanismos necesarios para que sean devueltos en tiempo y forma al igual que ocurre con otras actividades, como las de exportación.

Distintas provincias, distintos escenarios

Como era de esperar, tanto la gobernadora María Eugenia Vidal así como el jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, fueron los primeros en alinearse al pedido de Mauricio Macri.

Sin embargo, hay distritos que salieron a aclarar que sus distritos tienen una carga impositiva provincial nula sobre las tarifas de luz y gas.

Tal es el caso del gobernador salteño Juan Manuel Urtubey, el mandatario tucumano Juan Manzur y la provincia de Catamarca a cargo de Lucía Corpacci. El mismo escenario también se da de igual manera en Formosa, Misiones, Corrientes, Santa Cruz y Chubut.

Puntualmente, Urtubey señaló en Radio Mitre: “No podemos reducir impuestos que no existen”. Además destacó que “en Salta, como en muchas provincias, no se cobran impuestos provinciales en cabeza del usuario como en Buenos Aires. Por lo tanto, no podemos reducir algo que no existe”.

A su vez, provincias como Santa Fe y Córdoba presentan un recargo tributario menor al que ostenta la provincia de Buenos Aires.

El escenario se presenta más complicado y variado al referirnos a las intendencias. La mayoría de los municipios del país incluyen en las boletas de luz montos fijos, o porcentajes, de tasas municipales.

Una curiosidad en medio del debate es la forma en que algunos gobernadores han cambiado su actitud con el correr del tiempo. En efecto, Vidal se presentó ante la Justicia para invalidar un fallo que, en 2016, suspendió la aplicación de las tasas que ahora dará de baja por decreto.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás le dio la razón a la Gobernadora.

La historia no termina ahí ya que el actual Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino recurrió a la Suprema Corte bonaerense. El máximo tribunal provincial avaló la decisión de la Cámara, por lo que los gravámenes cuestionados (que ahora se eliminarán por decreto) volvieron a cobrarse desde fines del año pasado.

Los impuestos a la luz y el gasEl ya mencionado flamante análisis del IARAF tiene por objeto describir las características de la mochila tributaria que tienen los servicios públicos mencionados y posteriormente medir el impacto de cambios en el peso de la mochila sobre el valor total de la factura actual.

La carga tributaria indirecta que recae sobre el consumo final tanto de energía eléctrica como de gas natural se compone, en su esencia, de Impuesto al valor agregado (21%), Impuesto a los ingresos brutos provincial (5%), tasa municipal general (1%) y tasa municipal específica (10% en el caso de la ciudad de Córdoba, por ejemplo).

Esta carga tributaria representa el 37% del valor de la tarifa (aquí se denomina tarifa al costo del servicio antes de impuestos). Es decir que la mochila tributaria es de este orden.

Desde el punto de vista del consumidor, lo relevante es saber cuánto de la factura, es decir, lo que paga por el servicio, son impuestos. El cálculo sería en consecuencia 37/137. Es decir que de cada $100 que se pagan por energía eléctrica o por gas natural por redes $27 son impuestos indirectos.

No se consideran impuestos directos como el impuesto a las ganancias ni impuestos al trabajo. Solamente la mochila indirecta que recae sobre estos servicios.

Si la carga tributaria no cambia, el aumento porcentual de la factura es igual al aumento porcentual de la tarifa. Si la carga tributaria indirecta baja, el aumento porcentual de la factura es menor al aumento porcentual de la tarifa.

Mientras menor es el aumento de la tarifa, más potente es la reducción de la carga tributaria. Esto obedece al hecho de que la carga tributaria sobre la tarifa original es relativamente significativa en comparación con la carga tributaria total de la nueva tarifa. A mayor aumento de tarifa menos potente es la reducción de la carga tributaria.