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A pedido del Gobierno, un juez ordenó "traer" el fallo que impide cortar el gas por falta de pago a la Ciudad de Buenos Aires, pero no es el único caso
28/05/2018 - 11:01hs

El Gobierno vuelve a enfrentarse con un viejo fantasma: la judicialización del debate sobre las tarifas de los servicios públicos.

En los últimos días, se dio a conocer un fallo de primera instancia que obliga a todas las empresas que brinden el servicio de gas en Argentina a mantener el suministro aunque no sea abonado. En otras palabras, que quede virtualmente prohibido el corte de servicio al mal pagador.

La noticia causó conmoción en el ámbito empresarial, a punto tal que las compañías energéticas listadas en la Bolsa de Valores sufrieron una importante caída en el valor de sus acciones, un hecho que algunos analistas atribuyeron directamente al temor a que este fallo tenga un "efecto dominó" y que lleve a una situación de mora en el cobro por el servicio.

La perspectiva es que, en ese escenario, las empresas vean resentida su ecuación económica, no puedan reinvertir y se vuelva a una situación de deterioro del servicio.

La medida cautelar dictada por el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, en el caso "Consumidores Argentinos” destacó que el clima invernal implicaría un grave peligro para los usuarios que sufran la falta de dicha prestación para llevar adelante su vida cotidiana.

Además, sostuvo que el derecho a acceder a los servicios públicos elementales debe ser garantizado por el Estado.

En esa causa, también se solicitó que sean suspendidos los nuevos cuadros tarifarios impulsados por el Gobierno nacional y que las distribuidoras de gas a nivel nacional retrotraigan los precios en el suministro a los valores previos al 1 de abril del corriente año, cuando ocurrió el último incremento.

"La medida cautelar es por 90 días. Hasta que se presente el Poder Ejecutivo y Enargas para tratar la cuestión de fondo. Lo que nosotros cuestionamos es que si el Gobierno fija los precios de las tarifas tiene que convocar a audiencia. Y no lo hizo. Porque argumentó que los precios los fijaba el mercado. Pero en realidad, cuando se miran los precios se ve que están fijados a partir de un acuerdo de los distribuidores con los productores y esos acuerdo están hechos a instancia de lo que los precios que marcó el Gobierno Nacional", dijeron desde esa asociación.

Ahora, se dispuso su absorción en una sola causa, lo que será apelado por la asociación de consumidores para que se trate de manera independiente.

Que vengan a la Capital FederalLa Corte Suprema, en tanto, está por comenzar a definir la suerte de un amparo del municipio bonaerense de Leandro N. Alem, que cuestionaba la "razonabilidad" del valor de los servicios públicos. Ese caso se presentó en los tribunales federales de Junín.

Para evitar una situación similar a la de 2016, cuando distintos juzgados federales comenzaron a emitir sentencias disímiles sobre un mismo tema, el Gobierno comenzó a utilizar una nueva estrategia: traer todos los expedientes que cuestionan los montos de las tarifas a los tribunales contenciosos administrativos de la Capital Federal.

Por eso, los abogados del Ministerio de Energía se presentaron en el juzgado Contencioso Administrativo Federal n.8 de la Ciudad de Buenos Aires para pedir que sea esa jurisdicción la que intervenga en la demanda e impedirle así intervenir al juzgado de Junín.

En primera instancia, dicho pedido fue rechazado y se mantuvo la competencia en la causa, al tiempo que elevó las actuaciones a la Cámara Federal de La Plata para que resuelva la cuestión de competencia que quedó así planteada entre jueces de distinta circunscripción territorial.

Pero la sala I del fuero contencioso administrativo nacional decidió que sea la Corte Suprema la que defina la cuestión. Ahora, deberá resolver si la nueva demanda colectiva queda en manos de un magistrado porteño o en el juzgado de Junín.

Varios frentes judicialesPero ese no es el único caso que espera resolución. A los asesores de las empresas de servicios públicos comenzaron a preocuparles la cantidad de presentaciones que buscan poner un freno al incremento de tarifas.

En la misma línea que el discurso oficial, aseguran que el precio actual es el adecuado y que hubo audiencias públicas para fijar los futuros aumentos.

De hecho, en la mencionado caso "Consumidores Argentinos", el juez Enrique Lavié Pico, a pedido del procurador del Tesoro de la nación, Bernardo Saravia Frias, dispuso la “absorción” del mencionado fallo, dentro de una causa impulsada por el ministerio de Ambiente. Es decir, también se pidió que sean los tribunales de la Capital Federal los que traten el caso en lugar de los de Dolores.

De esta manera, el macrismo ganó una batalla determinante para mudar los amparos sobre tarifas a la Ciudad. 

Es que el ministro de Ambiente, Sergio Bergman, interpuso una acción para que se declare improcedente cualquier acción colectiva que cuestione las subas de los servicios públicos de este año.

Además, y dentro de su batalla contra los pedidos "antitarifazo", Bergman promovió una acción de certeza contra el Centro de Estudios para la promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), que había impuesto un pedido colectivo contra el nuevo cuadro tarifario en una sola causa.

El escrito del Gobierno argumenta que ese tipo de amparos "atentan contra las atribuciones constitucionales del Poder Ejecutivo" y que producen un perjuicio "triple, palpable y concreto" de "contaminación ambiental, violación de obligaciones asumidas en tratados internacionales" y de "cercenamiento del ejercicio de prerrogativas propias del Poder Ejecutivo".

Lo cierto es que, si bien la pelea más urgente que tendrá el Gobierno se da en el Congreso, donde el Senado está por tratar el proyecto con media sanción que propone fijar el aumento de los montos de las facturas de servicios públicos al incremento promedio de los salarios, los funcionarios tampoco dejan de mirar el escenario judicial.

Sucede que se presentan constantemente amparos y pedidos de medidas cautelares para frenar los aumentos o para impedir cortes.

De todas maneras, cualquiera fuera la causa por cuestiones tarifarias, será la Corte Suprema la que tenga la última palabra.

Y no será la primera vez. Ya tomó un caso en agosto de 2016, cuando frenó el calendario de aumentos que había impulsado el Gobierno.

En ese expediente, obligó al macrismo a retrotraer los incrementos a los usuarios residenciales y realizar una audiencia pública previa a la fijación de la tarifa del gas, un procedimiento que por entonces se había omitido.

Si bien en aquella resolución se zanjó la cuestión de las audiencias públicas, para varias entidades de defensa al consumidor quedó pendiente la razonabilidad de los aumentos. 

La próxima semana se tratará el proyecto opositor sobre tarifas en el Senado. Desde el Gobierno ya anticiparon que lo vetarán si llegara a ser aprobado tal cual vino de Diputados.

En tanto, el oficialismo firmó en minoría una iniciativa que propone disminuir lo que se cobra de IVA sobre las facturas.