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El Agente de Liquidación y Compensación titular de la cuenta depositante de los valores ante el Agente de Depósito Colectivo, es el sujeto obligado 
15/05/2018 - 13:08hs

La CNV establece los sujetos obligados a actuar como agentes de retención del impuesto cedular a beneficiarios del exterior.

Lo hace a través de la Resolución General (CNV) 733/2018 publicada este martes en el Boletín Oficial.

La norma establece que el Agente de Liquidación y Compensación titular de la cuenta depositante de los valores ante el Agente de Depósito Colectivo, es el sujeto obligado a practicar la retención en ejercicio de la función de custodia de los mismos. 

La documentación que acredite el costo de adquisición de los valores negociables, a los efectos de la determinación de la ganancia neta imponible sujeta a retención, de acuerdo a normativa vigente en materia fiscal, será la establecida en el artículo 8 de la Resolución 4277 emitida por la AFIP. 

Las nuevas pautas entran en vigencia este miércoles.